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Argentina: Noticias del Ministerio de Defensa
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<blockquote data-quote="stalder" data-source="post: 2443684" data-attributes="member: 73"><p><strong>MINISTERIO DE DEFENSA</strong></p><p><strong>Decreto 703/2018</strong></p><p>DECTO-2018-703-APN-PTE - Directiva de Política de Defensa Nacional. Aprobación.</p><p>Ciudad de Buenos Aires, 30/07/2018</p><p>VISTO la Ley de Defensa Nacional N° 23.554, la Ley de Seguridad Interior N° 24.059, la Ley de Reestructuración de las Fuerzas Armadas N° 24.948, la Ley de Inteligencia Nacional N° 25.520 y su modificatoria, el Decreto N° 727 del 12 de junio de 2006 y su modificatorio, el Decreto N° 1729 del 27 de noviembre de 2007, el Decreto N° 1714 del 10 de noviembre de 2009 y el Decreto N° 2645 del 30 de diciembre de 2014, y</p><p>CONSIDERANDO:</p><p>Que la Defensa Nacional es una función esencial e indelegable del Estado Nacional y tiene por objetivo rector garantizar de modo permanente la soberanía e independencia de la Nación Argentina, su integridad territorial y capacidad de autodeterminación y la protección de la vida y la libertad de sus habitantes.</p><p>Que el Ciclo de Planeamiento de la Defensa Nacional aprobado por el Decreto N° 1729/07 se inicia con el dictado, a propuesta del MINISTERIO DE DEFENSA, de la Directiva de Política de Defensa Nacional.</p><p>Que en el marco de la transformación que han experimentado los desafíos en materia de Defensa que debe afrontar la REPÚBLICA ARGENTINA, resulta necesaria la aprobación de una nueva Directiva de Política de Defensa Nacional, a fin de actualizar los lineamientos y las prioridades estratégicas de esta política de Estado.</p><p>Que esta nueva Directiva de Política de Defensa Nacional establecerá los criterios que orientarán la reforma de la organización, el funcionamiento, la planificación y la administración de los recursos humanos y materiales del Sistema de Defensa Nacional, conforme las apreciaciones estratégicas del gobierno nacional respecto de los escenarios global y regional y el impacto en la seguridad estratégica de la REPÚBLICA ARGENTINA.</p><p>Que la REPÚBLICA ARGENTINA debe contar con la capacidad de anticipar, disuadir y superar las amenazas, riesgos y desafíos del siglo XXI que afecten su seguridad estratégica nacional.</p><p>Que la evaluación del escenario internacional y el análisis de su impacto en los intereses nacionales de la REPÚBLICA ARGENTINA constituyen las bases para la identificación de desafíos, oportunidades, amenazas y riesgos a la Defensa Nacional y para la realización del Planeamiento Estratégico contribuyente a su atención.</p><p>Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL ha establecido como objetivos transversales de su gestión de gobierno la lucha contra el narcotráfico, la reducción de la pobreza y la unión de los argentinos, por lo que su cumplimiento exige la colaboración de todas las áreas del Estado, conforme sus competencias y responsabilidades específicas.</p><p>Que el Sistema de Defensa Nacional presenta hoy un conjunto de limitaciones doctrinarias, presupuestarias e institucionales que deben ser adecuadamente atendidas a fin de garantizar que el Instrumento Militar de la Nación esté en condiciones operacionales de atender sus responsabilidades primarias.</p><p>Que, en tal sentido, resulta necesario derogar la Directiva de Defensa Nacional y su actualización aprobada por los Decretos N° 1714/09 y N° 2645/14 respectivamente.</p><p>Que los servicios permanentes de asesoramiento jurídico del MINISTERIO DE SEGURIDAD y del MINISTERIO DE DEFENSA han tomado la intervención que les compete.</p><p>Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, incisos 1 y 12, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.</p><p>Por ello,</p><p>EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA</p><p>DECRETA:</p><p>ARTÍCULO 1º.- Apruébase la “Directiva de Política de Defensa Nacional” (DPDN) que forma parte del presente como Anexo I (IF-2018-36379017-APN-SECEYAM#MD).</p><p>ARTÍCULO 2º.- Deróganse el Decreto N° 1714 del 10 de noviembre de 2009 y el Decreto N° 2645 del 30 de diciembre de 2014.</p><p>ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI - Marcos Peña - Oscar Raúl Aguad - Patricia Bullrich - Jorge Marcelo Faurie</p><p>NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-</p><p>e. 31/07/2018 N° 54968/18 v. 31/07/2018</p><p></p><p><strong>Fecha de publicación </strong>31/07/2018</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="stalder, post: 2443684, member: 73"] [B]MINISTERIO DE DEFENSA Decreto 703/2018[/B] DECTO-2018-703-APN-PTE - Directiva de Política de Defensa Nacional. Aprobación. Ciudad de Buenos Aires, 30/07/2018 VISTO la Ley de Defensa Nacional N° 23.554, la Ley de Seguridad Interior N° 24.059, la Ley de Reestructuración de las Fuerzas Armadas N° 24.948, la Ley de Inteligencia Nacional N° 25.520 y su modificatoria, el Decreto N° 727 del 12 de junio de 2006 y su modificatorio, el Decreto N° 1729 del 27 de noviembre de 2007, el Decreto N° 1714 del 10 de noviembre de 2009 y el Decreto N° 2645 del 30 de diciembre de 2014, y CONSIDERANDO: Que la Defensa Nacional es una función esencial e indelegable del Estado Nacional y tiene por objetivo rector garantizar de modo permanente la soberanía e independencia de la Nación Argentina, su integridad territorial y capacidad de autodeterminación y la protección de la vida y la libertad de sus habitantes. Que el Ciclo de Planeamiento de la Defensa Nacional aprobado por el Decreto N° 1729/07 se inicia con el dictado, a propuesta del MINISTERIO DE DEFENSA, de la Directiva de Política de Defensa Nacional. Que en el marco de la transformación que han experimentado los desafíos en materia de Defensa que debe afrontar la REPÚBLICA ARGENTINA, resulta necesaria la aprobación de una nueva Directiva de Política de Defensa Nacional, a fin de actualizar los lineamientos y las prioridades estratégicas de esta política de Estado. Que esta nueva Directiva de Política de Defensa Nacional establecerá los criterios que orientarán la reforma de la organización, el funcionamiento, la planificación y la administración de los recursos humanos y materiales del Sistema de Defensa Nacional, conforme las apreciaciones estratégicas del gobierno nacional respecto de los escenarios global y regional y el impacto en la seguridad estratégica de la REPÚBLICA ARGENTINA. Que la REPÚBLICA ARGENTINA debe contar con la capacidad de anticipar, disuadir y superar las amenazas, riesgos y desafíos del siglo XXI que afecten su seguridad estratégica nacional. Que la evaluación del escenario internacional y el análisis de su impacto en los intereses nacionales de la REPÚBLICA ARGENTINA constituyen las bases para la identificación de desafíos, oportunidades, amenazas y riesgos a la Defensa Nacional y para la realización del Planeamiento Estratégico contribuyente a su atención. Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL ha establecido como objetivos transversales de su gestión de gobierno la lucha contra el narcotráfico, la reducción de la pobreza y la unión de los argentinos, por lo que su cumplimiento exige la colaboración de todas las áreas del Estado, conforme sus competencias y responsabilidades específicas. Que el Sistema de Defensa Nacional presenta hoy un conjunto de limitaciones doctrinarias, presupuestarias e institucionales que deben ser adecuadamente atendidas a fin de garantizar que el Instrumento Militar de la Nación esté en condiciones operacionales de atender sus responsabilidades primarias. Que, en tal sentido, resulta necesario derogar la Directiva de Defensa Nacional y su actualización aprobada por los Decretos N° 1714/09 y N° 2645/14 respectivamente. Que los servicios permanentes de asesoramiento jurídico del MINISTERIO DE SEGURIDAD y del MINISTERIO DE DEFENSA han tomado la intervención que les compete. Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, incisos 1 y 12, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL. Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA: ARTÍCULO 1º.- Apruébase la “Directiva de Política de Defensa Nacional” (DPDN) que forma parte del presente como Anexo I (IF-2018-36379017-APN-SECEYAM#MD). ARTÍCULO 2º.- Deróganse el Decreto N° 1714 del 10 de noviembre de 2009 y el Decreto N° 2645 del 30 de diciembre de 2014. ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI - Marcos Peña - Oscar Raúl Aguad - Patricia Bullrich - Jorge Marcelo Faurie NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- e. 31/07/2018 N° 54968/18 v. 31/07/2018 [B]Fecha de publicación [/B]31/07/2018 [/QUOTE]
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