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<blockquote data-quote="EFDV" data-source="post: 1450974" data-attributes="member: 15609"><p>Difícil responder. No estoy seguro de ser la persona más indicada para ello. A ver...</p><p></p><p>España es uno de los miembros de acreedores estatales conocido como el Club de París. Pero no actúan los miembros en forma individual, sino conjunta. Esto es, las decisiones las toma un cuerpo colegiado, no los miembros individuales. Con el Club de París se está en una negociación, casi en punto muerto pero negociación al fin y al cabo. No me consta una demanda judicial de los miembros del Club de París contra Argentina en este momento. De hecho, es probable que terminen alcanzando algún acuerdo.</p><p>Si mal no recuerdo, en este caso la propuesta argentina es repetir lo que se hizo con el FMI: pagar la totalidad de la deuda con reservas y en un sólo acto. El Club de París puso un requisito: que el acuerdo tiene que contar con un informe positivo del FMI. El FMI afirma que no puede hacer esto porque Argentina no esta permitiendo las auditorías periódicas del FMI. Argentina contrapropuso al Club de París que no se le requiera ese requisito, especialmente teniendo en cuenta que no es un impedimento técnico para que Argentina pague toda la deuda con el Club y que no hay mejor antecedente que cuando se le pago al FMI sin auditoría previa. En fin, en eso siguen discutiendo. </p><p></p><p>Pero el Club de París actúa sobre deuda soberana, por lo que es un caso particular y diferente a la deuda pública que se comercializaba con privados. Respecto a estos últimos, el último fallo de la corte de apelación de Nueva York ha sido a favor de Argentina por lo que las transferencias de fondos para pagos de acreedores que entraron en el canje de deuda no podrán ser bloqueados para pagarle a los demandantes. El rumor es que al conocer esto uno de los fondos buitres demandantes finalmente se terminará retirando de la demanda y acogiendo el tercer cande de deuda con quita de capital que tiene abierto actualmente el gobierno Argentino. Así que la cosa esta bastante más tranquila ahora en lo que respecta a esta materia. </p><p>Obviamente, todo depende de lo que pase en la Corte Suprema de Justicia de los Estados Unidos. Pero, mientras tanto, podemos respirar un poco más tranquilos que hace unos meses atrás. </p><p></p><p>Esto nos lleva al caso brasileño y al caso Español. Es imposible saber con un 100% de certeza que un demandante presente a último momento un recurso en un tribunal extranjero y el juez de turno de lugar. Esto es algo de lo que pasó en Ghana, incluso antes de que el gobierno de Ghana pudiera tomar conocimiento de la causa. Entonces el riesgo siempre esta allí. En la mayoría de los países ya han existimos posturas oficiales de los gobiernos de turno y/o fallos favorables a Argentina que desalientan a la presentación de nuevas demandas, pero nunca se sabe.</p><p>Yo supongo que en el caso brasileño no hay ningún tipo de problemas, pero no tengo conocimiento de cómo andamos en la materia en España. Como no creo que existan estos problemas con Brasil, creo que esta no es la principal razón por la que se cancela la participación en el ejercicio.</p><p></p><p>En el caso específico de España, es verdad que existen algunos conflictos judiciales por la nacionalización de YPF (lo de Iberia se resolvió a favor de Argentina hace ya tiempo atrás) y un conflicto comercial, más o menos derivado, por el tema de los biocombustibles. </p><p>Pero esto no implica necesariamente que estén enlazados con las demandas vinculadas al default. Generalmente estás últimas siguen un camino propio e independiente de los otros conflictos. </p><p>Así que, en mi opinión, es un error meter en la misma bolsa al default, los biocombustible y la nacionalización de YPF. De hecho, a esta altura el tema de los biocombustibles también está siguiendo un camino diferente al de la nacionalización de YPF, pero mantiene una vinculación con otro conflicto: las licencias de importación no automáticas de Argentina.</p><p></p><p>¿Cómo sería el caso de los F-1M? No soy especialista en el tema como para saber cómo podría concretarse la operación de forma eficaz. Seguramente la negociación de los F-1M tiene en cuenta estos factores así que si se concreta la compraventa es porque se tiene establecido un procedimiento eficaz, contra toda duda razonable, del que mismo finalizará exitosamente. Pero no creo que se pueda tener 100% de certeza.</p><p>Primero que nada, yo pensaba que con todos los conflictos diplomáticos y económicos la relación entre España y Argentina se había enfriado y, por tanto, era improbable que se concrete la operación de los F-1M. Pero finalmente termina apareciendo en la ley de presupuesto así que, a pesar de los conflictos, deciden cooperar en este aspecto. Lo cual es muy normal en la relaciones entre Estados (y multinacionales), compiten en algunas cosas, tienen conflictos con otras y cooperan en unas terceras. Todo junto y simultáneamente. Entre democracias federales esto es aún más común ya que puedes tener un poder de un nivel de gobierno con un conflicto y otro poder de otro nivel de gobierno cooperando, formando complejas redes que son muy difíciles de estudiar.</p><p></p><p>Dicho todo esto, yo creo que existe una posibilidad, pequeña pero posibilidad al fin y al cabo, de que algún acreedor descontento presente una demanda en España y que un juez de lugar a la solicitud, aparejando el embargo del pago de dichos aviones o el embargo de los aviones propiamente dichos. Al igual que en situaciones anteriores, seguramente conduciría a un proceso judicial que retrasaría la operación durante muchos meses pero que, finalmente, se resolvería a favor de Argentina. La acumulación de antecedentes a favor de la posición de Argentina en todo el mundo llevan a prever eso.</p><p>Así que las eventuales trabajas judiciales deben tomarse como gajes del oficio hasta que el tema del default termine de resolverse en un futuro indefinido. Serán frenos y retrasos a las operaciones que se pretendan hacer, pero no impedimentos. </p><p>En este tema, me parece que es hacer algo asumiendo un riesgo calculado. Riesgo calculado de que pueden haber demandas judiciales que retrasen la operación. Riesgo calculado de que los aviones estén en buenas condiciones. Riesgo calculado de que el stock de repuestos que se obtengan sean suficientes para muchos años de operación. Etcétera.</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="EFDV, post: 1450974, member: 15609"] Difícil responder. No estoy seguro de ser la persona más indicada para ello. A ver... España es uno de los miembros de acreedores estatales conocido como el Club de París. Pero no actúan los miembros en forma individual, sino conjunta. Esto es, las decisiones las toma un cuerpo colegiado, no los miembros individuales. Con el Club de París se está en una negociación, casi en punto muerto pero negociación al fin y al cabo. No me consta una demanda judicial de los miembros del Club de París contra Argentina en este momento. De hecho, es probable que terminen alcanzando algún acuerdo. Si mal no recuerdo, en este caso la propuesta argentina es repetir lo que se hizo con el FMI: pagar la totalidad de la deuda con reservas y en un sólo acto. El Club de París puso un requisito: que el acuerdo tiene que contar con un informe positivo del FMI. El FMI afirma que no puede hacer esto porque Argentina no esta permitiendo las auditorías periódicas del FMI. Argentina contrapropuso al Club de París que no se le requiera ese requisito, especialmente teniendo en cuenta que no es un impedimento técnico para que Argentina pague toda la deuda con el Club y que no hay mejor antecedente que cuando se le pago al FMI sin auditoría previa. En fin, en eso siguen discutiendo. Pero el Club de París actúa sobre deuda soberana, por lo que es un caso particular y diferente a la deuda pública que se comercializaba con privados. Respecto a estos últimos, el último fallo de la corte de apelación de Nueva York ha sido a favor de Argentina por lo que las transferencias de fondos para pagos de acreedores que entraron en el canje de deuda no podrán ser bloqueados para pagarle a los demandantes. El rumor es que al conocer esto uno de los fondos buitres demandantes finalmente se terminará retirando de la demanda y acogiendo el tercer cande de deuda con quita de capital que tiene abierto actualmente el gobierno Argentino. Así que la cosa esta bastante más tranquila ahora en lo que respecta a esta materia. Obviamente, todo depende de lo que pase en la Corte Suprema de Justicia de los Estados Unidos. Pero, mientras tanto, podemos respirar un poco más tranquilos que hace unos meses atrás. Esto nos lleva al caso brasileño y al caso Español. Es imposible saber con un 100% de certeza que un demandante presente a último momento un recurso en un tribunal extranjero y el juez de turno de lugar. Esto es algo de lo que pasó en Ghana, incluso antes de que el gobierno de Ghana pudiera tomar conocimiento de la causa. Entonces el riesgo siempre esta allí. En la mayoría de los países ya han existimos posturas oficiales de los gobiernos de turno y/o fallos favorables a Argentina que desalientan a la presentación de nuevas demandas, pero nunca se sabe. Yo supongo que en el caso brasileño no hay ningún tipo de problemas, pero no tengo conocimiento de cómo andamos en la materia en España. Como no creo que existan estos problemas con Brasil, creo que esta no es la principal razón por la que se cancela la participación en el ejercicio. En el caso específico de España, es verdad que existen algunos conflictos judiciales por la nacionalización de YPF (lo de Iberia se resolvió a favor de Argentina hace ya tiempo atrás) y un conflicto comercial, más o menos derivado, por el tema de los biocombustibles. Pero esto no implica necesariamente que estén enlazados con las demandas vinculadas al default. Generalmente estás últimas siguen un camino propio e independiente de los otros conflictos. Así que, en mi opinión, es un error meter en la misma bolsa al default, los biocombustible y la nacionalización de YPF. De hecho, a esta altura el tema de los biocombustibles también está siguiendo un camino diferente al de la nacionalización de YPF, pero mantiene una vinculación con otro conflicto: las licencias de importación no automáticas de Argentina. ¿Cómo sería el caso de los F-1M? No soy especialista en el tema como para saber cómo podría concretarse la operación de forma eficaz. Seguramente la negociación de los F-1M tiene en cuenta estos factores así que si se concreta la compraventa es porque se tiene establecido un procedimiento eficaz, contra toda duda razonable, del que mismo finalizará exitosamente. Pero no creo que se pueda tener 100% de certeza. Primero que nada, yo pensaba que con todos los conflictos diplomáticos y económicos la relación entre España y Argentina se había enfriado y, por tanto, era improbable que se concrete la operación de los F-1M. Pero finalmente termina apareciendo en la ley de presupuesto así que, a pesar de los conflictos, deciden cooperar en este aspecto. Lo cual es muy normal en la relaciones entre Estados (y multinacionales), compiten en algunas cosas, tienen conflictos con otras y cooperan en unas terceras. Todo junto y simultáneamente. Entre democracias federales esto es aún más común ya que puedes tener un poder de un nivel de gobierno con un conflicto y otro poder de otro nivel de gobierno cooperando, formando complejas redes que son muy difíciles de estudiar. Dicho todo esto, yo creo que existe una posibilidad, pequeña pero posibilidad al fin y al cabo, de que algún acreedor descontento presente una demanda en España y que un juez de lugar a la solicitud, aparejando el embargo del pago de dichos aviones o el embargo de los aviones propiamente dichos. Al igual que en situaciones anteriores, seguramente conduciría a un proceso judicial que retrasaría la operación durante muchos meses pero que, finalmente, se resolvería a favor de Argentina. La acumulación de antecedentes a favor de la posición de Argentina en todo el mundo llevan a prever eso. Así que las eventuales trabajas judiciales deben tomarse como gajes del oficio hasta que el tema del default termine de resolverse en un futuro indefinido. Serán frenos y retrasos a las operaciones que se pretendan hacer, pero no impedimentos. En este tema, me parece que es hacer algo asumiendo un riesgo calculado. Riesgo calculado de que pueden haber demandas judiciales que retrasen la operación. Riesgo calculado de que los aviones estén en buenas condiciones. Riesgo calculado de que el stock de repuestos que se obtengan sean suficientes para muchos años de operación. Etcétera. [/QUOTE]
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