De acuerdo con la prestigiosa publicación The Military Balance, con datos actualizados a 2023, Brasil dispone de una Reserva militar que alcanza 1.340.000 efectivos entrenados. El ejército brasileño cuenta con 214.000 efectivos, de los cuales 112.000 eran conscriptos. Con estos números, Global Firepower coloca a Brasil en el segundo puesto mundial en cantidad de efectivos de reserva, sólo por debajo de Taiwan. A todas luces esto parece realmente formidable. Sin embargo un breve análisis puede otorgar más precisiones sobre el particular.
La República Federativa del Brasil mantiene el servicio militar obligatorio como la base principal de reclutamiento de recursos humanos para la defensa. La Constitución Federal de 1988 confirmó su obligatoriedad mediante el Artículo 143: «El Servicio Militar es obligatorio en los términos de la ley.» La norma que rige al efecto es la Ley N° 4.375 del 17 de agosto de 1964.[1] Sin embargo, y utilizando información estadística disponible en www.globalfirepower.com, de los aproximadamente 1.650.000 hombres jóvenes que anualmente alcanzan la edad del servicio militar solamente 90.000 serán incorporados a sus Fuerzas Armadas. Esto significa que, en la práctica, el servicio militar en Brasil es voluntario.
La implementación del Servicio Militar se divide en tres etapas que se suceden a lo largo del año. Desde 2003, las etapas del proceso de reclutamiento son comunes a la Armada, el Ejército y la Fuerza Aérea y se unifican en el ámbito del Ministerio de Defensa. Estas etapas son:
a) Alistamiento militar: El período de Alistamiento Militar comienza el primer día hábil de enero de cada año y se extiende hasta el último día hábil de junio. Deben alistarse todos los hombres que cumplen 18 años durante ese año calendario. Como medida innovadora el alistamiento puede realizarse por Internet (a través del sitio web www.alistamento.eb.mil.br), o de manera tradicional mediante la presentación personal en la Junta de Servicio Militar más cercana al domicilio del ciudadano.
b) Selección General: El período de Selección se desarrolla normalmente hasta noviembre de cada año y asisten los jóvenes que ingresaron sus datos durante el primer semestre del año (enero a junio) y los alistados en años anteriores que aún no cumplieron con el Servicio Militar.
Para garantizar que el proceso de selección sea lo más amplio y democrático posible, los candidatos se eligen en función de dos criterios principales. El primero es la combinación del vigor físico con la capacidad analítica, medida independientemente del nivel de información o formación cultural que tenga el recluta. El segundo es la representación de todas las clases sociales y regiones del país. La selección también tiene en cuenta aspectos culturales, psicológicos y morales.[2]
El régimen vigente prevé la selección de la Fuerza Armada en la que se prestará servicios -dentro de determinados parámetros- y la posibilidad de aplazamientos, dispensas y exenciones al servicio militar. El aplazamiento del servicio se permite a los estudiantes universitarios. Asimismo, un ciudadano puede, no obstante, ser eximido del cumplimiento de sus obligaciones militares si es hijo único o huérfano; si representa la única fuente de ingresos del hogar; si vive fuera de un área de reclutamiento; si es clérigo o pastor de algún culto reconocido; o si es declarado medicamente incompetente. Estos serán eximidos del servicio militar mediante un Certificado de Dispensa de Incorporación o de Incapacidad, dependiendo de los casos.
c) Incorporación o Matriculación: Al final de la etapa de selección, al ciudadano se le indicará la fecha y el lugar en que deberán comparecer para incorporarse a una Organización Militar Activa (OMA) de la Armada, del Ejercito o de la Fuerza Aérea, o si ha quedado matriculado en uno de los Órganos de Formación de la Reserva (OFR).
Imagen: sitio web del Ejercicio de Presentación de Reservas de Brasil
Una vez incorporados al servicio efectivo en una de las Fuerzas Armadas cumplirán con las actividades propias de la instrucción militar según la rama del servicio que les corresponda por un período de doce meses, que se puede legalmente extenderse hasta los dieciocho meses, y recibirán la paga correspondiente a los reclutas (R$ 1078, que serían unos USD 197, por mes). Asimismo, los conscriptos que hubieran finalizado el Servicio Militar Obligatorio Inicial, transcurridos los primeros 12 meses, y soliciten una continuación de su período de servicio pasarán a la categoría de Militares Temporales Combatientes, con un importante aumento salarial (de R$ 1765 a R$ 1923, equivalentes a USD 322 y a USD 351, por mes), y la posibilidad de extender su servicio remunerado por un total de 96 meses (8 años). Este personal alistado voluntariamente podrá alcanzar el grado de Sargento Temporal de Combate (STC), sujeto a las condiciones establecidas en el Reglamento del Ejército Brasileño, con un salario máximo de R$ 3825, equivalentes a casi USD 700, por mes.[3]
Los Órganos de Formación de Reserva (OFR) están basados en la instrucción del personal convocado al servicio militar obligatorio y pueden distinguirse dos clases. En primer lugar, los convocados en posesión de estudios superiores podrán optar por incorporarse en los Centros de Preparación de Oficiales de la Reserva (CPOR) que establecimientos de enseñanza militar destinados a formar oficiales de reserva. Durante su período de formación reciben un salario de R$ 1334 (equivalentes USD 243) por mes. Tras cumplir un periodo de servicio militar inicial como alumnos, egresarán como Oficial de Reserva de segunda clase (R/2). Podrán, en caso de desearlo, continuar su servicio en calidad de oficiales temporales. Estos oficiales así incorporados son designados Oficiales de Combate Temporales (OCT) provenientes del CPOR y pueden llegar hasta el grado de Teniente Primero alcanzando una remuneración de R$ 8245 (aproximadamente USD 1506) por mes.
De la misma manera, los licenciados en Medicina, Farmacia, Odontología y Veterinaria, tras prestar el servicio militar inicial de un año, podrán continuar como oficiales del Servicio de Salud por un periodo determinado. Adicionalmente, desde 1996, gracias a la reglamentación del servicio militar femenino, ingresaron en las filas del ejército brasileño cientos de mujeres voluntarias, formadas en áreas profesionales de interés para la milicia. Sin embargo la integración de la mujer a las actividades militares aún no es completa porque rigen excepciones que les impiden optar por puestos de combate. Por tanto, se ocupan de tareas relacionadas con la logística, transmisiones, administración o enseñanza.
Imagen: Tiro de Guerra de Barra Mansa, Río de Janeiro.
En segundo lugar, encontramos como Órgano de Formación de Reserva (OFR) a una experiencia muy particular que son los llamados Tiros de Guerra (TG). Estas son organizaciones de formación de soldados de reserva, propios del ámbito de Ejército Brasileño, que les posibilitan a los convocados prestar el servicio militar inicial en las mismas localidades donde habitan sin suspender sus estudios y sus actividades laborales. Se trata de pequeñas organizaciones militares ubicadas en localidades del interior de Brasil, alejadas de grandes centros urbanos y de las grandes unidades militares, dirigidas por un suboficial veterano y que convoca por un breve espacio de dos horas diarias a los jóvenes de la localidad para recibir los elementos básicos de la formación militar. Los jóvenes reciben la denominación de “Tiradores” y no tienen estado militar, ni reciben remuneración alguna. Su entrenamiento se realiza durante un período de 40 semanas, con una carga horaria semanal de 12 horas, totalizando 480 horas de instrucción, para el Curso de Formación de Tirador de Reserva. Es posible presentarse para realizar 36 horas adicionales dedicadas a las instrucciones específicas del Curso de Formación de Cabos de Reserva.
Imagen: Facebook Tiro de Guerra de la localidad de Pedreiras, Maranhão.
La designación de “Tiradores”, emblemática e histórica, es originaria de las primeras sociedades de tiro al blanco creadas en Brasil con fines militares y formación de la reserva para el Ejército a fines del siglo XIX y principios del siglo XX. Los Tiros de Guerra permiten, de forma creativa, inteligente y económica, brindar a miles de jóvenes brasileños, especialmente aquellos que viven en ciudades del interior del país, la oportunidad de cumplir con la Ley y prestar su Servicio Militar inicial. Más que el carácter obligatorio, esta modalidad del Servicio Militar configura el derecho del ciudadano a realizar su aporte, aunque sea modesto, a la defensa de la Patria, conciliando su vida cotidiana con su rutina de trabajo, estudio y vida familiar. Para el Ejército Brasileño la experiencia ha resultado un éxito: hay alrededor de 230 órganos de este tipo en funcionamiento, distribuidos por todos los Estados de Brasil, que reciben en promedio 150 integrantes por año. Anualmente, el sistema de Tiros de Guerra entrena aproximadamente 30.000 jóvenes en todo el país.
Imagen: Ejército brasileño. https://2rm.eb.mil.br/tiros-de-guerra
Luego de cumplido con el Servicio Militar Obligatorio Inicial, al ser licenciado del servicio activo, el soldado queda incorporado a la reserva de las Fuerzas Armadas y estará sujeto a movilización obligatoria hasta cumplir los cuarenta y cinco (45) años de edad.[4] De acuerdo con la Ley de Servicio Militar en Brasil, Ley N° 9.500 del 24 de julio de 1946, la Reserva de las Fuerzas Armadas se divide en 3 categorías: la 1ª categoría corresponden a quienes tengan formación militar suficiente; la 2ª categoría, quienes tienen insuficiente educación militar; y la 3ra categoría corresponde a los ciudadanos que no tengan formación militar. Asimismo, con respecto a la edad, la ley dispone la existencia de 3 escalones de convocatoria:
- 1° Escalón, entre los dieciocho y los treinta años de edad, en los que el reservista queda sujeto a un período de cinco años de disponibilidad, y obligado a responder, en cualquier momento, a la convocatoria con fines de perfeccionamiento y actualización de conocimientos técnico-militares u otras asignaciones militares;
- 2º Escalón, entre los treinta y uno a los cuarenta años de edad, en los que el reservista está sujeto a un único período de maniobras;
- 3° Escalón, entre los cuarenta y uno, y hasta los cuarenta y cinco años, ambos inclusive, en los que el reservista está sujeto únicamente a prestar funciones generales.
Al llegar a la edad de cuarenta y seis años, los ciudadanos quedan relevados de los deberes correspondientes al servicio en las Fuerzas Armadas, pero en caso de guerra y hasta la edad de sesenta años, pueden ser llamados a desempeñar misiones no combatientes, de acuerdo con sus capacidad técnica y física.
Al incorporarse a la reserva, será considerado Reserva de 1ª o 2ª categoría, según el nivel de instrucción recibido.[5] Asimismo, todo “Tirador” que haya cumplido satisfactoriamente los requerimientos establecidos en los Tiros de Guerra, será licenciado como Soldado de Reserva de 2ª categoría, o Cabo de Reserva de 2ª categoría.
Los ciudadanos que hayan concluido satisfactoriamente el Centro de Preparación de Oficiales de Reserva (CPOR) son considerados Aspirante a Oficial de Reserva No Remunerado en la Reserva de 2ª categoría y pueden ser convocado hasta los 24 años de edad. Para ser declarado Oficial, todo Aspirante egresado del CFOR (Combatiente, Oficial de Salud o Técnico) será convocado específicamente para realizar una etapa formativa que lo confirmará para el ascenso a oficial. Por lo tanto, es común tratar a los Oficiales Temporales como Oficiales R/2 «convocados».
El Cuerpo de Oficiales de Reserva (CORE) está formado tanto por los Oficiales Temporales incorporados a las fuerzas armadas como por los Aspirantes a Oficiales de Reserva egresados de los CPOR y se rige por el Decreto 4502 del 9 de diciembre de 2002, que establece el Reglamento del Cuerpo de Oficiales de la Reserva (RCORE). Los Oficiales de Salud Temporales (Médicos, Farmacéuticos, Odontólogos y Veterinarios-MFDV) y Técnicos Temporales (OTT) son convocados directamente desde la reserva, solo ingresarán al CORE después de ser licenciados.
Imagen: Ejercicio de presentación de reservas de Brasil
El número de 112.000 conscriptos instruidos anualmente mencionados por la prestigiosa publicación The Military Balance con la que iniciamos este artículo parecería surgir de una sumatoria entre los reclutas efectivamente incorporados en las fuerzas armadas (alrededor de 90.000) y los “tiradores” que recibieron instrucción militar básica en los Tiros de Guerra (entre 20.000 y 30.000, aunque no se han encontrado datos exactos en la investigación realizada[6]). Asimismo el número de reservistas calculado en 1.340.000 efectivos resultaría de multiplicar la cantidad de conscriptos instruidos (112.000) por los 12 años en que son considerados Reserva de 1° Escalón (entre los 18 y los 30 años) según la legislación vigente.
Como puede verse, se trata de un número de reservistas teórico ya que de la investigación realizada no se observan convocatorias anuales de reservistas a efectos de mantener la aptitud militar adquirida durante el servicio militar obligatorio. Un número más cercano a la realidad podría resultar del cálculo de la cantidad de reservistas que anualmente participan del EXAR, el ejercicio de presentación de reservas, aunque este ejercicio sólo es un recuento de personal disponible y no una capacitación militar anual. Este cálculo colocaría a las Reservas militares de Brasil en un número alrededor de los 560.000 efectivos, de los cuales unos 450.000 soldados constituirían una reserva mejor capacitada (los efectivamente incorporados como tropa para el servicio militar) y los restantes resultarían una reserva de menor calidad por haber sólo recibido una instrucción militar básica en los centros de entrenamiento llamados Tiros de Guerra.
[1] Ver texto legal en https://www.planalto.gov.br/ccivil_03/leis/l4375.htm
[2] En los últimos años, se considera que la alfabetización constituye un trabajo social que no corresponde a las fuerzas armadas, sino al Estado. La selección previa de los conscriptos para el servicio militar obligatorio exige que los candidatos sepan leer y escribir.
[3] En todos los casos, los montos de las remuneraciones corresponden a datos actualizados al año 2023.
[4] Según artículo 1, inciso d, de la Ley 2.552 del 3 de agosto de 1955. https://www2.camara.leg.br/legin/fed/lei/1950-1959/lei-2552-3-agosto-1955-361099-publicacaooriginal-1-pl.html
[5] Según el artículo 35 de la Ley 4.375 del 17 de agosto de 1964. https://www.planalto.gov.br/ccivil_03/leis/l4375.htm
[6] Bustamante, E. (2023), Soldados de fin de semana: un análisis comparativo de las reservas militares, 2023, tesis inédita, Máster en Paz, Seguridad y Defensa, Instituto Universitario General Gutiérrez Mellado, Madrid, España.
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