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<blockquote data-quote="alex69" data-source="post: 106785" data-attributes="member: 5738"><p><strong>Un poco mas de MIlani</strong></p><p></p><p>POLITICA: POR SORGE, PARA EL OJO DIGITAL POLITICA </p><p></p><p style="text-align: center">El General César Milani, en pleno acto de traición contra el Sistema de Inteligencia Nacional </p><p></p><p>El actual Director de Inteligencia Militar ha cometido uno de los actos de traición ciertamente más arteros que se pueden pergeñar en contra del propio sistema de defensa, vulnerando a la vez la seguridad de su propio personal y familias.</p><p></p><p>06 de Marzo de 2010</p><p></p><p>Este "señor", que se hace llamar "General" recibió la siguiente orden, a través del Decreto 4/2010 del Poder Ejecutivo Nacional y que reproduce los siguientes términos:</p><p></p><p>"Relévase de la clasificación de Seguridad a toda documentación en información vinculada con el accionar de las Fuerzas Armadas, en el período comprendido entre los años 1976 y 1983".</p><p></p><p>En los considerandos del Decreto, queda establecido que la información deberá ser suministrada a la Justicia, en el marco de causas determinadas o que sean requeridas por la Comisión Bicameral de fiscalización de los organismos y actividades de Inteligencia.</p><p></p><p>El mencionado artículo del Poder Ejecutivo es explícito al respecto, respetando los lineamientos de la Ley de Inteligencia Número 25.520: dice que, tanto la información que trascienda al ámbito judicial y/o de la bicameral de control de los servicios, deberá guardar el más estricto secreto y confidencialidad. La violación de este deber hará incurrir a los infractores o posibles infractores en sanciones previstas en el libro II título IX capítulo II, Artículo 222/223 del Código Penal de la Nación, según correspondiere.</p><p></p><p>Tal reza la orden que recibiera este individuo, conocido por su más devaluado honor y por su personalidad jenuflexa que -por alguna rara circunstancia de la vida militar- llegó a poseer las palmas de General.</p><p></p><p>En la instrucción recibida de parte del Poder Ejecutivo, incluso se limita el pedido al personal que pudiera haberse desempeñado en el Destacamento de Inteligencia 101 del Ejército Argentino, y en orden a una determinada causa judicial.</p><p></p><p>Quien esto escribe se pregunta, ergo, colige y humildemente interpreta que el señor General, bajo ninguna circunstancia debía revelar un listado de personal de 4.300 integrantes de la Inteligencia castrense. Mucho menos a los medios de Comunicación social o a una ONG, en este caso la comúnmente conocida como "Archivo de la Memoria Parcial".</p><p></p><p><a href="http://www.elojodigital.com/contenido/9131-el-general-cesar-milani-en-pleno-acto-de-traicion-contra-el-sistema-de-inteligencia-n">El General César Milani, en pleno acto de traición contra el Sistema de Inteligencia Nacional | El Ojo Digital</a></p></blockquote><p></p>
[QUOTE="alex69, post: 106785, member: 5738"] [b]Un poco mas de MIlani[/b] POLITICA: POR SORGE, PARA EL OJO DIGITAL POLITICA [CENTER]El General César Milani, en pleno acto de traición contra el Sistema de Inteligencia Nacional [/CENTER] El actual Director de Inteligencia Militar ha cometido uno de los actos de traición ciertamente más arteros que se pueden pergeñar en contra del propio sistema de defensa, vulnerando a la vez la seguridad de su propio personal y familias. 06 de Marzo de 2010 Este "señor", que se hace llamar "General" recibió la siguiente orden, a través del Decreto 4/2010 del Poder Ejecutivo Nacional y que reproduce los siguientes términos: "Relévase de la clasificación de Seguridad a toda documentación en información vinculada con el accionar de las Fuerzas Armadas, en el período comprendido entre los años 1976 y 1983". En los considerandos del Decreto, queda establecido que la información deberá ser suministrada a la Justicia, en el marco de causas determinadas o que sean requeridas por la Comisión Bicameral de fiscalización de los organismos y actividades de Inteligencia. El mencionado artículo del Poder Ejecutivo es explícito al respecto, respetando los lineamientos de la Ley de Inteligencia Número 25.520: dice que, tanto la información que trascienda al ámbito judicial y/o de la bicameral de control de los servicios, deberá guardar el más estricto secreto y confidencialidad. La violación de este deber hará incurrir a los infractores o posibles infractores en sanciones previstas en el libro II título IX capítulo II, Artículo 222/223 del Código Penal de la Nación, según correspondiere. Tal reza la orden que recibiera este individuo, conocido por su más devaluado honor y por su personalidad jenuflexa que -por alguna rara circunstancia de la vida militar- llegó a poseer las palmas de General. En la instrucción recibida de parte del Poder Ejecutivo, incluso se limita el pedido al personal que pudiera haberse desempeñado en el Destacamento de Inteligencia 101 del Ejército Argentino, y en orden a una determinada causa judicial. Quien esto escribe se pregunta, ergo, colige y humildemente interpreta que el señor General, bajo ninguna circunstancia debía revelar un listado de personal de 4.300 integrantes de la Inteligencia castrense. Mucho menos a los medios de Comunicación social o a una ONG, en este caso la comúnmente conocida como "Archivo de la Memoria Parcial". [url=http://www.elojodigital.com/contenido/9131-el-general-cesar-milani-en-pleno-acto-de-traicion-contra-el-sistema-de-inteligencia-n]El General César Milani, en pleno acto de traición contra el Sistema de Inteligencia Nacional | El Ojo Digital[/url] [/QUOTE]
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Guerra desarrollada entre Argentina y el Reino Unido en 1982
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