Ya que surgió el tema de la CONVEMAR y el cuidado del mar territorial, sumo lo que surge del informe del JGM ante el Congreso (destacado propio):
PREGUNTA N° 83 Respecto a la Defensa Nacional / Medio Ambiente ¿Cuáles son las medidas que el Gobierno Nacional tomará para controlar la plataforma continental y evitar que la sobre explotación sobre los recursos pesqueros devaste las especies existentes?
RESPUESTA El Ministerio de Seguridad informa que a nivel nacional se ha establecido una mesa de trabajo interministerial compuesta por la Jefatura de Gabinete de Ministros, el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, el Ministerio de Defensa y el Ministerio de Seguridad, que tendrá como objetivo coordinar y profundizar el control de la Zona Económica Exclusiva Argentina, área adyacente y plataforma continental argentina. El Ministerio de Seguridad ha determinado la creación de una Unidad de Coordinación para el Control de los Recursos Marítimos, que junto con la acción de la Prefectura Naval Argentina contribuya a ejecutar el Plan Nacional para Prevenir, Desalentar y Eliminar la Pesca Ilegal, No Declarada, y No Reglamentada. Asimismo, la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR) en su Artículo 77 - Convenio Internacional ratificado por nuestro país establece que el Estado ribereño ejerce derechos de soberanía sobre la plataforma continental a los efectos de su exploración y de la explotación de sus recursos naturales, estos son los recursos minerales y otros recursos no vivos del lecho del mar y su subsuelo, así como los organismos vivos pertenecientes a especies sedentarias, es decir, aquellos que en el período de explotación están inmóviles en el lecho del mar o en su subsuelo o sólo pueden moverse en constante contacto físico con el lecho o el subsuelo. En este marco, el Sistema Guardacostas desarrollado por la personal de la Prefectura Naval Argentina (PNA), constituye un innovador sistema integrado que permite determinar la posición y movimiento de buques ubicados en la Plataforma Continental Argentina durante las 24 horas del día durante los 365 días del año, permitiendo realizar un seguimiento e historial del movimiento detectado en dicha zona por cada uno de ellos. El sistema también integra información obtenida de diferentes fuentes que se nutren de los datos de los transponders que los buques utilizan para dar a conocer su identidad y posición, pero a su vez, este desarrollo suma la utilización de imágenes satelitales, que permiten detectar y reconocer embarcaciones en forma independiente de los sistemas de posicionamiento con los que cuentan a bordo y así detectar los buques no colaborativos (aquellos buques que no aportan datos sobre su posición e identidad). En este marco, la PNA continuará utilizando estas herramientas para llevar un control de todo lo que sucede en la superficie de las aguas en la plataforma continental argentina, analizando la información obtenida y patrullando con sus unidades de superficie y aéreos el límite de la milla 200 de la Zona Económica Exclusiva y ejercer la soberanía que en cada espacio marítimo le corresponde al Estado Argentino en el marco de la CONVEMAR. Además, el Ministerio de Seguridad ha firmado junto al Ministerio de Defensa un Convenio Marco de Cooperación entre ambas jurisdicciones estableciendo una Comisión de Coordinación y Cooperación como única instancia y canal para articular propuestas, iniciativas y/o requerimientos que a tales efectos de coordinación/cooperación provengan de las distintas áreas, organismos y/o Fuerzas en materias afines. Por su parte el Ministerio de Defensa informa que, a través de la Armada Argentina, se encuentra trabajando en una serie de medidas para mejorar el control de la plataforma continental, a saber:
1. Actualmente se está trabajando de manera articulada entre el Ministerio de Defensa y el Ministerio de Seguridad, a través de la Armada Argentina y PNA. Producto de ello, se prevé avanzar en la actualización de un convenio específico entre estas dos agencias para coordinar los operativos de control en la Zona Económica Exclusiva.
2. También se encuentra en instancia de revisión un proyecto para avanzar en la creación del Sistema de Vigilancia y Control de Espacios Marítimos (SINVYCEM).
3. Avanzar en la concreción de una Central de Fusión de Datos de desarrollo propietario que permita cruzar la información de distintas fuentes. Actualmente existe un proyecto en curso como parte de ARGOS-SINVYCEM.
4. Promover aquellos proyectos de tecnología de desarrollo nacional que fortalecen la Vigilancia y Control de los Espacios Marítimos (boyas de anclaje, radares de HF, drones de ala rotativa).
5. Poner en servicio las Aeronaves de Exploración Marítima P3 Orión.
Desde el Ministerio de Agricultura Ganadería y Pesca se informa que se está impulsado una propuesta de proyecto de Ley tendiente a reformar el Régimen de Infracciones y Sanciones (Capítulo XII) de la Ley Federal de Pesca Nº 24.922, con el propósito de contar con régimen variable sobre la base de unidades de valor denominadas UNIDADES PESCA (UP) cuyo monto será equivalente a 1 litro de combustible gasoil, conforme al procedimiento determinado por la Autoridad de Aplicación, a los fines de establecer la fijación del valor en moneda de curso legal. Esta metodología permitirá contar con una normativa que no requiera de modificaciones sucesivas a partir del cambio de valor de la moneda de curso legal. Por último, en el marco del Consejo Federal Pesquero, se ha iniciado el proceso de revisión del Plan de Acción Nacional para Prevenir, Desalentar y Eliminar la Pesca Ilegal, No Declarada y No Reglamentada que fuera aprobado por la Resolución Nº 01/08, a fin de actualizarlo en consonancia con la determinación de nuevas políticas en materia de control y fiscalización pesquera y el uso de nuevas tecnologías aplicadas.
PREGUNTA N° 84 Respecto a la Defensa Nacional / Medio Ambiente ¿Qué controles se han realizado para proteger nuestros recursos pesqueros marítimos? Indique en cuantos casos los controles han generado sanciones y cuantas hay firmes en su gestión.
RESPUESTA El Ministerio de Seguridad informa que la PNA, acorde a la Ley 18.398, en su artículo 5° inciso e, está facultada a ejercer el poder de Policía Auxiliar Pesquera en el mar, ríos y lagos de jurisdicción nacional, tarea que realiza en forma exclusiva y en consonancia con las distintas Convenciones, Leyes, Decretos, Resoluciones y Disposiciones de la esfera nacional, provincial e Internacional, que constituyen el marco jurídico que sustenta la actividad pesquera. Las distintas Resoluciones emanadas por la autoridad competente fijan las áreas y épocas de veda pesquera, a partir de los cuales podemos definir dos escenarios donde PNA debe impulsar el control de la actividad:
1.- La milla 201 y la zona adyacente, y
2.- La Zona Económica Exclusiva (incluyendo la Zona Común de Pesca - ZOCOPES- que establece el Tratado del Río de la Plata)
El control de la milla 201 y de la zona adyacente está concentrada en evitar el ingreso de buques pesqueros extranjeros que ingresan furtivamente a la Zona Económica Exclusiva Argentina (ZEEA) para pescar. La flota que opera en la milla 201 en su mayoría está constituida por buques poteros dedicados a pesca del calamar, especie transzonal, altamente migratoria y excedentaria. Para ello, en su carácter de Policía Auxiliar Pesquera, la PNA coordina el despliegue de hombres y medios a lo largo de todo el litoral marítimo, en paralelo con el monitoreo permanente de la zona de forma electrónica y las tareas de patrullaje policial del área con aeronaves y unidades guardacostas de superficie. En los últimos treinta y cinco años la PNA ha logrado capturar 80 buques pesqueros extranjeros furtivos, que se hallaban realizando tareas de pesca dentro de la ZEEA sin la debida autorización. La PNA respalda este despliegue de medios de superficie y aéreos abocados al patrullaje de la ZEEA y la zona adyacente, con un innovador sistema integrado de tecnología, desarrollado por personal de la Institución, denominado Sistema Guardacostas, que permite conocer la posición y los movimientos de los buques las 24 horas del día los 365 días del año. La primera Unidad de Superficie de este año zarpó el 05 de enero hasta el 03 de febrero (Guardacostas GC-28 Derbes), le siguió el GC-27 Prefecto Fique que zarpó el 03 de febrero ingresando el 03 de marzo. Del 09 de marzo al 21 de marzo - GC Prefecto García, del 31 de marzo al 24 de abril - GC 28 Prefecto Derbes, del 26 de abril al 05 de mayo - GC-27 Prefecto Fique, del 13 de mayo al 01 de junio - GC-25 Azopardo. A ello se le suman imágenes satelitales, que permiten detectar y reconocer embarcaciones en forma independiente de los sistemas de posicionamiento con los que cuentan a bordo y así detectar los buques no colaborativos (aquellos buques que no aportan datos sobre su posición e identidad). Esto permitió, reconocer y analizar la actividad de 1.355 buques extranjeros que navegaron por el Océano Atlántico Sur, de los cuales se pueden discriminar 381 buques pesqueros que han operado en el Área adyacente a la ZEEA desde el mes de diciembre a la fecha, cuya actividad fue monitoreada de manera continua mientras se encontraban en la zona. Como resultado de estos operativos, podemos mencionar, como hechos relevantes, la persecución y apresamiento de los buques pesqueros Lu Rong Yuan Yu 668 (bandera china) y el Calvao (bandera portuguesa, en aplicación de las prescripciones de la Ley 24.922 “Régimen Federal de Pesca” por el cual se recaudó en multas un total de $ 48.750.000, en decomisos de carga $28.780.785,00 y en los gastos operativos que demandaron a la PNA los procedimientos $ 8.504.115. Por último, se destaca la detención del B/P “Hong Pu 16” (bandera china) que está en proceso sumarial para la determinación de multas. Estos tipos de operaciones se realizan por medio de la ejecución del procedimiento de rigor establecido por el “Protocolo de Actuación para Unidades de Superficie” conforme “Derechos y Deberes del Estado Ribereño en el Control de Actividades Pesqueras en los Espacios Marítimos”. Este protocolo permitió establecer un nuevo paradigma operativo a nivel regional en los procedimientos de captura de buques pequeros, por lo cual la PNA ha sido invitada por diferentes organismos internacionales para compartir su experiencia, resultados y perspectivas sobre el tema. El segundo escenario es el mar jurisdiccional argentino y la Zona Común de Pesca (ZOCOPES), con una Zona Económica Exclusiva que abarca una superficie aproximada de 1.800.000 km2, donde se encuentran todas las zonas de reproducción y de pesca de las principales especies de valor comercial para nuestra economía. Dentro de ella, la Autoridad Pesquera establece Zonas de Veda para los buques de bandera nacional las que son controladas durante todo el año en forma permanente por sistemas de posicionamientos de buques pesqueros, patrullajes con Guardacostas y vuelos con aeronaves propias. Los controles impulsados durante la presente gestión permitieron labrar 61 infracciones por presuntas violaciones al ordenamiento pesquero nacional y provincial, e iniciar 13 actuaciones sumariales a buques de bandera nacional y extranjera por infracción al Régimen Federal de Pesca (Ley 24.922), al pescar sin autorización dentro de la ZEEA o hacerlo en zonas de veda establecidas por la Autoridad de Aplicación. Estos controles permiten verificar el cumplimiento de las pautas que rigen la actividad, con mira a la protección del recurso y de nuestros espacios naturales. Por otro lado, el Ministerio de Defensa informa que la alerta estratégica nos brinda información de cualquier acontecimiento o anomalía que ocurre en nuestro espacio marítimo vinculado a cualquier actividad, ya sea de tránsito marítimo, actividad de investigación o inclusive de actividad pesquera. En lo que hace a esta última, es importante recordar que la autoridad de aplicación es la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura (SSPyA). Es por esto que la Armada Argentina, en una estrecha relación de trabajo con dicha Subsecretaría, aporta permanentemente información referente a la actividad pesquera. La Dirección de Intereses Marítimos de la Armada integra y comparte dicha información y articula las patrullas de control del mar en base a las necesidades que manifiesta la SSPyA. Como parte de las tareas de cooperación, se incluye el embarco de inspectores de pesca en unidades navales propias. 116 Dentro de la actividad de monitoreo en la Vigilancia de los Espacios Marítimos, se emplean los siguientes sistemas informatizados remotos:
· AIS (Automatic Identification System): De carácter colaborativo que es actualizada satelitalmente.
· Red de AIS costeros: También de carácter colaborativo. Bajo control de la Armada Argentina.
· Existen otras fuentes como ser el sistema LRIT, SICAP, que brindan valiosa información, pero no están bajo control de la Armada Argentina.
Todos estos sistemas, como parte de la alerta estratégica, permiten clasificar y monitorear a todo tipo de buques que sean colaborativos. Aquellos que, ya sea por su tipo, tipo de carga, puerto de origen o de arribo, actividad autorizada o comportamiento, se constituyen en una “anomalía” y por ende, puede constituir un riesgo o amenaza a los intereses vitales de la Nación, son rotulados como “Buques de interés”.
· Red del AMAS: Importante fuente de información que trasciende la jurisdicción. Surge de la interconexión que producen las Armadas amigas del AMAS (Área Marítima Atlántico Sur, conformada por Argentina, Uruguay, Paraguay y Brasil), más otros acuerdos que la Armada actualmente explota en forma colaborativa a nivel regional e internacional (VRMTC-A, TRMN, etc.). Se comparte información de las actividades marítimas en sus zonas de jurisdicción y permite dar trazabilidad a distintos acontecimientos marítimos.
Las operaciones de Patrullado y Control de los Espacios Marítimos (PCEM) se llevan a cabo con unidades de superficie y mediante vuelos con unidades aeronavales (VCEM). En lo que hace a la actividad pesquera, las PCEM y los VCEM tienen la finalidad de confirmar la presencia de buques pesqueros/poteros extranjeros colaborativos y no colaborativos, monitoreando las concentraciones en la ZEEA y su área adyacente, verificando particularmente aquellos que tengan sus sistemas de identificación apagados (no colaborativos) o sus datos distintivos visuales vulnerados, realizando registro fílmico y/o fotográfico de los mismos, así como de los buques pesqueros/poteros, logísticos (buques cisterna/ factoría) extranjeros en proximidades de la milla 201 y/o su área adyacente, resultando de especial interés el registro de actividades de trasbordo de cargas, combustible y/o personas en alta mar (transhipping). Mediante los sistemas descriptos se logra tener un mapeo claro de las naves extranjeras realizando actividades en la ZEEA y el detalle de sus banderas.