Hace unos meses publicábamos un completo repaso del pasado, el presente y el futuro de uno de los Comandos más jóvenes dentro de la organización del Estado Mayor Conjunto: El Comando Conjunto de Fuerzas de Operaciones Especiales (CCFOE), dependiente del Comando Operacional de las Fuerzas Armadas y que aúna el esfuerzo sobre todas las Tropas de Operaciones Especiales de las Fuerzas Armadas a la hora de alistarlas, adiestrarlas y conducirlas, fomentando la organización de sus capacidades bajo parámetros de conjuntez y efectividad.

En esta ocasión, entraremos en los detalles de su creación, organización, misión y funciones que se desprenden de la resolución ministerial y sus respectivos anexos.

El 28 de diciembre de 2017, el por entonces Ministro de Defensa Oscar Aguad resolvía mediante Resolución 2017-1266 la constitución del CCFOE a partir del 01 de Enero del año 2018. En la mencionada resolución también se establecían su organización y funciones, instruyéndose a los Jefes de los Estados Mayores Generales de las FFAA para poner a disposición del Estado Mayor Conjunto todos los recursos humanos y materiales necesarios para la conformación del CCFOE. También se estableció que el cargo de Comandante Conjunto de Fuerzas de Operaciones Especiales sería ejercido por un oficial superior de las FFAA, indudablemente con un perfil profesional orientado en operaciones especiales.

A continuación algunos detalles de relevancia del CCFOE.

Misión: Conducir las operaciones especiales en situación de crisis o conflicto armado a fin de contribuir al cumplimiento de los objetivos impuestos por el Nivel Estratégico Militar.

Funciones

  • Planificar y conducir las operaciones especiales en los espacios soberanos, de jurisdicción y de interés, establecidos en el marco del Planeamiento de la Defensa Nacional.
  • Asesorar al Nivel Estratégico Militar respecto del empleo conjunto de las Fuerzas de Operaciones Especiales.
  • Conducir, evaluar y certificar el Adiestramiento Militar Conjunto / Combinado en operaciones especiales.
  • Intervenir en la elaboración de la doctrina conjunta en materia de operaciones especiales.
  • Entender en la formación e instrucción conjunta de las Fuerzas de Operaciones Especiales.
  • Normalizar procedimientos y técnicas comunes de las Fuerzas de Operaciones Especiales.
  • Entender en la normalización para la adquisición de equipos de uso común por parte de las Fuerzas de Operaciones Especiales.

Tareas

  • Formular los asesoramientos requeridos por los niveles superiores respecto al empleo, equipamiento y evolución de las Fuerzas de Operaciones Especiales para el ámbito conjunto.
  • A orden, planificar y conducir operaciones especiales, en el marco de crisis o conflicto.
  • Elaborar los planes correspondientes.
  • Elaborar el plan de desarrollo doctrinario conjunto en operaciones especiales.
  • Ejecutar la evaluación, experimentación y rectificaciones de la doctrina conjunta de operaciones especiales.
  • Participar en el desarrollo de doctrina específica de cada Fuerza Armada para operaciones especiales.
  • Elaborar el Plan Anual de Adiestramiento Conjunto correspondiente.
  • Conducir las ejercitaciones conjuntas de Fuerzas de Operaciones Especiales.
  • Estandarizar normas y procedimientos de uso común por parte de las Fuerzas de Operaciones Especiales.
  • Efectuar la difusión y verificación del cumplimiento de las normas y procedimientos de uso común por parte de las Fuerzas de Operaciones Especiales, conduciendo actividades tendientes a la implementación práctica de dichas normas.
  • Intervenir en la formación conjunta de las Fuerzas de Operaciones Especiales, a través de las escuelas y centros de entrenamiento específicos.
  • Entender en la determinación de equipos de uso común, sobre la base de los requerimientos de las Fuerzas.
  • Entender en el proceso de adquisición de dichos equipos.
  • Entender en el ámbito del Estado Mayor Conjunto de las FFAA en los procesos de capacitación e intercambio con las Fuerzas de Operaciones Especiales extranjeras, atendiendo las necesidades y requerimientos específicos.
  • Estudiar y proponer la conveniencia y factibilidad de unificar instalaciones hoy específicas para concentrar elementos de Fuerzas de Operaciones Especiales de las FFAA.

Organización

Dependencia y Relaciones de Comando

  • El CCFOE dependerá orgánicamente del Jefe del EMCO a través del Comandante Operacional de las Fuerzas Armadas.
  • Los elementos/ unidades de Fuerzas de Operaciones Especiales conservarán su dependencia orgánica de los Estados Mayores Generales respectivos, los que serán puestos a disposición conforme a los requerimientos del Planeamiento Estratégico Militar.
  • En situación de guerra, conflicto armado internacional o crisis, la dependencia será determinada en función del planeamiento correspondiente.
  • Para el caso de la ejecución de operaciones y actividades de adiestramiento conjunto el CCFOE ejercerá el Control Operacional sobre las Unidades/ fracciones de Operaciones Especiales de las distintas FFAA puestas a su disposición.

Foto de portada: Facundo Fernández. Para ver más de su trabajo, clic en este link

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