ayer o ante ayer, en la quinta de olivos estaban esperando al presidente chino....las imagenes mostraron a los nuevos vehiculos de la policia federal (los vehiculos chinos), donde estaban los del geof armados con fusiles cortos.... la imagen fue corta y mi vista no es excelente....pero no me parecio que sean los sig552, sino mas bien un aks74 (o copia china del mismo) o algo asi.
alguien lo vio?
Cuando puedas pone la foto, yo no recuerdo ver otro tipo de armamento( de este estilo) , en lo que vi claro .
Viernes a la tarde, Av. Sarmiento, salida del 1er dia del G-20
Y los cascos comienzan a tener cámaras (bien por la Pato)
Y el BDX durmiendo en la embajada yanki...
No. Pero algo así.
Estos no son GEOF?
Yo decía los GE1 ( o como se llamen ahora)
Las fuerzas federales tendrán mayor libertad para disparar sus armas en casos de delitos graves y persecuciones
El Gobierno oficializó un nuevo reglamento general para el empleo de armas de fuego. Los efectivos ya no deberán esperar que les disparen para responder las hostilidades
Con su publicación en el Boletín Oficial, el Gobierno oficializó un nuevo reglamento general para el empleo de las armas de fuego que le otorga mayor libertad a las fuerzas federales de seguridad. La resolución 956/2018, que lleva la firma de la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, también deroga toda disposición o normativa contraria a la nueva reglamentación.
La medida había sido implementada durante la Cumbre del G-20 para proteger a los presidentes. Si bien en un principio se había anunciado que perdería su vigencia una vez finalizado el encuentro de mandatarios en Buenos Aires, el Ministerio de Seguridad decidió prorrogar sus alcances y no limitarlos a únicamente a los riesgos que pudieran correr los líderes mundiales.
Desde Seguridad recordaron que hasta ahora los miembros de las fuerzas federales no podían usar sus armas para defenderse o para defender a la población. Tampoco para detener a los delincuentes, ni para impedir su fuga, ni siquiera si estos habían matado o intentado matar a una persona. Incluso no podían abrir fuego para impedir la comisión de un delito grave contra la vida o la integridad física de terceros o de ellos mismos.
Según la norma vigente los agentes tenían que esperar a que les dispararan, y solo después podían "repeler las hostilidades" y, aún en ese caso, a modo "disuasivo". Ante la duda, solo podían "hacer memoria", recordando cómo estaban vestidos los delincuentes, o si tenían tatuajes, por ejemplo, para poder identificarlos en algún momento.
Ahora según la publicación del Boletín Oficial la nueva norma establece que las fuerzas de seguridad podrán usar armas de fuego "cuando resulten ineficaces otros medios no violentos en defensa propia o de otras personas, en caso de peligro inminente de muerte o de lesiones graves".
También "para impedir la comisión de un delito particularmente grave que presente peligro inminente para la vida o la integridad física de las personas, para proceder a la detención de quien represente ese peligro inminente y oponga resistencia a la autoridad, para impedir la fuga de quien represente ese peligro inminente y hasta lograr su detención".
La medida entrará en vigencia mañana martes y tendrá jurisdicción para la Policía Federal, Gendarmería, Prefectura Naval y Policía de Seguridad Aeroportuaria.
Según precisaron desde la cartera que dirige Bullrich el nuevo reglamento está basado en el Código de Conducta para Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley de las Naciones Unidas. La medida guarda correspondencia con otras legislaciones como las de Uruguay, Chile, México, Paraguay o los Estados Unidos.
En esta línea desde el ministerio destacaron que el nuevo reglamento no modifica el empleo de armas ante manifestaciones o protestas públicas, ya que continua vigente la normativa que establece el uso, para esos casos, de armas no letales.
Entre los considerandos de la medida se establece que "la seguridad es un derecho transversal a todos los derechos reconocidos explícita e implícitamente por la Constitución Nacional y los tratados internacionales de Derechos Humanos".
Asimismo considera que la actividad policial requiere actualizar los criterios de acción vigentes en las fuerzas policiales y de seguridad federales debido a la particularidad y gravedad de los delitos en lo que debe actuar en defensa de la ciudadanía.
"Resulta necesario implementar acciones que tiendan a sostener la protección de la vida y la integridad física de la ciudadanía en su conjunto y de los miembros de las fuerzas policiales y de seguridad federales", indica la resolución.
Se recuerda también que el informe sobre seguridad ciudadana y derechos humanos de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la Organización de los Estados Americanos recomienda a todos los estados miembros dictar las regulaciones necesarias para establecer el principio de necesidad en el uso de la fuerza.
https://www.infobae.com/politica/20...s-en-casos-de-delitos-graves-y-persecuciones/
Mi viejo sin saber trajo a mi casa de niño un perro de esos, Ovejero Malinois. Yo tenía 9 años, mi primer perro.Que buena foto!!
Saludos
Las fuerzas federales tendrán mayor libertad para disparar sus armas en casos de delitos graves y persecuciones
El Gobierno oficializó un nuevo reglamento general para el empleo de armas de fuego. Los efectivos ya no deberán esperar que les disparen para responder las hostilidades
Con su publicación en el Boletín Oficial, el Gobierno oficializó un nuevo reglamento general para el empleo de las armas de fuego que le otorga mayor libertad a las fuerzas federales de seguridad. La resolución 956/2018, que lleva la firma de la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, también deroga toda disposición o normativa contraria a la nueva reglamentación.
La medida había sido implementada durante la Cumbre del G-20 para proteger a los presidentes. Si bien en un principio se había anunciado que perdería su vigencia una vez finalizado el encuentro de mandatarios en Buenos Aires, el Ministerio de Seguridad decidió prorrogar sus alcances y no limitarlos a únicamente a los riesgos que pudieran correr los líderes mundiales.
Desde Seguridad recordaron que hasta ahora los miembros de las fuerzas federales no podían usar sus armas para defenderse o para defender a la población. Tampoco para detener a los delincuentes, ni para impedir su fuga, ni siquiera si estos habían matado o intentado matar a una persona. Incluso no podían abrir fuego para impedir la comisión de un delito grave contra la vida o la integridad física de terceros o de ellos mismos.
Según la norma vigente los agentes tenían que esperar a que les dispararan, y solo después podían "repeler las hostilidades" y, aún en ese caso, a modo "disuasivo". Ante la duda, solo podían "hacer memoria", recordando cómo estaban vestidos los delincuentes, o si tenían tatuajes, por ejemplo, para poder identificarlos en algún momento.
Ahora según la publicación del Boletín Oficial la nueva norma establece que las fuerzas de seguridad podrán usar armas de fuego "cuando resulten ineficaces otros medios no violentos en defensa propia o de otras personas, en caso de peligro inminente de muerte o de lesiones graves".
También "para impedir la comisión de un delito particularmente grave que presente peligro inminente para la vida o la integridad física de las personas, para proceder a la detención de quien represente ese peligro inminente y oponga resistencia a la autoridad, para impedir la fuga de quien represente ese peligro inminente y hasta lograr su detención".
La medida entrará en vigencia mañana martes y tendrá jurisdicción para la Policía Federal, Gendarmería, Prefectura Naval y Policía de Seguridad Aeroportuaria.
Según precisaron desde la cartera que dirige Bullrich el nuevo reglamento está basado en el Código de Conducta para Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley de las Naciones Unidas. La medida guarda correspondencia con otras legislaciones como las de Uruguay, Chile, México, Paraguay o los Estados Unidos.
En esta línea desde el ministerio destacaron que el nuevo reglamento no modifica el empleo de armas ante manifestaciones o protestas públicas, ya que continua vigente la normativa que establece el uso, para esos casos, de armas no letales.
Entre los considerandos de la medida se establece que "la seguridad es un derecho transversal a todos los derechos reconocidos explícita e implícitamente por la Constitución Nacional y los tratados internacionales de Derechos Humanos".
Asimismo considera que la actividad policial requiere actualizar los criterios de acción vigentes en las fuerzas policiales y de seguridad federales debido a la particularidad y gravedad de los delitos en lo que debe actuar en defensa de la ciudadanía.
"Resulta necesario implementar acciones que tiendan a sostener la protección de la vida y la integridad física de la ciudadanía en su conjunto y de los miembros de las fuerzas policiales y de seguridad federales", indica la resolución.
Se recuerda también que el informe sobre seguridad ciudadana y derechos humanos de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la Organización de los Estados Americanos recomienda a todos los estados miembros dictar las regulaciones necesarias para establecer el principio de necesidad en el uso de la fuerza.
https://www.infobae.com/politica/20...s-en-casos-de-delitos-graves-y-persecuciones/
Ni congreso ni la final fueron temas federales sino de Larreta.Bien Pato, muchos la bardean pero dentro de todo (y salvo cosas como lo del congreso y lo del Boca-River) viene haciendo buena letra como ministro de seguridad
si, era un galil
Desde hace años el GEOF esa cámaras en los cascos o por algun lado
Saludos
Sip, "tení" razón, estaba pensando en la PNA y los GNA, que cuando se precisó, no las tenian.....
Ni congreso ni la final fueron temas federales sino de Larreta.