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<blockquote data-quote="Hymenoptero" data-source="post: 104343" data-attributes="member: 117"><p>PERSONAL MILITAR</p><p>Decreto 1240/2009</p><p><strong>Nómbrase en “misión permanente” Agregado</strong></p><p><strong>Naval a la Embajada de la República Argentina</strong></p><p><strong>en los Estados Unidos de América.</strong></p><p></p><p>Bs. As., 10/9/2009</p><p>VISTO lo informado por el señor JEFE DEL ESTADO</p><p>MAYOR GENERAL DE LA ARMADA,</p><p>lo propuesto por la señora MINISTRA DE</p><p>DEFENSA, y</p><p>CONSIDERANDO:</p><p>Que resulta necesario para la ARMADA</p><p>ARGENTINA,<strong> proceder al relevo del Oficial</strong></p><p><strong>Superior que se desempeña como Agregado</strong></p><p><strong>Naval a la Embajada de la REPUBLICA</strong></p><p><strong>ARGENTINA en los ESTADOS UNIDOS DE</strong></p><p><strong>AMERICA, con extensión sobre la REPUBLICA</strong></p><p><strong>DE HAITI y representación ante la</strong></p><p><strong>ORGANIZACION DE ESTADOS AMERICANOS</strong></p><p><strong>(OEA).</strong></p><p>Que la fecha de iniciación de la comisión</p><p>está prevista para el día 1º de septiembre</p><p>de 2009, con una duración máxima</p><p>de SETECIENTOS TREINTA (730) días,</p><p>incluyendo los tiempos de traslado e instalación.</p><p>Que la ASESORIA JURIDICA DE LA ARMADA</p><p>y la DIRECCION GENERAL DE</p><p>ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO</p><p>DE DEFENSA, han tomado la intervención</p><p>que les compete.</p><p>Que dicho relevo se encuentra contemplado</p><p>en la Resolución Conjunta Nº 1065, del</p><p>MINISTERIO DE DEFENSA y Nº 3135,</p><p>del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES,</p><p>COMERCIO INTERNACIONAL Y</p><p>CULTO, de fecha 11 de noviembre de 1999</p><p>y sus modificatorias.</p><p>Que la medida se dicta en uso de las facultades</p><p>emergentes del artículo 99, incisos 1)</p><p>y 12) de la CONSTITUCION NACIONAL y</p><p>del artículo 10, de la Ley Nº 20.957, del Régimen</p><p>del Servicio Exterior de la Nación y</p><p>sus modificatorias.</p><p>Por ello,</p><p>LA PRESIDENTA</p><p>DE LA NACION ARGENTINA</p><p>DECRETA:</p><p>Artículo 1º — <strong>Nómbrase en “misión permanente”</strong></p><p><strong>y por el término de SETECIENTOS TREINTA</strong></p><p><strong>(730) días, a partir del 1º de septiembre de 2009,</strong></p><p><strong>al señor Capitán de Navío Dn. Roberto Rubén</strong></p><p><strong>PEREYRA BORDÓN (M.I. Nº 12.464.513),</strong> para</p><p>desempeñarse como Agregado Naval a la Embajada</p><p>de la REPUBLICA ARGENTINA en los</p><p>ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, con extensión</p><p>sobre la REPUBLICA DE HAITI y representación</p><p>ante la ORGANIZACION DE ESTADOS</p><p>AMERICANOS (OEA).</p><p>Art. 2º — Los gastos que demande el cumplimiento</p><p>del presente decreto, serán imputados</p><p>a las partidas del Presupuesto de la Administración</p><p>Nacional Ejercicios 2009 - 2010 y 2011 - Jurisdicción</p><p>4522 - ESTADO MAYOR GENERAL</p><p>DE LA ARMADA.</p><p>Art. 3º — El ESTADO MAYOR GENERAL DE</p><p>LA ARMADA (CONTRALORIA GENERAL NAVAL)</p><p>procederá a liquidar los conceptos y emolumentos</p><p>que le corresponda, conforme lo establecido</p><p>en el artículo 2417, de la Reglamentación</p><p>del Título II (Personal Militar en Actividad) - capítulo</p><p>IV (Haberes) de la Ley para el Personal Militar</p><p>Nº 19.101, aprobada por Decreto Nº 3294, de</p><p>fecha 29 de diciembre de 1978 y modificada por</p><p>su similar Nº 1003, de fecha 29 de abril de 1983,</p><p>Decretos Nº 1202, de fecha 22 de junio de 1990,</p><p>Nº 1140, de fecha 29 de agosto de 2007 y Resolución</p><p>del MINISTERIO DE DEFENSA Nº 1478,</p><p>de fecha 24 de septiembre de 2007. Posteriormente</p><p>efectuará los giros pertinentes durante su</p><p>permanencia en el país de destino.</p><p>Art. 4º — Por la DIRECCION NACIONAL DE</p><p>CEREMONIAL se otorgará el pasaporte correspondiente.</p><p>Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la</p><p>DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL</p><p>y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER.</p><p>— Jorge E. Taiana. — Nilda C. Garré</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="Hymenoptero, post: 104343, member: 117"] PERSONAL MILITAR Decreto 1240/2009 [B]Nómbrase en “misión permanente” Agregado Naval a la Embajada de la República Argentina en los Estados Unidos de América.[/B] Bs. As., 10/9/2009 VISTO lo informado por el señor JEFE DEL ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA, lo propuesto por la señora MINISTRA DE DEFENSA, y CONSIDERANDO: Que resulta necesario para la ARMADA ARGENTINA,[B] proceder al relevo del Oficial Superior que se desempeña como Agregado Naval a la Embajada de la REPUBLICA ARGENTINA en los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, con extensión sobre la REPUBLICA DE HAITI y representación ante la ORGANIZACION DE ESTADOS AMERICANOS (OEA).[/B] Que la fecha de iniciación de la comisión está prevista para el día 1º de septiembre de 2009, con una duración máxima de SETECIENTOS TREINTA (730) días, incluyendo los tiempos de traslado e instalación. Que la ASESORIA JURIDICA DE LA ARMADA y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DEFENSA, han tomado la intervención que les compete. Que dicho relevo se encuentra contemplado en la Resolución Conjunta Nº 1065, del MINISTERIO DE DEFENSA y Nº 3135, del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, de fecha 11 de noviembre de 1999 y sus modificatorias. Que la medida se dicta en uso de las facultades emergentes del artículo 99, incisos 1) y 12) de la CONSTITUCION NACIONAL y del artículo 10, de la Ley Nº 20.957, del Régimen del Servicio Exterior de la Nación y sus modificatorias. Por ello, LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1º — [B]Nómbrase en “misión permanente” y por el término de SETECIENTOS TREINTA (730) días, a partir del 1º de septiembre de 2009, al señor Capitán de Navío Dn. Roberto Rubén PEREYRA BORDÓN (M.I. Nº 12.464.513),[/B] para desempeñarse como Agregado Naval a la Embajada de la REPUBLICA ARGENTINA en los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, con extensión sobre la REPUBLICA DE HAITI y representación ante la ORGANIZACION DE ESTADOS AMERICANOS (OEA). Art. 2º — Los gastos que demande el cumplimiento del presente decreto, serán imputados a las partidas del Presupuesto de la Administración Nacional Ejercicios 2009 - 2010 y 2011 - Jurisdicción 4522 - ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA. Art. 3º — El ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA (CONTRALORIA GENERAL NAVAL) procederá a liquidar los conceptos y emolumentos que le corresponda, conforme lo establecido en el artículo 2417, de la Reglamentación del Título II (Personal Militar en Actividad) - capítulo IV (Haberes) de la Ley para el Personal Militar Nº 19.101, aprobada por Decreto Nº 3294, de fecha 29 de diciembre de 1978 y modificada por su similar Nº 1003, de fecha 29 de abril de 1983, Decretos Nº 1202, de fecha 22 de junio de 1990, Nº 1140, de fecha 29 de agosto de 2007 y Resolución del MINISTERIO DE DEFENSA Nº 1478, de fecha 24 de septiembre de 2007. Posteriormente efectuará los giros pertinentes durante su permanencia en el país de destino. Art. 4º — Por la DIRECCION NACIONAL DE CEREMONIAL se otorgará el pasaporte correspondiente. Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge E. Taiana. — Nilda C. Garré [/QUOTE]
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Verificación
Guerra desarrollada entre Argentina y el Reino Unido en 1982
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