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Argentina: Noticias del Ministerio de Defensa
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<blockquote data-quote="CIETAC" data-source="post: 104655" data-attributes="member: 3613"><p>19/11/09 INFORMACIÓN DE PRENSA Nº 323/09</p><p>CRISTINA FERNÁNDEZ DE KIRCHNER PUSO EN VIGENCIA LA DIRECTIVA DE POLÍTICA DE DEFENSA NACIONAL </p><p></p><p>La presidenta de la República, Cristina Fernández de Kirchner, aprobó y puso en vigencia la “Directiva de Política de Defensa Nacional” que constituye el documento de más alto nivel de planeamiento del que se derivan los principales lineamientos de la política del sector.</p><p></p><p>El decreto 1714/2009 fue suscripto por la Presidenta y refrendado por el jefe de Gabinete, Aníbal Fernández, el canciller Jorge Taiana, y la titular de Defensa, Nilda Garré, cuya cartera preparó el texto puesto en vigencia.</p><p></p><p>La directiva encomienda trabajos y tareas a los diversos organismos de la jurisdicción y se estructura en tres capítulos:</p><p></p><p>(I) diagnóstico y apreciación del escenario de defensa global y regional; (II) política de Defensa nacional: concepción y posicionamiento estratégico de la República Argentina y (III) directrices para la instrumentación de la política de Defensa y de la política militar.</p><p></p><p>El Ministerio de Defensa recibe instrucciones para fortalecer la competencia de su función como instrumento del gobierno político de la Defensa, fortaleciendo todos sus organismos componentes.</p><p></p><p>Defensa debe crear un organismo logístico que garantice adecuados niveles de aprovisionamiento. También deberá profundizar y fortalecer el desarrollo de la industria de la producción. Además, el Ministerio debe continuar con el proceso de definición de las políticas educativas y de las estructuras de educación, formación y actualización de las FFAA. Subraya también la importancia de las políticas de Género.</p><p></p><p>El Estado Mayor Conjunto (EMCO) de las FFAA recibe la instrucción de reemplazar “el modelo basado en hipótesis de conflicto” por uno que se estructure “conforme al criterio de capacidades como factor de planeamiento”.</p><p></p><p>Los Estados Mayores de las Fuerzas Armadas (Ejército, Armada y Fuerza Aérea) deberán “proponer las modificaciones y readecuaciones de las estructuras orgánico-funcionales pertinentes”.</p><p></p><p>El decreto ordena que “en este sentido, deberán eliminarse todos las funciones y organizaciones que no se hallen en sintonía y que colisionen con la tarea del Comando Operacional del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas”.</p><p></p><p>Se recuerda que el Comando Operacional fue creado por decreto del gobierno nacional en febrero de 2007. </p><p></p><p>Entre otras tareas que fija y ordena la directiva, la misma indica que los Estados Mayores de las FFAA deben elevar un informe anual acerca del desarrollo de la comprobación operativa de los ejercicios militares realizados, y fija un tiempo de destino no menor a tres años en los Estados Mayores de las FFAA. El decreto fue publicado en el Boletín Oficial el pasado jueves 12 del corriente. </p><p></p><p>Buenos Aires, 19 de noviembre de 2009</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="CIETAC, post: 104655, member: 3613"] 19/11/09 INFORMACIÓN DE PRENSA Nº 323/09 CRISTINA FERNÁNDEZ DE KIRCHNER PUSO EN VIGENCIA LA DIRECTIVA DE POLÍTICA DE DEFENSA NACIONAL La presidenta de la República, Cristina Fernández de Kirchner, aprobó y puso en vigencia la “Directiva de Política de Defensa Nacional” que constituye el documento de más alto nivel de planeamiento del que se derivan los principales lineamientos de la política del sector. El decreto 1714/2009 fue suscripto por la Presidenta y refrendado por el jefe de Gabinete, Aníbal Fernández, el canciller Jorge Taiana, y la titular de Defensa, Nilda Garré, cuya cartera preparó el texto puesto en vigencia. La directiva encomienda trabajos y tareas a los diversos organismos de la jurisdicción y se estructura en tres capítulos: (I) diagnóstico y apreciación del escenario de defensa global y regional; (II) política de Defensa nacional: concepción y posicionamiento estratégico de la República Argentina y (III) directrices para la instrumentación de la política de Defensa y de la política militar. El Ministerio de Defensa recibe instrucciones para fortalecer la competencia de su función como instrumento del gobierno político de la Defensa, fortaleciendo todos sus organismos componentes. Defensa debe crear un organismo logístico que garantice adecuados niveles de aprovisionamiento. También deberá profundizar y fortalecer el desarrollo de la industria de la producción. Además, el Ministerio debe continuar con el proceso de definición de las políticas educativas y de las estructuras de educación, formación y actualización de las FFAA. Subraya también la importancia de las políticas de Género. El Estado Mayor Conjunto (EMCO) de las FFAA recibe la instrucción de reemplazar “el modelo basado en hipótesis de conflicto” por uno que se estructure “conforme al criterio de capacidades como factor de planeamiento”. Los Estados Mayores de las Fuerzas Armadas (Ejército, Armada y Fuerza Aérea) deberán “proponer las modificaciones y readecuaciones de las estructuras orgánico-funcionales pertinentes”. El decreto ordena que “en este sentido, deberán eliminarse todos las funciones y organizaciones que no se hallen en sintonía y que colisionen con la tarea del Comando Operacional del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas”. Se recuerda que el Comando Operacional fue creado por decreto del gobierno nacional en febrero de 2007. Entre otras tareas que fija y ordena la directiva, la misma indica que los Estados Mayores de las FFAA deben elevar un informe anual acerca del desarrollo de la comprobación operativa de los ejercicios militares realizados, y fija un tiempo de destino no menor a tres años en los Estados Mayores de las FFAA. El decreto fue publicado en el Boletín Oficial el pasado jueves 12 del corriente. Buenos Aires, 19 de noviembre de 2009 [/QUOTE]
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Verificación
Guerra desarrollada entre Argentina y el Reino Unido en 1982
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