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Argentina: Noticias del Ministerio de Defensa
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<blockquote data-quote="pulqui" data-source="post: 98731" data-attributes="member: 194"><p><strong>Desde el Mindef.</strong></p><p></p><p><strong><p style="text-align: center"><span style="font-size: 15px">GARRÉ EXCEPTUÓ DE REALIZAR GUARDIAS A MUJERES EMBARAZADAS </span></p><p></strong></p><p>La ministra de Defensa, Nilda Garré, instruyó a los jefes de las tres Fuerzas Armadas para que “se revise la reglamentación o criterios vigentes para la asignación de tareas de guardia a fin de exceptuar de las mismas a las mujeres embarazadas y a las que se encuentren en período de lactancia”.</p><p></p><p>La resolución Nro. 113 firmada por la ministra el 9 de febrero además de comunicar a los jefes del Estado Mayor General del Ejército, de la Armada, y de la Fuerza Aérea, que en un plazo de 30 días se deberá revisar la reglamentación correspondiente, también especifica que en el caso de las mujeres que se encuentran en período de lactancia deberán certificar esa condición por un médico. El período de lactancia será de un año y se computará a partir de la fecha de nacimiento del hijo.</p><p></p><p>Entre los considerandos de la resolución se menciona que el Ministerio de Defensa, “con el fin de realizar un seguimiento y evaluación de la inserción de la mujer en la carrera militar a afectos de instrumentar políticas que tiendan a una integración de las mujeres en las Fuerzas Armadas fundada en la equidad, se puso en funcionamiento el Observatorio sobre la Situación de las Mujeres en las FFAA”.</p><p></p><p>Entre los objetivos específicos del Observatorio se encuentra el de “definir las pautas de intervención política hacía la protección y mejoramiento del desempeño y promoción de las mujeres militares”.</p><p></p><p>En ese ámbito se desarrolló una encuesta en forma reservada y anónima a mujeres oficiales y suboficiales de las tres Fuerzas Armadas mediante la cual se relevaron opiniones sobre distintos aspectos profesionales, y se formularon preguntas referidas “al manejo de las demandas que hacen a la maternidad”.</p><p></p><p>En la encuesta, respondida en forma anónima por más de setecientas mujeres de las Fuerzas y procesadas en el mes de noviembre de 2006, al ser consultadas sobre “ posibles cambios reglamentarios que favorecerían una relación más compatible entre su desarrollo personal y su vida familiar” mencionaron como un lugar importante “la necesidad de contemplar la situación de lactancia y maternidad al momento de asignar las guardias”.</p><p></p><p>Por otra parte, las mujeres también respondieron que “los embarazos, la crianza de los hijos y la familia constituyen un factor limitante para el acceso, egreso y permanencia en las Fuerzas Armadas”.</p><p></p><p>Las encuestas fueron acompañadas por un conjunto de entrevistas al personal femenino de las Fuerzas Armadas cuyo resultado destacó la demanda de “una regulación específica del régimen de guardias para los períodos de embarazo y lactancia”.</p><p></p><p>Por último, la resolución 113 también menciona en el orden normativo una serie de artículos de Convenciones y Pactos Internacionales que aluden a la “eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer”. (...); “El derecho a la protección de la salud, incluso la salvaguardia de la función de reproducción”; y a que los “Estados partes deben conceder protección a las madres durante un período de tiempo razonable antes y después del parto”.</p><p></p><p></p><p>Buenos Aires, 14 de febrero de 2007</p><p></p><p></p><p>Saludos y suerte.</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="pulqui, post: 98731, member: 194"] [b]Desde el Mindef.[/b] [B][CENTER][SIZE="4"]GARRÉ EXCEPTUÓ DE REALIZAR GUARDIAS A MUJERES EMBARAZADAS [/SIZE][/CENTER][/B] La ministra de Defensa, Nilda Garré, instruyó a los jefes de las tres Fuerzas Armadas para que “se revise la reglamentación o criterios vigentes para la asignación de tareas de guardia a fin de exceptuar de las mismas a las mujeres embarazadas y a las que se encuentren en período de lactancia”. La resolución Nro. 113 firmada por la ministra el 9 de febrero además de comunicar a los jefes del Estado Mayor General del Ejército, de la Armada, y de la Fuerza Aérea, que en un plazo de 30 días se deberá revisar la reglamentación correspondiente, también especifica que en el caso de las mujeres que se encuentran en período de lactancia deberán certificar esa condición por un médico. El período de lactancia será de un año y se computará a partir de la fecha de nacimiento del hijo. Entre los considerandos de la resolución se menciona que el Ministerio de Defensa, “con el fin de realizar un seguimiento y evaluación de la inserción de la mujer en la carrera militar a afectos de instrumentar políticas que tiendan a una integración de las mujeres en las Fuerzas Armadas fundada en la equidad, se puso en funcionamiento el Observatorio sobre la Situación de las Mujeres en las FFAA”. Entre los objetivos específicos del Observatorio se encuentra el de “definir las pautas de intervención política hacía la protección y mejoramiento del desempeño y promoción de las mujeres militares”. En ese ámbito se desarrolló una encuesta en forma reservada y anónima a mujeres oficiales y suboficiales de las tres Fuerzas Armadas mediante la cual se relevaron opiniones sobre distintos aspectos profesionales, y se formularon preguntas referidas “al manejo de las demandas que hacen a la maternidad”. En la encuesta, respondida en forma anónima por más de setecientas mujeres de las Fuerzas y procesadas en el mes de noviembre de 2006, al ser consultadas sobre “ posibles cambios reglamentarios que favorecerían una relación más compatible entre su desarrollo personal y su vida familiar” mencionaron como un lugar importante “la necesidad de contemplar la situación de lactancia y maternidad al momento de asignar las guardias”. Por otra parte, las mujeres también respondieron que “los embarazos, la crianza de los hijos y la familia constituyen un factor limitante para el acceso, egreso y permanencia en las Fuerzas Armadas”. Las encuestas fueron acompañadas por un conjunto de entrevistas al personal femenino de las Fuerzas Armadas cuyo resultado destacó la demanda de “una regulación específica del régimen de guardias para los períodos de embarazo y lactancia”. Por último, la resolución 113 también menciona en el orden normativo una serie de artículos de Convenciones y Pactos Internacionales que aluden a la “eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer”. (...); “El derecho a la protección de la salud, incluso la salvaguardia de la función de reproducción”; y a que los “Estados partes deben conceder protección a las madres durante un período de tiempo razonable antes y después del parto”. Buenos Aires, 14 de febrero de 2007 Saludos y suerte. [/QUOTE]
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