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<blockquote data-quote="Igwaith" data-source="post: 2028289" data-attributes="member: 15818"><p>Capaz me equivoco.. pero la nota es completamente amarillista y alarmista. No veo como se puede crear un "monstruo" de esta manera. Por lo que entendi de la nota, el tema queda en que el Estado en sus tres poderes por asi decirlo controla las "cupulas" designaciones, quien se queda y quien se va. Pero de las cupulas de estado mayor para abajo es competencia de cada fuerza. No lo veo mal, ni anti republicano</p><p>Al fin y al cabo.. Cada Ministerio, Juzgado, Poder o etc del Estado se auto administra en ascensos, despidos.</p><p></p><p>Aca va la lista de competencias con las que quedan segun la propia nota:</p><p></p><p>1) Designación de los oficiales en los cargos que no constituyen la conducción superior de los Estados Mayores Generales de las Fuerzas Armadas.</p><p></p><p>2) Disposición de los cambios de destino de los oficiales.</p><p></p><p>3) Designación y disposición de los cambios de destino de los suboficiales.</p><p></p><p>4) Aprobación de las calificaciones de egreso de escuelas o institutos de reclutamiento de los oficiales de las Fuerzas Armadas.</p><p>5) Aprobación de las calificaciones de egreso de las Escuelas Superiores de las Fuerzas Armadas y otorgamiento de los títulos correspondientes.</p><p></p><p>6) Disposición de las bajas y los retiros obligatorios de los oficiales jefes y oficiales subalternos.</p><p></p><p>7) Aprobación de las calificaciones de egreso de escuelas o institutos de reclutamiento de suboficiales de las Fuerzas Armadas y otorgamiento de los grados que correspondan.</p><p></p><p>8) Otorgamiento de los ascensos de los suboficiales.</p><p></p><p>9) Aprobación, renovación y rescisión de los compromisos de servicios suscriptos por los oficiales y los suboficiales.</p><p>10) Disposición de los retiros y las bajas voluntarios de los oficiales y los suboficiales.</p><p></p><p>11) Disposición de las bajas y los retiros obligatorios, y las reincorporaciones de los suboficiales.</p><p></p><p>12) Otorgamiento de las licencias y disposición de los cambios de las situaciones de revista de los oficiales y los suboficiales.</p><p></p><p>13) Designación del personal militar retirado para funciones docentes en el marco del Estatuto para el Personal Docente Civil de las Fuerzas Armadas.</p><p></p><p>14) Designaciones a los agentes civiles en su jurisdicción y autorización de sus cambios de destino.</p><p></p><p>15) Resolución de los recursos presentados por los oficiales jefes y subalternos contra resoluciones de los Jefes de los Estados Mayores Generales como definitiva y última instancia, agotando así la vía administrativa, con exclusión de las materias reguladas por el Código de Disciplina de las Fuerzas Armadas.</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="Igwaith, post: 2028289, member: 15818"] Capaz me equivoco.. pero la nota es completamente amarillista y alarmista. No veo como se puede crear un "monstruo" de esta manera. Por lo que entendi de la nota, el tema queda en que el Estado en sus tres poderes por asi decirlo controla las "cupulas" designaciones, quien se queda y quien se va. Pero de las cupulas de estado mayor para abajo es competencia de cada fuerza. No lo veo mal, ni anti republicano Al fin y al cabo.. Cada Ministerio, Juzgado, Poder o etc del Estado se auto administra en ascensos, despidos. Aca va la lista de competencias con las que quedan segun la propia nota: 1) Designación de los oficiales en los cargos que no constituyen la conducción superior de los Estados Mayores Generales de las Fuerzas Armadas. 2) Disposición de los cambios de destino de los oficiales. 3) Designación y disposición de los cambios de destino de los suboficiales. 4) Aprobación de las calificaciones de egreso de escuelas o institutos de reclutamiento de los oficiales de las Fuerzas Armadas. 5) Aprobación de las calificaciones de egreso de las Escuelas Superiores de las Fuerzas Armadas y otorgamiento de los títulos correspondientes. 6) Disposición de las bajas y los retiros obligatorios de los oficiales jefes y oficiales subalternos. 7) Aprobación de las calificaciones de egreso de escuelas o institutos de reclutamiento de suboficiales de las Fuerzas Armadas y otorgamiento de los grados que correspondan. 8) Otorgamiento de los ascensos de los suboficiales. 9) Aprobación, renovación y rescisión de los compromisos de servicios suscriptos por los oficiales y los suboficiales. 10) Disposición de los retiros y las bajas voluntarios de los oficiales y los suboficiales. 11) Disposición de las bajas y los retiros obligatorios, y las reincorporaciones de los suboficiales. 12) Otorgamiento de las licencias y disposición de los cambios de las situaciones de revista de los oficiales y los suboficiales. 13) Designación del personal militar retirado para funciones docentes en el marco del Estatuto para el Personal Docente Civil de las Fuerzas Armadas. 14) Designaciones a los agentes civiles en su jurisdicción y autorización de sus cambios de destino. 15) Resolución de los recursos presentados por los oficiales jefes y subalternos contra resoluciones de los Jefes de los Estados Mayores Generales como definitiva y última instancia, agotando así la vía administrativa, con exclusión de las materias reguladas por el Código de Disciplina de las Fuerzas Armadas. [/QUOTE]
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