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<blockquote data-quote="HernanSCL" data-source="post: 2963267" data-attributes="member: 31027"><p>Como hablamos en otro tema</p><p></p><p>Un país hace una presentación en 2009 y 2016 basado en la argumentos científicos de extensión de plataforma continental pero que incluyen península antártica y un semicirculo al SE del punto F del Tratado de 1984.</p><p></p><p>El otro hace una protesta y una reserva al mismo mapa de 2016 en la instancia donde fue presentada.</p><p></p><p>Este segundo país le dice al presidente del primero que se reserva el derecho a fijar su posición mediante una carta el 2020.</p><p></p><p>El segundo país fija su posición en 2021 basado en la plataforma política de la Convención del Mar para las 200 millas -criterio de las 200 mn alrededor de una isla, Diego Ramirez-.</p><p></p><p>Una vez que ambos plantean sus posiciones máximas:</p><p></p><p>1) Debaten bilateralmente los solapamientos, si hay acuerdo bien.</p><p>2) Si no hay acuerdo, a la Corte Internacional de Justicia de La Haya. Ambos países firmamos el Pacto de Bogotá que reconoce a la Corte.</p><p></p><p><strong>Veredicto clásico de la Corte</strong>: Equidistante desde el punto F del Tratado de 1984 para que nadie quede sin acceso a la península Antártica y pueda proyectar sus 350 millas sin toparse con el otro. La Corte se declara incompetente para los reclamos de ambos países al sur del paralelo 60º latitud sur pues ambos son parte del Tratado Antártico donde se especifican congeladas las reclamaciones territoriales.</p><p></p><p>Fin del asunto.</p><p></p><p>Saludos</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="HernanSCL, post: 2963267, member: 31027"] Como hablamos en otro tema Un país hace una presentación en 2009 y 2016 basado en la argumentos científicos de extensión de plataforma continental pero que incluyen península antártica y un semicirculo al SE del punto F del Tratado de 1984. El otro hace una protesta y una reserva al mismo mapa de 2016 en la instancia donde fue presentada. Este segundo país le dice al presidente del primero que se reserva el derecho a fijar su posición mediante una carta el 2020. El segundo país fija su posición en 2021 basado en la plataforma política de la Convención del Mar para las 200 millas -criterio de las 200 mn alrededor de una isla, Diego Ramirez-. Una vez que ambos plantean sus posiciones máximas: 1) Debaten bilateralmente los solapamientos, si hay acuerdo bien. 2) Si no hay acuerdo, a la Corte Internacional de Justicia de La Haya. Ambos países firmamos el Pacto de Bogotá que reconoce a la Corte. [B]Veredicto clásico de la Corte[/B]: Equidistante desde el punto F del Tratado de 1984 para que nadie quede sin acceso a la península Antártica y pueda proyectar sus 350 millas sin toparse con el otro. La Corte se declara incompetente para los reclamos de ambos países al sur del paralelo 60º latitud sur pues ambos son parte del Tratado Antártico donde se especifican congeladas las reclamaciones territoriales. Fin del asunto. Saludos [/QUOTE]
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Verificación
Guerra desarrollada entre Argentina y el Reino Unido en 1982
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