Defensa nacional, que el último apague la luz
El análisis del día. Poner retroactivamente bajo la competencia de la justicia ordinaria hechos que en su momento estaban en la órbita de la justicia militar, además de violar el Art. 18 de la Constitución, constituye lisa y llanamente un mazazo terminal a las Fuerzas Armadas.
20.07.2019
Por Mauricio Ortín
Un día de los años 70 el cartero llegó a mi casa. Traía un mensaje esperado. En una cédula se me notificaba que debía presentarme en el Distrito Militar de mi provincia a los efectos de cumplir con el Servicio Militar Obligatorio. Con diez y ocho años recién cumplidos, fui incorporado a las Fuerzas Armadas.
A partir de mi incorporación, quedaba bajo bandera; lo que significaba, entre otras cosas, la pérdida de los derechos y garantías que la Constitución Nacional que gozan los civiles. En el cuartel acontecía entonces lo central de mi vida. Allí aprendí que la debida obediencia a los superiores era la virtud por excelencia. Cuando y cuanto dormir, de qué manera vestirse, que comer, donde estar, qué hacer, etc., en síntesis, casi todo, dependía de alguien que no era yo.
A la hora de la siesta, mientras mis amigos civiles concurrían (como antes yo) al salón a jugar al billar, el que suscribe con mis compañeros en suerte, aprendíamos a marchar en secciones de Orden Cerrado y ¡ay! del que perdiera el paso. No estábamos allí de gusto. Particularmente, extrañaba eso de hacer lo que se daba la real gana.
ERA DURA
La colimba era dura. Sin embargo, ni a mí ni a ninguno se le pasaba ni remotamente por la cabeza denunciar al Jefe de Escuadrón por "privación ilegítima de la libertad" o por "imposición de tormentos" ante un juez federal. Vivíamos esas circunstancias como algo natural que duraba un año y que había que cumplir porque lo establecía una ley.
La instrucción militar consiste, básicamente, en preparar a una persona para ir a la guerra; lo que entraña de algún modo reproducir dicha circunstancia extrema. Ello es así aquí y en cualquier lugar del mundo donde existan fuerzas armadas profesionales.
El Jefe del Ejército Rojo y miembro del partido comunista ruso, León Trotsky, afirma en Mi Vida: "Sin represalias es imposible poner un ejército en pie. Es una quimera pretender que se va a lanzar a muchedumbres de hombres a la muerte si la pena capital no figura entre las armas de que dispone el mando".
La guerra o la preparación para ella, exige leyes y jueces especiales que tipifiquen los delitos y juzguen las conductas. Y, aún de buena fe, cualquier idea o acción en contrario implica un peligroso riesgo para la Defensa Nacional.
De no entenderse así, el Servicio Militar (por) Obligatorio constituiría un delito en sí mismo y los superiores en el mando, desde el cabo más moderno hasta el general más antiguo (Don José de San Martín, incluido), criminales de lesa humanidad por ejecutar un Plan Sistemático de violación de los derechos humanos contra los cientos de miles que pasaron por la colimba. Un absurdo por donde se lo mire.
OTRO ABSURDO
Ahora bien, no por absurdo, inexistente. La Argentina da para todo. Tal es el caso del procesamiento disparatado, inconstitucional y ridículo de 26 militares que pelearon en Malvinas; a los que se les viola el derecho de ser juzgados por los jueces militares (designados por la ley antes del hecho de la causa) y se los procesa a través de jueces ordinarios con leyes de tiempos de paz.
Según el titular de la Fiscalía General 4 ante la Cámara Federal de Casación Penal, Javier De Luca, "los hechos imputados (imposición de tormentos) son crímenes de guerra y/o graves violaciones a los Derechos Humanos"", por lo tanto, imprescriptibles. De Luca es consciente del escenario de guerra en el que el supuesto crimen se perpetra; de allí que, su mera intervención en un hecho ajeno a su competencia entraña un acto de prevaricación que vuelve nulo el trámite (lo mismo vale para el fiscal Marcelo Rapaport y el juez federal Federico Calvete).
Poner, retroactivamente, bajo la competencia de la justicia ordinaria hechos que en su momento estaban en la órbita de la justicia militar, además de violar el Art. 18 de la CN, constituye lisa y llanamente propinar un mazazo terminal a las Fuerzas Armadas de la Nación y, si se quiere, por ende un acto de traición al dejar sin defensa al territorio nacional
¿Qué soldado iría a una guerra en esas condiciones? No quiero dar ideas pero, en vista de que se los juzga con el Código Penal, De Luca bien podría acusar a los militares argentinos por matar soldados ingleses. Para la ley penal matar a un inglés es un delito igual de grave que matar a un argentino. Así el soldado Oscar Ismael Poltronieri (Cruz al Heroico Valor en Combate), de héroe se convertiría en asesino serial.
En un país medianamente decente estas cosas, por lo general, no pasan. Ahora bien, ninguna sociedad seria está libre de un De Luca. La diferencia es que, dado el caso, los miembros del Congreso harían cola para instalarle una zapatería que lo eyecte del cargo. No es el caso de Argentina. Ni un solo candidato a presidente (ni uno) ha dicho media palabra al respecto. Es más, la gobernadora María Eugenia Vidal se presenta como querellante de los 26 militares.
Así las cosas, deberían eliminar ese gasto inútil que representa el Ministerio de Defensa junto a todas sus dependencias (y que el último que salga, apague la luz.)
Fuente:
http://www.laprensa.com.ar/478806-Defensa-nacional-que-el-ultimo-apague-la-luz.note.aspx
Saludos.
Flavio.