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Argentina: Noticias del Ministerio de Defensa
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<blockquote data-quote="tc-70" data-source="post: 101144" data-attributes="member: 2240"><p><em>07/12/07 INFORMACIÓN DE PRENSA Nº 301/07</em></p><p></p><p><strong><u>EL INSTITUTO PENAL DE LAS FF.AA. DE CAMPO DE MAYO SERÁ CUSTODIADO POR EL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL </u></strong></p><p></p><p>La ministra de Defensa, Nilda Garré, firmó con su par de Justicia y Derechos Humanos, Alberto Iribarne, un convenio marco por el cual el Instituto Penal de las Fuerzas Armadas (dependiente del Estado Mayor del Ejército) pasa a la órbita del Servicio Penitenciario Federal.</p><p></p><p>El convenio detalla que “las leyes de Seguridad Interior (Nro. 24.059) y de Defensa Nacional (Nro. 23.554), vedan en forma expresa la posibilidad de que las Fuerzas Armadas ejerzan tareas o funciones que la legislación nacional, a través de la ley 24.460, asigna expresamente al Servicio Penitenciario Federal dependiente del Ministerio de Justicia y otros agentes”. </p><p></p><p>Por ello, se considera “conveniente y necesario traspasar las funciones operativas del Instituto Penal de las Fuerzas Armadas dependiente del Estado Mayor General del Ejercito ubicado en el predio de Campo de Mayo- Provincia de Buenos Aires a la órbita y competencia del Servicio Penitenciario Federal”.</p><p></p><p>El Servicio Penitenciario Federal, organismo dependiente del Ministerio de Justicia, “tomará a su cargo la custodia, guarda y seguridad, conforme a la legislación vigente, del Personal Militar que haya sido condenado o procesado por los tribunales o jueces militares u ordinarios, hubiere o no perdido su Estado Militar como consecuencia de la correspondiente sentencia u orden de detención recaídos, y que deba cumplir la prisión preventiva o la pena privativa de la libertad en una unidad militar en virtud de orden judicial correspondiente”.</p><p></p><p>El organismo también dictará el reglamento interno aplicable dentro del establecimiento penal de acuerdo con las facultades conferidas por el artículo 14 de la Ley Orgánica del Servicio Penitenciario Federal (N° 20.416). Una vez dictado dicho reglamento quedará automáticamente derogado el Reglamento de Instituto Penal de las Fuerzas Armadas. </p><p></p><p>Por su parte, el Ministerio de Defensa tomará a su cargo los proyectos, la construcción y el pago de ampliaciones, refacciones, gastos de mantenimiento y operativos del penal. De igual forma serán responsabilidades de la cartera de Garré el racionamiento, la asistencia médica y la provisión de medicamentos de los internos.</p><p></p><p>La Gendarmería Nacional continuará con la responsabilidad de mantener la seguridad exterior del establecimiento, de acuerdo con el procedimiento operativo normal.</p><p></p><p>En la actualidad se encuentran alojados en el Instituto Penal 47 presos por disposición judicial acusados de graves violaciones a los derechos humanos (19 pertenecen a la Armada y 28 al Ejército, y todos están en situación de retiro).</p><p></p><p>El Instituto cuenta con 20 plazas remanentes y su ubicación física es muy próxima al Hospital Militar de Campo de Mayo, para el caso de ser requerida asistencia médica por algunos de los reclusos. El total de guardias a ser destacados será de 35 efectivos. Hasta que el convenio entre en vigencia (se calcula que el SPF podría hacerse cargo de las funciones a comienzo de enero), la Gendarmería continuará custodiando el interior y exterior del predio.</p><p></p><p>Esta medida se inscribe en el pedido que la ministra Garré solicitó a la justicia en mayo de 2006 para que los militares acusados en causas penales cumplan las detenciones preventivas en establecimientos carcelarios comunes. Para ello la ministra dictó la resolución 444/06 cuyo objetivo fue “promover la reconsideración de las resoluciones en las cuales se haya dispuesto que las personas que han pertenecido o aún pertenezcan a las Fuerzas Armadas cumplan la detención preventiva o la pena privativa de la libertad impuesta, en dependencias militares”.</p><p></p><p>La resolución dictada por Garré señalaba que “no parece razonable admitir que la ejecución de detenciones preventivas y de penas privativas de libertad de los miembros de las Fuerzas se efectivice en unidades militares cuando lo que está en juego es la comisión -o la posible comisión- de los delitos previstos en el Código de Justicia Militar”.</p><p></p><p>El 18 de julio de este año el Ministerio de Defensa procedió, con la correspondiente autorización judicial, a enviar al Instituto Penal de las FF.AA. a diversos oficiales procesados por graves violaciones a los derechos humanos durante la última dictadura. </p><p></p><p>El juez federal Sergio Torres respondía favorablemente al pedido realizado por el Ministerio para modificar la ubicación de los detenidos y procesados en unidades militares de las Fuerzas Armadas.</p><p></p><p>Por ese entonces, Garré había afirmado en su presentación judicial que “la distribución actual de los detenidos dispersos en diversas guarniciones militares, afecta el normal desempeño de las funciones legalmente asignadas a las Fuerzas Armadas y sus tareas cotidianas”.</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="tc-70, post: 101144, member: 2240"] [I]07/12/07 INFORMACIÓN DE PRENSA Nº 301/07[/I] [B][U]EL INSTITUTO PENAL DE LAS FF.AA. DE CAMPO DE MAYO SERÁ CUSTODIADO POR EL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL [/U][/B] La ministra de Defensa, Nilda Garré, firmó con su par de Justicia y Derechos Humanos, Alberto Iribarne, un convenio marco por el cual el Instituto Penal de las Fuerzas Armadas (dependiente del Estado Mayor del Ejército) pasa a la órbita del Servicio Penitenciario Federal. El convenio detalla que “las leyes de Seguridad Interior (Nro. 24.059) y de Defensa Nacional (Nro. 23.554), vedan en forma expresa la posibilidad de que las Fuerzas Armadas ejerzan tareas o funciones que la legislación nacional, a través de la ley 24.460, asigna expresamente al Servicio Penitenciario Federal dependiente del Ministerio de Justicia y otros agentes”. Por ello, se considera “conveniente y necesario traspasar las funciones operativas del Instituto Penal de las Fuerzas Armadas dependiente del Estado Mayor General del Ejercito ubicado en el predio de Campo de Mayo- Provincia de Buenos Aires a la órbita y competencia del Servicio Penitenciario Federal”. El Servicio Penitenciario Federal, organismo dependiente del Ministerio de Justicia, “tomará a su cargo la custodia, guarda y seguridad, conforme a la legislación vigente, del Personal Militar que haya sido condenado o procesado por los tribunales o jueces militares u ordinarios, hubiere o no perdido su Estado Militar como consecuencia de la correspondiente sentencia u orden de detención recaídos, y que deba cumplir la prisión preventiva o la pena privativa de la libertad en una unidad militar en virtud de orden judicial correspondiente”. El organismo también dictará el reglamento interno aplicable dentro del establecimiento penal de acuerdo con las facultades conferidas por el artículo 14 de la Ley Orgánica del Servicio Penitenciario Federal (N° 20.416). Una vez dictado dicho reglamento quedará automáticamente derogado el Reglamento de Instituto Penal de las Fuerzas Armadas. Por su parte, el Ministerio de Defensa tomará a su cargo los proyectos, la construcción y el pago de ampliaciones, refacciones, gastos de mantenimiento y operativos del penal. De igual forma serán responsabilidades de la cartera de Garré el racionamiento, la asistencia médica y la provisión de medicamentos de los internos. La Gendarmería Nacional continuará con la responsabilidad de mantener la seguridad exterior del establecimiento, de acuerdo con el procedimiento operativo normal. En la actualidad se encuentran alojados en el Instituto Penal 47 presos por disposición judicial acusados de graves violaciones a los derechos humanos (19 pertenecen a la Armada y 28 al Ejército, y todos están en situación de retiro). El Instituto cuenta con 20 plazas remanentes y su ubicación física es muy próxima al Hospital Militar de Campo de Mayo, para el caso de ser requerida asistencia médica por algunos de los reclusos. El total de guardias a ser destacados será de 35 efectivos. Hasta que el convenio entre en vigencia (se calcula que el SPF podría hacerse cargo de las funciones a comienzo de enero), la Gendarmería continuará custodiando el interior y exterior del predio. Esta medida se inscribe en el pedido que la ministra Garré solicitó a la justicia en mayo de 2006 para que los militares acusados en causas penales cumplan las detenciones preventivas en establecimientos carcelarios comunes. Para ello la ministra dictó la resolución 444/06 cuyo objetivo fue “promover la reconsideración de las resoluciones en las cuales se haya dispuesto que las personas que han pertenecido o aún pertenezcan a las Fuerzas Armadas cumplan la detención preventiva o la pena privativa de la libertad impuesta, en dependencias militares”. La resolución dictada por Garré señalaba que “no parece razonable admitir que la ejecución de detenciones preventivas y de penas privativas de libertad de los miembros de las Fuerzas se efectivice en unidades militares cuando lo que está en juego es la comisión -o la posible comisión- de los delitos previstos en el Código de Justicia Militar”. El 18 de julio de este año el Ministerio de Defensa procedió, con la correspondiente autorización judicial, a enviar al Instituto Penal de las FF.AA. a diversos oficiales procesados por graves violaciones a los derechos humanos durante la última dictadura. El juez federal Sergio Torres respondía favorablemente al pedido realizado por el Ministerio para modificar la ubicación de los detenidos y procesados en unidades militares de las Fuerzas Armadas. Por ese entonces, Garré había afirmado en su presentación judicial que “la distribución actual de los detenidos dispersos en diversas guarniciones militares, afecta el normal desempeño de las funciones legalmente asignadas a las Fuerzas Armadas y sus tareas cotidianas”. [/QUOTE]
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