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<blockquote data-quote="ratovarius" data-source="post: 1847381" data-attributes="member: 11615"><p><strong>Fondo Fiduciario del Cruce Marítimo Sur</strong></p><p><span style="font-size: 18px"><strong>Destinarán hasta $ 1.000 millones para conectar Patagonia y Antártida</strong></span></p><p><img src="http://www.ambito.com/diario/2015/0728/imagenes/not_800982_28_101255.jpg" alt="" class="fr-fic fr-dii fr-draggable " style="" /></p><p><strong>El Gobierno oficializó hoy la creación del "Fondo Fiduciario del Cruce Marítimo Sur", por mil millones de pesos, que tendrá como objetivo el financiamiento de las obras necesarias para conectar las provincias de Santa Cruz y Tierra del Fuego y la Antártida.</strong></p><p></p><p>Así quedó establecido a través de un decreto publicado este martes en el Boletín Oficial, con la firma de la presidente Cristina de Kirchner y de todos los ministros del gabinete.</p><p></p><p>Según esa medida, el fondo fiduciario "se conformará como un fideicomiso de administración y financiero destinado al financiamiento de las obras necesarias para establecer la conexión marítima entre la Provincia de Santa Cruz y la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e islas del Atlántico Sur".</p><p></p><p>El decreto estableció que el órgano responsable de la coordinación de los sistemas de administración financiera del Sector Público Nacional, <strong>"estará habilitado a realizar operaciones de crédito público adicionales a las autorizadas en la ley de presupuesto del año en curso, con el fin de disponer un aporte de capital inicial de hasta mil millones de pesos".</strong></p><p></p><p>Ese aporte se concretará <strong>"mediante la emisión de Letras del Tesoro a 42 meses de plazo"</strong>, de acuerdo con el texto oficial, que a la vez aclaró que el "Fondo Fiduciario del Cruce Marítimo Sur" tendrá una duración de 10 años, renovable, contados desde la integración de los bienes fideicomitidos. </p><p></p><p>Además, el Gobierno dispuso que al vencimiento del plazo establecido para la vigencia de este nuevo Fondo, "todos los bienes fideicomitidos que integren el patrimonio del citado Fondo en ese momento serán transferidos al Estado Nacional, en su carácter de fideicomisario, los cuales deberán destinarse a programas con objetivos similares a los del presente decreto".</p><p></p><p>Asimismo, puntualizó que el fiduciante (quien entrega o transfiere los bienes) "es el Estado Nacional, a través del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, en cuanto transfiere la propiedad fiduciaria de los bienes fideicomitidos al fiduciario con el destino exclusivo e irrevocable al cumplimiento del presente decreto y del contrato de fideicomiso respectivo".</p><p></p><p>"El fiduciario (quien recibe los bienes para que los administre o los enajene) es Nación Fideicomisos S.A., como administrador de los bienes que se transfieren en fideicomiso con el destino exclusivo e irrevocable que se establece en la presente norma, de conformidad con las pautas a establecer en el Contrato de Fideicomiso y las instrucciones dispuestas por el Comité Ejecutivo", añadió.</p><p></p><p>Y resaltó que el Fondo contará con un patrimonio que estará constituido por los bienes fideicomitidos, "que en ningún caso constituyen ni serán considerados como recursos presupuestarios, impositivos o de cualquier otra naturaleza que ponga en riesgo el cumplimiento del fin al que están afectados, ni el modo u oportunidad en que se realicen". </p><p></p><p><strong>Esos bienes son:</strong></p><p></p><p>-- Los recursos provenientes del Tesoro Nacional.</p><p>-- Letras del Tesoro u otros Instrumentos de Deuda Pública.</p><p>-- Los ingresos generados por el financiamiento de otros instrumentos financieros.</p><p>-- El producido de sus operaciones, la renta, frutos e inversión de los bienes fideicomitidos.</p><p>-- Los ingresos obtenidos por emisión de Valores Fiduciarios de Deuda que emita el Fiduciario, con el aval del Tesoro Nacional y en los términos establecidos en el contrato y/o prospecto respectivo.</p><p>-- Los recursos provenientes de financiamiento de los organismos multilaterales de crédito destinados al mismo objeto del fideicomiso.</p><p>-- Otros ingresos, aportes, contribuciones, subsidios, legados o donaciones específicamente destinados al "Fondo Fiduciario del Cruce Marítimo Sur".</p><p></p><p><a href="http://www.ambito.com/noticia.asp?id=800982">http://www.ambito.com/noticia.asp?id=800982</a></p></blockquote><p></p>
[QUOTE="ratovarius, post: 1847381, member: 11615"] [B]Fondo Fiduciario del Cruce Marítimo Sur[/B] [SIZE=5][B]Destinarán hasta $ 1.000 millones para conectar Patagonia y Antártida[/B][/SIZE] [IMG]http://www.ambito.com/diario/2015/0728/imagenes/not_800982_28_101255.jpg[/IMG] [B]El Gobierno oficializó hoy la creación del "Fondo Fiduciario del Cruce Marítimo Sur", por mil millones de pesos, que tendrá como objetivo el financiamiento de las obras necesarias para conectar las provincias de Santa Cruz y Tierra del Fuego y la Antártida.[/B] Así quedó establecido a través de un decreto publicado este martes en el Boletín Oficial, con la firma de la presidente Cristina de Kirchner y de todos los ministros del gabinete. Según esa medida, el fondo fiduciario "se conformará como un fideicomiso de administración y financiero destinado al financiamiento de las obras necesarias para establecer la conexión marítima entre la Provincia de Santa Cruz y la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e islas del Atlántico Sur". El decreto estableció que el órgano responsable de la coordinación de los sistemas de administración financiera del Sector Público Nacional, [B]"estará habilitado a realizar operaciones de crédito público adicionales a las autorizadas en la ley de presupuesto del año en curso, con el fin de disponer un aporte de capital inicial de hasta mil millones de pesos".[/B] Ese aporte se concretará [B]"mediante la emisión de Letras del Tesoro a 42 meses de plazo"[/B], de acuerdo con el texto oficial, que a la vez aclaró que el "Fondo Fiduciario del Cruce Marítimo Sur" tendrá una duración de 10 años, renovable, contados desde la integración de los bienes fideicomitidos. Además, el Gobierno dispuso que al vencimiento del plazo establecido para la vigencia de este nuevo Fondo, "todos los bienes fideicomitidos que integren el patrimonio del citado Fondo en ese momento serán transferidos al Estado Nacional, en su carácter de fideicomisario, los cuales deberán destinarse a programas con objetivos similares a los del presente decreto". Asimismo, puntualizó que el fiduciante (quien entrega o transfiere los bienes) "es el Estado Nacional, a través del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, en cuanto transfiere la propiedad fiduciaria de los bienes fideicomitidos al fiduciario con el destino exclusivo e irrevocable al cumplimiento del presente decreto y del contrato de fideicomiso respectivo". "El fiduciario (quien recibe los bienes para que los administre o los enajene) es Nación Fideicomisos S.A., como administrador de los bienes que se transfieren en fideicomiso con el destino exclusivo e irrevocable que se establece en la presente norma, de conformidad con las pautas a establecer en el Contrato de Fideicomiso y las instrucciones dispuestas por el Comité Ejecutivo", añadió. Y resaltó que el Fondo contará con un patrimonio que estará constituido por los bienes fideicomitidos, "que en ningún caso constituyen ni serán considerados como recursos presupuestarios, impositivos o de cualquier otra naturaleza que ponga en riesgo el cumplimiento del fin al que están afectados, ni el modo u oportunidad en que se realicen". [B]Esos bienes son:[/B] -- Los recursos provenientes del Tesoro Nacional. -- Letras del Tesoro u otros Instrumentos de Deuda Pública. -- Los ingresos generados por el financiamiento de otros instrumentos financieros. -- El producido de sus operaciones, la renta, frutos e inversión de los bienes fideicomitidos. -- Los ingresos obtenidos por emisión de Valores Fiduciarios de Deuda que emita el Fiduciario, con el aval del Tesoro Nacional y en los términos establecidos en el contrato y/o prospecto respectivo. -- Los recursos provenientes de financiamiento de los organismos multilaterales de crédito destinados al mismo objeto del fideicomiso. -- Otros ingresos, aportes, contribuciones, subsidios, legados o donaciones específicamente destinados al "Fondo Fiduciario del Cruce Marítimo Sur". [URL]http://www.ambito.com/noticia.asp?id=800982[/URL] [/QUOTE]
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Guerra desarrollada entre Argentina y el Reino Unido en 1982
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