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<blockquote data-quote="DSV" data-source="post: 2457623" data-attributes="member: 10911"><p>Uhhh se le acabó la joda a unos cuantos</p><p></p><p></p><p>EL MINISTRO DE DEFENSA</p><p>RESUELVE:</p><p>ARTÍCULO 1°.- <strong><u><span style="font-size: 22px">Apruébase el Reglamento Interno “CONTROL DE ASISTENCIA Y PRESENTISMO DEL MINISTERIO DE DEFENSA”</span></u></strong>, el que será de aplicación obligatoria para todos los trabajadores designados bajo el régimen de estabilidad previsto en el artículo 8° del anexo de la Ley N° 25.164, Planta Transitoria y personal comprendido en el régimen de contrataciones de conformidad con el artículo 9° del anexo de la citada Ley, que presten funciones en las dependencias de este MINISTERIO, que como Anexo IF-2018-27116217-APN-DGRRHH#MD forma parte integrante de la presente medida.</p><p>ARTÍCULO 2°.- Facúltase a la DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA a dictar las normas interpretativas que deriven de la presente Resolución.</p><p>ARTÍCULO 3°.- Encomiéndase a los Directores Nacionales, Generales o sus equivalentes, la gestión integral del registro de asistencia y presentismo, y del cumplimiento del horario de trabajo en sus respectivas áreas, debiendo remitir en los plazos fijados, dicha información a la DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de este Ministerio.</p><p>ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y a la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO dependiente de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO para su homologación, y archívese. Oscar Raúl Aguad</p><p>NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-</p><p>e. 28/08/2018 N° 62559/18 v. 28/08/2018</p><p></p><p><a href="https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/190456/20180828">https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/190456/20180828</a></p></blockquote><p></p>
[QUOTE="DSV, post: 2457623, member: 10911"] Uhhh se le acabó la joda a unos cuantos EL MINISTRO DE DEFENSA RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- [B][U][SIZE=6]Apruébase el Reglamento Interno “CONTROL DE ASISTENCIA Y PRESENTISMO DEL MINISTERIO DE DEFENSA”[/SIZE][/U][/B], el que será de aplicación obligatoria para todos los trabajadores designados bajo el régimen de estabilidad previsto en el artículo 8° del anexo de la Ley N° 25.164, Planta Transitoria y personal comprendido en el régimen de contrataciones de conformidad con el artículo 9° del anexo de la citada Ley, que presten funciones en las dependencias de este MINISTERIO, que como Anexo IF-2018-27116217-APN-DGRRHH#MD forma parte integrante de la presente medida. ARTÍCULO 2°.- Facúltase a la DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA a dictar las normas interpretativas que deriven de la presente Resolución. ARTÍCULO 3°.- Encomiéndase a los Directores Nacionales, Generales o sus equivalentes, la gestión integral del registro de asistencia y presentismo, y del cumplimiento del horario de trabajo en sus respectivas áreas, debiendo remitir en los plazos fijados, dicha información a la DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de este Ministerio. ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y a la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO dependiente de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO para su homologación, y archívese. Oscar Raúl Aguad NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- e. 28/08/2018 N° 62559/18 v. 28/08/2018 [URL]https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/190456/20180828[/URL] [/QUOTE]
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Guerra desarrollada entre Argentina y el Reino Unido en 1982
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