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<blockquote data-quote="Nocturno Culto" data-source="post: 1392971" data-attributes="member: 6896"><p>Mediante reforma de ley</p><p><span style="font-size: 15px"><strong><strong>Transforman al Ministerio de las Fuerzas Armadas Dominicanas en Ministerio de Defensa</strong></strong></span></p><p></p><p><img src="http://www.x.com/wp-content/uploads/MinisterioDEfensaR.Dominicana.jpg" alt="" class="fr-fic fr-dii fr-draggable " style="" /></p><p>12/07/2013</p><p>(x.com) San Salvador</p><p></p><p><strong>El Senado de República Dominicana transformó por reforma de ley, al Ministerio de las Fuerzas Armadas en Ministerio de Defensa, con la posibilidad de que el titular pueda ser un militar o un civil. </strong>Antes de la reforma, únicamente los militares podían ocupar la cartera castrense.</p><p></p><p>Según información oficial del Senado dominicano, el proyecto de ley modifica la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas, que en lo adelante se denominará “<strong>Ministerio de Defensa de la República Dominicana</strong>” y será dirigido por un ministro. El proyecto que fue acogido a unanimidad por los 23 senadores presentes, pasa a la Cámara de Diputados para su estudio o ponderación.</p><p></p><p>La iniciativa cambia los nombres de la Marina de Guerra por <strong>Armada Dominicana</strong>, el del Ejército por <strong>Ejército de la República Dominicana</strong> y la <strong>Fuerza Aérea de la República Dominicana</strong> que queda sin cambio. La iniciativa reduce el número de generales activos a 40, los cuales estarán funcionando 20 en el Ejército, 10 (almirantes) en la Armada y 10 en la Fuerza Aérea.</p><p></p><p>Establece el proyecto que el jefe será el ministro y crea el puesto de comandante general del Estado Mayor Conjunto, quien será el número dos al mando, cargo que será superior a los viceministros, que representen las tres instituciones. Se índica que el ministro será puesto en retiro obligatorio a los dos años. Sin embargo, el presidente de la República, mediante decreto, podrá confirmar por dos nuevos años al titular.</p><p></p><p>El rango de general solo será vigente durante diez años y desde entonces su retiro es obligatorio, a menos que al cumplirlo se encuentre ocupando una posición de mando. Lo mismo sucederá para los rangos de coroneles o capitanes de navío. A los 25 años de ejercicio, el retiro de un soldado es voluntario pero a los 40 será obligatorio.</p><p></p><p>En cuanto a los ascensos y retiros solo se realizarán la semana conmemorativa al 27 de febrero de cada año, fecha en que el país celebra la Independencia Nacional. Sin embargo para ser ascendido el beneficiado tiene que tener al menos cuatro años en el rango.</p><p></p><p>Durante la discusión del proyecto, el senador <strong>Adriano Sánchez Roa</strong> sometió varias modificaciones, que en su mayoría fueron acogidas por el pleno. Entre estas sometió que se incluyera que el ministro de Defensa fuera un militar, a lo que el senador <strong>Julio César Valentín</strong> expuso y planteó que se dejara tal y como está el proyecto y como lo precisa la Constitución. A la posición de Valentín se unieron los senadores <strong>Charlies Mariotti</strong> y <strong>Félix Nova</strong>.</p><p></p><p>Sin embargo, la senadora <strong>Sonia Mateo</strong> rebatió la posición y adujo que la población no está preparada para que se designe un civil al frente de las Fuerzas Armadas. Por su parte, el senador <strong>Prim Pujals</strong> subrayó que el ministro de Defensa debe ser militar, pero este reunir las condiciones académicamente, profesional y técnicamente que exige la Constitución. <strong>Rafael Calderón</strong> explicó que no solo se debe tener cuidado con el nombramiento del ministro de Defensa, sino de cualquier otro ministro, los cuales deben reunir las cualidades que exigen la Carta Magna y la Ley Orgánica.</p><p></p><p>al/ceh</p><p></p><p><span style="font-size: 10px"><strong>Foto: Ministerio de Defensa de República Dominicana. </strong></span></p></blockquote><p></p>
[QUOTE="Nocturno Culto, post: 1392971, member: 6896"] Mediante reforma de ley [SIZE=4][B][B]Transforman al Ministerio de las Fuerzas Armadas Dominicanas en Ministerio de Defensa[/B][/B][/SIZE] [IMG]http://www.x.com/wp-content/uploads/MinisterioDEfensaR.Dominicana.jpg[/IMG] 12/07/2013 (x.com) San Salvador [B]El Senado de República Dominicana transformó por reforma de ley, al Ministerio de las Fuerzas Armadas en Ministerio de Defensa, con la posibilidad de que el titular pueda ser un militar o un civil. [/B]Antes de la reforma,[B] [/B]únicamente los militares podían ocupar la cartera castrense. Según información oficial del Senado dominicano, el proyecto de ley modifica la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas, que en lo adelante se denominará “[B]Ministerio de Defensa de la República Dominicana[/B]” y será dirigido por un ministro. El proyecto que fue acogido a unanimidad por los 23 senadores presentes, pasa a la Cámara de Diputados para su estudio o ponderación. La iniciativa cambia los nombres de la Marina de Guerra por [B]Armada Dominicana[/B], el del Ejército por [B]Ejército de la República Dominicana[/B] y la [B]Fuerza Aérea de la República Dominicana[/B] que queda sin cambio. La iniciativa reduce el número de generales activos a 40, los cuales estarán funcionando 20 en el Ejército, 10 (almirantes) en la Armada y 10 en la Fuerza Aérea. Establece el proyecto que el jefe será el ministro y crea el puesto de comandante general del Estado Mayor Conjunto, quien será el número dos al mando, cargo que será superior a los viceministros, que representen las tres instituciones. Se índica que el ministro será puesto en retiro obligatorio a los dos años. Sin embargo, el presidente de la República, mediante decreto, podrá confirmar por dos nuevos años al titular. El rango de general solo será vigente durante diez años y desde entonces su retiro es obligatorio, a menos que al cumplirlo se encuentre ocupando una posición de mando. Lo mismo sucederá para los rangos de coroneles o capitanes de navío. A los 25 años de ejercicio, el retiro de un soldado es voluntario pero a los 40 será obligatorio. En cuanto a los ascensos y retiros solo se realizarán la semana conmemorativa al 27 de febrero de cada año, fecha en que el país celebra la Independencia Nacional. Sin embargo para ser ascendido el beneficiado tiene que tener al menos cuatro años en el rango. Durante la discusión del proyecto, el senador [B]Adriano Sánchez Roa[/B] sometió varias modificaciones, que en su mayoría fueron acogidas por el pleno. Entre estas sometió que se incluyera que el ministro de Defensa fuera un militar, a lo que el senador [B]Julio César Valentín[/B] expuso y planteó que se dejara tal y como está el proyecto y como lo precisa la Constitución. A la posición de Valentín se unieron los senadores [B]Charlies Mariotti[/B] y [B]Félix Nova[/B]. Sin embargo, la senadora [B]Sonia Mateo[/B] rebatió la posición y adujo que la población no está preparada para que se designe un civil al frente de las Fuerzas Armadas. Por su parte, el senador [B]Prim Pujals[/B] subrayó que el ministro de Defensa debe ser militar, pero este reunir las condiciones académicamente, profesional y técnicamente que exige la Constitución. [B]Rafael Calderón[/B] explicó que no solo se debe tener cuidado con el nombramiento del ministro de Defensa, sino de cualquier otro ministro, los cuales deben reunir las cualidades que exigen la Carta Magna y la Ley Orgánica. al/ceh [SIZE=2][B]Foto: Ministerio de Defensa de República Dominicana. [/B][/SIZE] [/QUOTE]
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