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<blockquote data-quote="joseph" data-source="post: 2509129" data-attributes="member: 22"><p>Sumario del Boletín Oficial Nº 34001 </p><p>Fecha de Publicación: 22-Nov-2018</p><p></p><p><a href="https://www.argentina.gob.ar/normativa/buscar-boletin?modo_busqueda=numero&buscar=34001">https://www.argentina.gob.ar/normativa/buscar-boletin?modo_busqueda=numero&buscar=34001</a></p><p></p><p>Resumen: Resolución 895 / 2018</p><p><a href="https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/resoluci%C3%B3n-895-2018-316592">https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/resolución-895-2018-316592</a></p><p></p><p>Resolución 895 / 2018</p><p><a href="https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/resoluci%C3%B3n-895-2018-316592/texto">https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/resolución-895-2018-316592/texto</a></p><p></p><p>CODIGO AERONAUTICO</p><p>Certificaciones de idoneidad aeronáutica</p><p>Decreto 1.954</p><p><a href="http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/105000-109999/109858/texact.htm">http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/105000-109999/109858/texact.htm</a></p><p></p><p>Art. 4° – Son requisitos generales para la obtención de certificaciones de idoneidad aeronáutica:</p><p><strong>1) Estar domiciliado en la República Argentina.</strong></p><p>2) Tener la edad, aptitud psicofísica, conocimientos generales, capacitación técnica y experiencia que exija la autoridad aeronáutica.</p><p></p><p>En realidad lo de ser argentino es un invento. Lo que se pide es que estes domiciliado en Argentina. Que es muy diferente. En cuanto a la resolución. Expresamente no veo lo que dicen los Gremios en cuando al fin del país. Si alguno tiene los anexos de la ANAC para leerlos estaría bueno.</p><p></p><p>En cuando al link que pasaste los cambios son:</p><p><em>“El Libro de Vuelo”, deberá decir: “El Libro de Vuelo, en la forma exigida por la autoridad aeronáutica extranjera”.</em></p><p></p><p>Soy yo a acaso piensan que el mundo se va a saber como Argentina hace las cosas.</p><p></p><p><em>“Deberá rendir un examen teórico de conocimientos y un examen de vuelo de pericia al nivel de la Licencia que solicita”, deberá decir: “Deberá rendir un examen teórico de conocimientos y un examen de vuelo de pericia al nivel de la Licencia que solicita, a menos que por las circunstancias del caso pueda establecerse probadamente y con razonable certeza que el solicitante posee la pericia que se requiere para el certificado de idoneidad que solicita”.</em></p><p></p><p>Supongamos que viene un piloto argentino con un millón de horas de vuelvo y se domicilia en Argentina. Los gremios quieren que rinda todo otra vez. Las carreras universitarias exigen revalidar los titulos. Ahora los pilotos tienen semejante nivel. ¿Donde un piloto tiene que estudiar 5 años para ser piloto?</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="joseph, post: 2509129, member: 22"] Sumario del Boletín Oficial Nº 34001 Fecha de Publicación: 22-Nov-2018 [URL]https://www.argentina.gob.ar/normativa/buscar-boletin?modo_busqueda=numero&buscar=34001[/URL] Resumen: Resolución 895 / 2018 [URL]https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/resoluci%C3%B3n-895-2018-316592[/URL] Resolución 895 / 2018 [URL]https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/resoluci%C3%B3n-895-2018-316592/texto[/URL] CODIGO AERONAUTICO Certificaciones de idoneidad aeronáutica Decreto 1.954 [URL]http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/105000-109999/109858/texact.htm[/URL] Art. 4° – Son requisitos generales para la obtención de certificaciones de idoneidad aeronáutica: [B]1) Estar domiciliado en la República Argentina.[/B] 2) Tener la edad, aptitud psicofísica, conocimientos generales, capacitación técnica y experiencia que exija la autoridad aeronáutica. En realidad lo de ser argentino es un invento. Lo que se pide es que estes domiciliado en Argentina. Que es muy diferente. En cuanto a la resolución. Expresamente no veo lo que dicen los Gremios en cuando al fin del país. Si alguno tiene los anexos de la ANAC para leerlos estaría bueno. En cuando al link que pasaste los cambios son: [I]“El Libro de Vuelo”, deberá decir: “El Libro de Vuelo, en la forma exigida por la autoridad aeronáutica extranjera”.[/I] Soy yo a acaso piensan que el mundo se va a saber como Argentina hace las cosas. [I]“Deberá rendir un examen teórico de conocimientos y un examen de vuelo de pericia al nivel de la Licencia que solicita”, deberá decir: “Deberá rendir un examen teórico de conocimientos y un examen de vuelo de pericia al nivel de la Licencia que solicita, a menos que por las circunstancias del caso pueda establecerse probadamente y con razonable certeza que el solicitante posee la pericia que se requiere para el certificado de idoneidad que solicita”.[/I] Supongamos que viene un piloto argentino con un millón de horas de vuelvo y se domicilia en Argentina. Los gremios quieren que rinda todo otra vez. Las carreras universitarias exigen revalidar los titulos. Ahora los pilotos tienen semejante nivel. ¿Donde un piloto tiene que estudiar 5 años para ser piloto? [/QUOTE]
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