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<blockquote data-quote="cosmiccomet74" data-source="post: 3326845" data-attributes="member: 4858"><p>Como todas las regulaciones Argentinas, en especial los regimenes especiales deberian ser revisados. Si bien hoy la edad MINIMA para solicitar la jubilacion como Piloto es de 50 años, la máxima hasta la que uno puede volar en Argentina en operaciones Comerciales (121 o 135) es de 65 años. En Latino America tanto Peru como Chile han extendido por lo que recuerdo a 67 años y Mexico hasta los 70.</p><p>Obviamente que las revisaciones médicas para los pilotos de más de 60 años son mas exhaustivas y no esta permitido que vuelen dos pilotos de mas de 60 años en el mismo vuelo.</p><p></p><p>Por otra para el requermiento para solicitar la jubilacion es de 20 años de aportes simple y 5000 horas dw vuelo en línea aérea u operaciones bajo regulacion 135.</p><p></p><p>El aporte del piloto al sistema previsional es proporcional a sus ingresos, pero una vez jubilados el "salario" esta topeado por ley.</p><p></p><p>Por eso se da la situacion que un Copiloto que se jubila a los 50 y un Comandante que se jubila a los 65 perciben el mismo importe de jubilacion. Esto acarrea juicios al Estado que tardan entre 5 y 7 años para destopear los montos de las jubilaciones....en fin, Argentina.</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="cosmiccomet74, post: 3326845, member: 4858"] Como todas las regulaciones Argentinas, en especial los regimenes especiales deberian ser revisados. Si bien hoy la edad MINIMA para solicitar la jubilacion como Piloto es de 50 años, la máxima hasta la que uno puede volar en Argentina en operaciones Comerciales (121 o 135) es de 65 años. En Latino America tanto Peru como Chile han extendido por lo que recuerdo a 67 años y Mexico hasta los 70. Obviamente que las revisaciones médicas para los pilotos de más de 60 años son mas exhaustivas y no esta permitido que vuelen dos pilotos de mas de 60 años en el mismo vuelo. Por otra para el requermiento para solicitar la jubilacion es de 20 años de aportes simple y 5000 horas dw vuelo en línea aérea u operaciones bajo regulacion 135. El aporte del piloto al sistema previsional es proporcional a sus ingresos, pero una vez jubilados el "salario" esta topeado por ley. Por eso se da la situacion que un Copiloto que se jubila a los 50 y un Comandante que se jubila a los 65 perciben el mismo importe de jubilacion. Esto acarrea juicios al Estado que tardan entre 5 y 7 años para destopear los montos de las jubilaciones....en fin, Argentina. [/QUOTE]
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