Typhoons en Malvinas

Mí estimado no escribí eso atacando su post o traducción, sinó que me mató ésto.

Usted ha leido alguna nota de repudio al respecto, oficial o extraoficialmente?

Si fueramos un país como Brasil, estaríamos haciendo las cosas en serio como las hace ese envidiado (A éstas Alturas) país vecino.:drool5:

Salute
Derru

Nuestro "amado" gobierno está preocupado por cosas serias, el tema Honduras, las bases USA en Colombia, la ley trascendental y fundamental de radiodifusión, etc. El tema Malvinas ni en agenda, como era de esperar. pero ojo! tenemos futbol gratis!

Si fueramos como Brasil les estaríamos cortando el paso a los Typhoon por el atlántico!
Saludos
Hernán.
 

Derruido

Colaborador
Nuestro "amado" gobierno está preocupado por cosas serias, el tema Honduras, las bases USA en Colombia, la ley trascendental y fundamental de radiodifusión, etc. El tema Malvinas ni en agenda, como era de esperar. pero ojo! tenemos futbol gratis!

Si fueramos como Brasil les estaríamos cortando el paso a los Typhoon por el atlántico!
Saludos
Hernán.
Disculpe la única preocupación es la reelección o las rejas.

El resto de las cosas, lamentablemente no es de importancia o carecen de prioridades. Si la defensa de la soberania fuera una de ellas, fácilmente destinaria los 70 palos que tira a la basura cada 4 fechas con el Futbol.

Los muchachos de las distintas brigadas, no volarian más si dispusieran del presupuesto que tan solo en esas fechas el gobierno tira al tacho de basura para alimentar al circo. Ojo hablo tan solo de 4 fechas, no del calendario completo de la AFA.

Salute
Derru
 
Disculpe la única preocupación es la reelección o las rejas.

El resto de las cosas, lamentablemente no es de importancia o carecen de prioridades. Si la defensa de la soberania fuera una de ellas, fácilmente destinaria los 70 palos que tira a la basura cada 4 fechas con el Futbol.

Los muchachos de las distintas brigadas, no volarian más si dispusieran del presupuesto que tan solo en esas fechas el gobierno tira al tacho de basura para alimentar al circo. Ojo hablo tan solo de 4 fechas, no del calendario completo de la AFA.
Salute
Derru

El circo ya está armado, lamentablemente somos muchos los que no queremos estár adentro. Convengamos que en la lista de prioridades de este gobierno hay que ir a la página 10.000 para que una partida presupuestaria desahogue a nuestras FFAA. Desprecio que le dicen. Saludos
Hernán.
 
Comparto la expresion un tanto tragicomica de Derrudio.

¿"Argie fury"? ja, ... la verdad no la veo por ningun lado, excepto en este humilde foro...

Cada día que pasa pienso en lo mucho que nos va a costar salir de esto, porque son procesos que llevan años y decadas. ¿Como hacemos para volver a construir Aviones, Subs, Barcos, Armas proyectando a un nivel tecnologico respetable... sin que nuestros vecinos ya tengan X-Wings y la Death Star?

Saludos.
 

Derruido

Colaborador
Don Hernan para que vamos a gastar pólvora en chimangos.

La realidad es esta, nosotros estamos igual que hace 30 años aunque si lo analizamos mejor estamos peor, militarmente hablando, mucho peor. Y los Britones construyen un sistema de defensa de acuerdo al Siglo XXI. Mire con tan solo esos 4 aviones tienen el poder de fuego suficiente como para barrer a toda la FAA actual. Otra cosa sería si de éste lado hubiera Rafales o SU 30 o el que quiera imaginar.

Si hubiera Rafales, como los que muy probablemente lleguará a tener el Brasil, por cada Rafale que tuvieramos ellos para mantener la superioridad deberían tener en las islas al menos el doble. O sea que con tan solo una docena de Rafales ellos deberían tener el doble de Tifones, para tener superioridad aérea.

Si eso no es una buena política de defensa y de presión hacia las finanzas Britonas, no conozco otra.:yonofui:

Salute
Derru

---------- Post added at 12:52 ---------- Previous post was at 12:50 ----------

Comparto la expresion un tanto tragicomica de Derrudio.

¿"Argie fury"? ja, ... la verdad no la veo por ningun lado, excepto en este humilde foro...

Cada día que pasa pienso en lo mucho que nos va a costar salir de esto, porque son procesos que llevan años y decadas. ¿Como hacemos para volver a construir Aviones, Subs, Barcos, Armas proyectando a un nivel tecnologico respetable... sin que nuestros vecinos ya tengan X-Wings y la Death Star?

Saludos.
Lo que es tragicómico no son los dichos, lamentablemente es la realidad.

Salute
Derru
 

gabotdf

Miembro notable
Mientras a la gente le importe un bledo la defensa no pidan que los gobiernos le den mucho más importancia que el actual. Si ninguno de los partidos con alguna chance de acceder al poder le da mayor importancia. O acaso oyeron algo en la campaña electoral?
Para el caso al menos la llegada de los Tifones logró que el tema defensa llegue a los diarios (igual es "así de chiquitita" la repercusión)
 

gordojhon

rasca-pupo arquitectónico profesional
cito a infobe respecto al tema:
l gobierno británico envió cuatro superjets de alta sofisticación a las islas del Altántico Sur. Se trata de aeronaves capaces de duplicar la velocidad del sonido. La operación se realizó en secreto
El gobierno inglés reforzó la presencia militar en las Islas Malvinas con el envío de cuatro aeronaves de guerra de última generación, informó hoy, martes, el diario británico The Sun.

Los comandantes de la Royal Air Force británica (RAF) ordenaron el traslado de los superjets de alta sofisticación a las bases en esas islas del Atlántico Sur. La operación, que se realizó en secreto, fue calificada por el matutino británico como una "provocación" a la Argentina que reclama la soberanía sobre ese territorio.

Los jet Typhoons están valuados en 100 millones de dólares cada uno. Entre sus características se destacan la capacidad de duplicar la velocidad del sonido y operar como "guerreros" o "bombarderos".

"Son los jets de guerra más sofisticados en el hemisferio sur. La Argentina, que se enfrentó en una guerra con nosotros en 1982 por las Malvinas, habría presentado una queja formal", agregó el tabloide.

"Los argentinos están disconformes, pero es nuestra responsabilidad proveer de la mejor defensa posible para las Malvinas (las Islas Malvinas)", sostuvo una fuente de RAF que citó The Sun.
 

Fierro

Fotógrafo oficial ZM
Pues mira por donde no es correcto lo que afirmas. Por ejemplo, nosotros no tenemos ninguno de los dos sistemas, ya que tenemos monarquía parlamentaria y tenemos un Congreso y un Senado. Y ambas cámaras son parlamentos, ya que tanto los diputados como los senadores son parlamentarios. Pero también son parlamentos todas y cada una de las 17 cámaras legislativas de las autonomías.

Te repito. Congreso es nombre propio, parlamento (en minúsculas) es nombre común.
Dijiste bien, tienen una monarquía parlamentaria
, con un Monarca y un Primer Ministro. Ninguna de las dos cosas tiene Argentina, que tiene un Presidente y un Congreso.
Según la definición que diste, de la RAE, EEUU también tendría un parlamento y jamás escuché decir "parlamento estadounidense".
Además, en la Constitución Argentina dice bien claro Congreso y no parlamento.
 

Derruido

Colaborador
Dijiste bien, tienen una monarquía parlamentaria
, con un Monarca y un Primer Ministro. Ninguna de las dos cosas tiene Argentina, que tiene un Presidente y un Congreso.
Según la definición que diste, de la RAE, EEUU también tendría un parlamento y jamás escuché decir "parlamento estadounidense".
Además, en la Constitución Argentina dice bien claro Congreso y no parlamento.
LOS PRIVILEGIOS PARLAMENTARIOS

Jueves, 31 de Julio del 2008 (10:003)

El presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales de la Cámara de Diputados de la provincia, Dr. Eduardo Jourdán, ante el caso del pedido de desafuero del senador Raúl Taleb, ha fundado su posición en el siguiente escrito.


Cabe puntualizar que los privilegios parlamentarios han sido definidos como todos los derechos y poderes peculiares de las asambleas legislativas, indispensables para su conservación, independencia y seguridad tanto respecto de sus miembros, como del conjunto de la corporación1.- LINARES QUINTANA, Segundo V.: “Gobierno y Administración de la República Argentina”, Tomo I

En lo específico de los fueros parlamentarios, también es unánime la doctrina en orden a señalar que los mismos no son establecidos en beneficio personal del legislador, sino en beneficio del cuerpo.

Sin embargo, existe una discrepancia terminológica sobre si debe hablarse de “privilegios” o “inmunidades” parlamentarias como una misma cosa. Es así como Rafael Bielsa sostiene que la idea de “privilegios parlamentarios” es concerniente a la del cuerpo legislativo, lo que refleja su potestad especial que como tal ejerce en razón de su función y de su naturaleza institucional. Como contracara de ello las “inmunidades parlamentarias” si bien también atañen al cuerpo legislativo, por su naturaleza protegen a sus miembros.-

Por su parte, Carlos M. Bidegaín afirma sin hacer distinciones que los privilegios parlamentarios son los derechos, prerrogativas e inmunidades reconocidos por el derecho constitucional a favor de la asamblea legislativa con el propósito de preservar la libre expresión de su voluntad y facilitar el cabal cumplimiento de sus deberes.-

Clases de privilegios:
Los privilegios parlamentarios pueden ser clasificados en colectivos y personales. Los primeros son aquellos que se refieren al cuerpo legislativo considerado colectivamente o en su conjunto como poder público, teniendo por finalidad facilitarle a la asamblea el cumplimiento de las funciones que le incumben, de una manera independiente, inteligente e imparcial.-

Los personales en cambio, se refieren a los miembros del cuerpo legislativo individualmente, estando orientados a proteger la libertad personal de sus integrantes.-

Pueden ser calificados como privilegios colectivos el de efectuar debates y procedimientos secretos; el exigir informes acerca de los asuntos públicos a los funcionarios públicos; el permanecer libre de toda intervención de la otra rama legislativa, así como de los poderes ejecutivo y judicial, en sus procedimientos sobre cualquier materia de que conozca; etc.-

Por el contrario, los privilegios personales son: 1) La inmunidad de opinión (art. 68 de la C.N; art. 73 de la CP); 2) Inmunidad de arresto (art. 69 de la C.N.; art 74 de la CP); 3) Pedido de desafuero a consecuencia de formación de querella (art. 70 de la C.N.; art, 75 de la CP); 4) Fijación de sus dietas por el mismo órgano (art. 74 de la C.N.; art. 78 de la CP).-

Justificación de la existencia de los privilegios:
Los argumentos que pregonan la existencia de los privilegios constitucionales son prácticamente unánimes. Todos ellos, palabras más palabras menos, señalan que los fueros no son personales, es decir, establecidos en favor de la persona del legislador, que como ya lo apuntáramos, en este punto algunos autores pretenden hacer una distinción semántica entre lo que se denomina “privilegio” de “inmunidad” que no es compartida por nosotros.-

En efecto, los privilegios cobraron vida con una finalidad netamente defensiva, cual es, la protección corporativa, o lo que es lo mismo, el acorazamiento del órgano legislativo.-

En este sentido Duguit decía que los privilegios están presentes en interés de la soberanía nacional que el Parlamento representa. La inmunidad le es otorgada al legislador para proteger la función que ejerce.-

Por lo tanto, no cabe hesitación alguna que los fundamentos que pretenden justificar la existencia de los privilegios constitucionales han sido creados para evitar la perturbación al normal funcionamiento de los cuerpos legislativos, vale decir, el ejercicio de la función pública, ya que en virtud de la teoría del órgano, no es posible separar dicha función de los agentes que la ejercen o representan.-

SOLICITUD DE DESAFUERO PARA PODER INCRIMINAR.-
La solicitud de desafuero para poder juzgar penalmente a un legislador, y por ende las normas que se encuentran en juego, se halla regida por el artículo 73 de la Constitución Provincial (70 de la Constitución Nacional), y por el nuevo procedimiento previsto por la ley 25.320 que introdujo una importante reforma en el Código Procesal Penal de la Nación.-

Sin lugar a dudas la finalidad perseguida en el punto por el constituyente ha sido la de impedir que con motivo de una acusación criminal, los miembros de la Legislatura sean detenidos o privados del ejercicio de sus funciones.-

De modo que cuando un legislador comete un delito, no existe impedimento constitucional ni de ninguna otra índole como para que se de inicio al correspondiente sumario cuyo mérito debe ser examinado por la Cámara respectiva, en un juicio público, necesitándose para ello la mayoría de los dos tercios de los votos de los presentes (articulo 75 de la CP) para que el cuerpo suspenda en sus funciones al acusado, vale decir, para que se produzca el desafuero.-

Una pregunta
¿Tiene el desafuero un efecto particular limitado exclusivamente al proceso para el cual fue solicitado, o tiene por el contrario, un carácter general extensivo a cualquier otro proceso, posterior al que originó el desafuero?.

Liminarmente, estamos en condiciones de sostener que la cuestión fue prácticamente resuelta en uno de los antecedentes de la Corte Suprema de Justicia más antiguos en lo que a fueros parlamentarios se refiere.-

En efecto, el 26 de junio de 1950 el Supremo Tribunal por entonces integrado por los Dres. Luis R. Longhi, Rodolfo G. Valenzuela, Tomás D. Casares, Felipe Santiago Pérez y Atilio Pessagno, en el Caso Balbín, se pronunció en el sentido más amplio de la interpretación de la norma, remarcando que una vez salvada la independencia del Poder Legislativo, y asegurada la garantía de su integridad y funcionamiento, mediante la necesidad de la decisión de una de sus Cámaras por el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes, suspendiendo en sus funciones al acusado, vedándosele el ejercicio de su cargo, de la percepción de sus remuneraciones y de cualquier otra prerrogativa o garantía inherente a su función, su reincorporación no puede mediar sino mediante un nuevo pronunciamiento que lo rehabilite.-

En consecuencia, según se puede inferir de lo preceptuado por la Corte Suprema de Justicia, durante el tiempo de la suspensión, los actos del legislador se rigen por el principio de igualdad ante la ley de todos los habitantes; circunstancia por la cual, mediando la concreción del desafuero no encontramos obstáculo alguno como para que se juzgue al legislador suspendido en su cargo por otros delitos o conductas contrarias a la ley sin que haya mediado aún la solicitud de desinmunización por ser posterior a la anterior que se peticionó y que en su consecuencia se otorgó.

De lo esgrimido por la Corte Suprema de Justicia se infiere que el juez penal de instrucción podía proseguir el proceso de investigación penal mientras que no se le restringiera la libertad al legislador.-

Sin embargo, el momento procesal de llamado a declaración indagatoria ha implicado para la doctrina penalista y constitucionalista mayoritaria, una restricción a la libertad del sujeto que precisamente se encuentra resguardada por el privilegio constitucional al que hacemos referencia. Por lo que, el antiguo proceso (antes de la reforma introducida por la ley 25.320) inevitablemente se detenía en ese estadio siempre que no mediase un desafuero al efecto.-

Con la nueva normativa adjetiva introducida en el año 2000 la situación ha cambiado digamos que relativamente. Ello por cuanto se exige al órgano jurisdiccional competente seguir adelante con el proceso hasta su conclusión definitiva, considerándose que el llamado a declaración indagatoria no es una medida restrictiva de la libertad.-

Al respecto los artículos pertinentes de la ley 25.320 publicada en el Boletín Oficial en fecha 13 de septiembre de 2000, por cuanto la misma reforma sustancialmente la normativa procesal aplicable que debe seguirse para el juzgamiento de un legislador cuando es acusado de cometer un delito.-

Tal normativa prescribe:
Artículo 1: Cuando, por parte de juez nacional, provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se abra una causa penal en la que se impute la comisión de un delito a un legislador, funcionario o magistrado sujeto a desafuero, remoción o juicio político, el tribunal competente seguirá adelante con el procedimiento judicial hasta su total conclusión. El llamado a indagatoria no se considera medida restrictiva de la libertad pero en el caso de que el legislador, funcionario o magistrado no concurriera a prestarla el tribunal deberá solicitar su desafuero, remoción o juicio político.

Artículo 2: La solicitud de desafuero deberá ser girada de manera inmediata a la Comisión de Asuntos Constitucionales de la Cámara correspondiente, la que deberá emitir dictamen, en un plazo de 60 días. La Cámara deberá tratar la causa, dentro de los 180 días de ingresada, aun cuando no exista dictamen de comisión.-

Artículo 4: Si fuera denegado el desafuero, la suspensión o remoción solicitadas, el tribunal declarará por auto que no puede proceder a la detención o mantenerla, continuando la causa según su estado.- En cualquier caso regirá la suspensión del curso de la prescripción prevista en el artículo 67 del Código Penal.-

En el supuesto de que el legislador no concurriera a prestar dicha declaración (ya sea en virtud de la citación correspondiente o por la presentación espontánea), el juez competente está obligado a solicitar el desafuero a la Cámara pertinente acompañada de la fundamentación de las causas que la hacen procedente, para poder continuar con el proceso, y así concluirlo, o lo que es lo mismo, arribar a la verdad jurídica del caso.-

Asimismo, se encuentra vedada la posibilidad de allanar el domicilio, las oficinas de los legisladores y su correspondencia o comunicaciones telefónicas sin que medie la autorización de la respectiva Cámara.-

De ser necesaria esa solicitud de desafuero porque el legislador se niega a concurrir a declarar, la misma debe ser presentada ante la Comisión de Asuntos Constitucionales de la Cámara correspondiente, la que se encuentra obligada a emitir dictamen, en el plazo de 60 días y darle tratamiento en los180 días de ingresada, aun si no existe el dictamen de referencia.-

En efecto, como bien lo prescribe la norma si la Cámara rechaza el pedido judicial de desafuero, el juez no tiene otra opción que intentar continuar con la investigación, quedando la conducta presumiblemente delictiva desplegada por el legislador sujeta a un futuro juzgamiento, no siendo pasible de oponer en lo sucesivo una prescripción de la persecución penal por parte del imputado una vez extinguidos los fueros, pues durante ese interregno o lapso de tiempo se aplica lo dispuesto por el artículo 67 del Código Penal (la suspensión de la prescripción).-

Dos antecedentes
En el orden nacional. El mas reciente es el de Luis Patti que, la Cámara de Diputados había impedido que el ex intendente de Escobar asumiera la banca ganada en las elecciones de octubre de 2005, la Corte Suprema declaró inconstitucional la decisión .

La Cámara Federal de San Martín suspendió la prisión preventiva que cumplía en una causa en la que está acusado de secuestros y torturas durante la última dictadura, al entender que, como diputado electo, tenía fueros que impedían su arresto.

La resolución de la Sala I del tribunal se basó en el fallo de la Supres Corte. Sobre la base de esa sentencia del máximo tribunal, los camaristas Hugo Fossati, Narciso Lugones y Jorge Barral concluyeron que Patti no podía estar detenido, a menos que antes la propia Cámara de Diputados lo despojara de la inmunidad, prevista en el artículo 69 de la Constitución Nacional, para todos los legisladores, "desde el día de su elección hasta el de su cese".

En el orden provincial. El antecedente más cercano es el del ex diputado radical Adolfo Lafourcade que, en noviembre de 2000 solicitó su desafuero para responder a la querella penal por calumnias e injurias que le promovió el entonces senador nacional, Augusto Alasino, ante el juzgado correccional de Concordia, a cargo del doctor José Giorgio.

La Cámara se reunió y votó dos pedidos de desafuero: se lo dio a Lafourcade y negó el requerimiento judicial para desaforar al entonces diputado Sergio Urribarri, denunciado por el manejo discrecional de subsidios en la Cámara.

Conclusión
La necesidad de proteger la acción específica de los legisladores tropieza a veces con la de los jueces, de administrar justicia con eficacia, pero no por ello la solución debe buscarse en la desprotección de la investidura parlamentaria. Buena parte de la solución del problema reside en el comportamiento ético de cada representante, así como en el de las propias cámaras, que están obligadas a llamar la atención de quienes no observen conductas adecuadas, pudiendo suspenderlos y hasta removerlos, de acuerdo con el artículo 71 LOS PRIVILEGIOS PARLAMENTARIOS



Por Carmen Orduna ([email protected]) para InfoExtra Digital

Cristina Kirchner en el Congreso: “Cuando remití al Parlamento la resolución 125 aceptamos el resultado"
http://www.perfil.com/contenidos/2009/03/01/noticia_0008.html

Perdón por el OT
 

MAC1966

Colaborador
Colaborador
Dijiste bien, tienen una monarquía parlamentaria
, con un Monarca y un Primer Ministro. Ninguna de las dos cosas tiene Argentina, que tiene un Presidente y un Congreso.
Según la definición que diste, de la RAE, EEUU también tendría un parlamento y jamás escuché decir "parlamento estadounidense".
Además, en la Constitución Argentina dice bien claro Congreso y no parlamento.

Eso en UK,en España es Presidente del Gobierno,jamás he escuchado "Primer Ministro".
 
Mientras a la gente le importe un bledo la defensa no pidan que los gobiernos le den mucho más importancia que el actual. Si ninguno de los partidos con alguna chance de acceder al poder le da mayor importancia. O acaso oyeron algo en la campaña electoral?
Para el caso al menos la llegada de los Tifones logró que el tema defensa llegue a los diarios (igual es "así de chiquitita" la repercusión)

Es la primera vez que algun medio habla de los Typhoon, como no tienen personal especializado en el tema, no ahondan en el mismo, y se remiten a copiar lo publicado en el Sun, encima con pesima traducción.
Hablan de que el gobierno se va a quejar, de que?, de que los british cambian los aviones por otros mejor dotados?, es irrisorio
Eso si por las dudas ya tenemos en el sur un escuadron de Saab340:biggrinjester:

---------- Post added at 05:15 ---------- Previous post was at 05:08 ----------

Los muchachos de las distintas brigadas, no volarian más si dispusieran del presupuesto que tan solo en esas fechas el gobierno tira al tacho de basura para alimentar al circo. Ojo hablo tan solo de 4 fechas, no del calendario completo de la AFA.

Salute
Derru

a los clubes aun no les llego la plata:leaving:
 

Jorge II

Serpiente Negra.
El tema pasa que el Typhoon es el reemplazo natural de los tornados, tarde o temprano van a estár por estos lados pero según varios diarios decian que eran los mas sofisticados del hemisferio sur, cosa que no es cierto ya que se olvidaron de los superhornet de australia.
 
S

SnAkE_OnE

personalmente en la curva del desarrollo, considero mas avanzada una version madura del Typhoon que del SuperBug (que todavia no llego), a no olvidarse con el mismo criterio del Gripen SAAF y de los F-16D FACh
 
Mientras a la gente le importe un bledo la defensa no pidan que los gobiernos le den mucho más importancia que el actual. Si ninguno de los partidos con alguna chance de acceder al poder le da mayor importancia. O acaso oyeron algo en la campaña electoral?
Para el caso al menos la llegada de los Tifones logró que el tema defensa llegue a los diarios (igual es "así de chiquitita" la repercusión)

Plenamente de acuerdo.
 
Gran Bretaña negó que haya reforzado la seguridad en Malvinas

El gobierno británico rechazó que el recambio de aviones en las Islas Malvinas tenga por objetivo reforzar la presencia militar y señaló que las aeronaves estaban "llegando al final de sus 25 años de vida útil"

Voceros de la embajada británica en Buenos Aires indicaron a DyN que "los aviones F 3 que están siendo reemplazados están llegando al final de sus 25 años de vida útil" y "por eso son reemplazados por los Typhoons".

Según supo esta agencia, el gobierno nacional no formuló ninguna protesta acerca de la información, originalmente publicada por el diario inglés The Sun.

Fuente: Infobae / DyN
 
Gran Bretaña envió aviones de combate a las Islas Malvinas

Un diario británico dio a conocer que la Fuerza Aérea de ese país ordenó el traslado de aeronaves a las islas. El gobierno argentino pediría explicaciones.

Agencia DyN

LAVOZ.com.ar | Gran Bretaña envió aviones de combate a las Islas Malvinas

El Gobierno argentino analizaba esta tarde reclamarle explicaciones a Gran Bretaña por la decisión de reforzar su presencia militar en las Islas Malvinas, enviando al archipiélago cuatro aviones superjets de alta sofisticación, informaron fuentes oficiales.

La postura argentina se conocería a través de la Cancillería nacional, dijeron las fuentes a DyN, luego de que un diario inglés informara que la Fuerza Aéreas británica (RAF) ordenó el traslado de las aeronaves de combate "Typhoons" a Malvinas, a través de una operación secreta.

Fuentes del Ministerio de Relaciones Exteriores agregaron que en las próximas horas se le reclamaría explicaciones al Gobierno británico.

Los voceros no descartaban que este refuerzo militar inglés en las Islas Malvinas sea para "marcar la cancha", ya que el próximo 3 de octubre familiares de caídos durante la guerra de 1982 realizarán un acto en el cementerio de Darwin, donde inaugurarán un monumento dedicado a los 649 soldados argentinos que murieron durante el conflicto bélico del Atlántico Sur.

El 10 de octubre también habrá un viaje similar para que los familiares puedan rendirle honores a sus deudos.

Los dos viajes partirán desde Buenos Aires, con pernocte en la ciudad santacruceña de Río Gallegos, hasta las islas en un avión de la empresa Lan Chile.

El diario inglés The Sun informó hoy los comandantes de la RAF ordenaron el traslado de los superjets de alta sofisticación a las bases inglesas situadas en las islas del Atlántico Sur.

La operación, que se realizó en secreto, fue calificada por el matutino británico como una "provocación" a la Argentina, que reclama la soberanía de Malvinas, usurpada por Inglaterra en 1833.
 
Respuesta Britanica: :smilielol5: :smilielol5: :smilielol5: :smilielol5:
Saludos

Mas bien yo diría la repuesta de los Británicos sería algo similiar a esto:


:biggrinjester: Muehejeheje :biggrinjester:

Un poco de humor no viene nada mal.

Cordiales Saludos

---------- Post added at 09:22 ---------- Previous post was at 09:08 ----------

Gran Bretaña negó que haya reforzado la seguridad en Malvinas

El gobierno británico rechazó que el recambio de aviones en las Malvinas tenga por objetivo reforzar la presencia militar y señaló que las aeronaves estaban "llegando al final de sus 25 años de vida útil"

Voceros de la embajada británica en Buenos Aires indicaron a DyN que "los aviones F 3 que están siendo reemplazados están llegando al final de sus 25 años de vida útil" y "por eso son reemplazados por los Typhoons".

Según supo esta agencia, el gobierno nacional no formuló ninguna protesta acerca de la información, originalmente publicada por el diario inglés The Sun.

Fuente: DyN
Gran Bretaña negó que haya reforzado la seguridad en Malvinas - Infobae.com
 
Gran Bretaña negó que haya reforzado la seguridad en Malvinas

El gobierno británico rechazó que el recambio de aviones en las Malvinas tenga por objetivo reforzar la presencia militar y señaló que las aeronaves estaban "llegando al final de sus 25 años de vida útil"

Voceros de la embajada británica en Buenos Aires indicaron a DyN que "los aviones F 3 que están siendo reemplazados están llegando al final de sus 25 años de vida útil" y "por eso son reemplazados por los Typhoons".

Según supo esta agencia, el gobierno nacional no formuló ninguna protesta acerca de la información, originalmente publicada por el diario inglés The Sun.

Fuente: DyN
Gran Bretaña negó que haya reforzado la seguridad en Malvinas - Infobae.com

claro,no entienden lo que significa "final de sus 25 años de vida util" :rofl:
 
Arriba