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<blockquote data-quote="nico22" data-source="post: 3415254" data-attributes="member: 165"><p><h3>MINISTERIO DE DEFENSA</h3><h3>Decisión Administrativa 911/2023</h3><h4>DECAD-2023-911-APN-JGM - Contratación Directa Interadministrativa N° 340/1-0038-CDI23.</h4><p></p><p>Ciudad de Buenos Aires, 27/11/2023</p><p>VISTO el Expediente N° EX-2023-101243899-APN-DGAD#MD, los Decretos Nros. 1023 del 13 de agosto de 2001, 1030 del 15 de septiembre de 2016, ambos con sus respectivas normas modificatorias y complementarias y 1189 del 17 de julio de 2012, y</p><p>CONSIDERANDO:</p><p>Que por el Expediente citado en el Visto tramita la Contratación Directa Interadministrativa N° 340/1-0038-CDI23 para la<strong> “ADQUISICIÓN DE COMBUSTIBLE JET A-1 (A GRANEL Y EN TAMBORES) – SOSTÉN LOGÍSTICO ANTÁRTICO” con la empresa YPF S.A. en atención al requerimiento efectuado por el COMANDO CONJUNTO ANTÁRTICO del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS.</strong></p><p>Que por el Decreto N° 1189/12 se estipuló que la provisión de combustible y lubricantes para la flota de automotores, embarcaciones y aeronaves pertenecientes a las Jurisdicciones y Entidades del Sector Público Nacional deberá ser contratada con YPF S.A.</p><p>Que, por lo expuesto, el referido procedimiento se encuadró en la modalidad de la Contratación Directa Interadministrativa prevista en el inciso d) apartado 8 del artículo 25 del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto N° 1023/01 y los artículos 14 y 22 del Reglamento de dicho Régimen, aprobado por el Decreto N° 1030/16.</p><p>Que la empresa YPF S.A. ha prestado conformidad a los términos del Convenio Interadministrativo que se propicia aprobar, lo que fuera ratificado con la presentación de su oferta, implicando ello el pleno conocimiento y aceptación de las normas y cláusulas que rigen la referida Contratación Directa Interadministrativa.</p><p>Que la Comisión de Recepción de Bienes y Servicios quedará conformada por los miembros titulares y suplentes que se detallan a continuación, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 84 del Decreto N° 1030/16; para el COMANDO CONJUNTO ANTÁRTICO - Titulares: CC Bernardo INSFRAN ROBLES (D.N.I. N° 22.448.634), SM Héctor PIÑEIRO (D.N.I. N° 22.591.799) y SA Adolfo David ACOSTA (D.N.I. N° 29.924.473); Suplentes: SP Sergio Omar FUNES (D.N.I. N° 26.122.182), SP Pablo Horacio QUAGLIAROTTI (D.N.I. N° 23.992.400) y SA Juan Carlos FUENTES AZURDUY (D.N.I. N° 25.220.559).</p><p>Que el ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS certificó la disponibilidad de crédito y cuota presupuestaria.</p><p>Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE DEFENSA ha tomado la intervención de su competencia.</p><p>Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, por el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto N° 1344/07 y sus modificatorios, y por el artículo 9° y su Anexo del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto N° 1030/16, sus normas modificatorias y complementarias.</p><p></p><h3>MINISTERIO DE DEFENSA</h3><h3>Decisión Administrativa 913/2023</h3><h4>DECAD-2023-913-APN-JGM - Contratación Directa Interadministrativa N° 340/1-0043-CDI23.</h4><p></p><p>Ciudad de Buenos Aires, 27/11/2023</p><p>VISTO el Expediente N° EX-2023-108958243- -APN-DGAD#MD, los Decretos Nros. 1023 del 13 de agosto de 2001, 1030 del 15 de septiembre de 2016, ambos con sus respectivas normas modificatorias y complementarias y 1189 del 17 de julio de 2012, y</p><p>CONSIDERANDO:</p><p>Que por el Expediente citado en el Visto tramita la Contratación Directa Interadministrativa N° 340/1-0043-CDI23 para la <strong>“ADQUISICIÓN DE GAS OIL NAVAL–SOSTÉN LOGÍSTICO ANTÁRTICO” con la empresa YPF S.A. en atención al requerimiento efectuado por el COMANDO CONJUNTO ANTÁRTICO del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS.</strong></p><p>Que por el Decreto N° 1189/12 se estipuló que la provisión de combustible y lubricantes para la flota de automotores, embarcaciones y aeronaves pertenecientes a las Jurisdicciones y Entidades del Sector Público Nacional deberá ser contratada con YPF S.A.</p><p>Que, por lo expuesto, el referido procedimiento se encuadró en la modalidad de la Contratación Directa Interadministrativa prevista en el inciso d) apartado 8 del artículo 25 del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto N° 1023/01 y los artículos 14 y 22 del Reglamento de dicho Régimen, aprobado por el Decreto N° 1030/16.</p><p>Que la empresa YPF S.A. ha prestado conformidad a los términos del Convenio Interadministrativo que se propicia aprobar, lo que fuera ratificado con la presentación de su oferta, implicando ello el pleno conocimiento y aceptación de las normas y cláusulas que rigen la referida Contratación Directa Interadministrativa.</p><p>Que la Comisión de Recepción de Bienes y Servicios quedará conformada por los miembros titulares y suplentes que se detallan a continuación, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 84 del Decreto N° 1030/16; para el COMANDO CONJUNTO ANTÁRTICO - Titulares: CC Bernardo INSFRAN ROBLES (D.N.I. 22.448.634), SM Héctor PIÑEIRO (D.N.I. 22.591.799) y SA Adolfo David ACOSTA (D.N.I. 29.924.473); -Suplentes: SP Sergio Omar FUNES (D.N.I. 26.122.182), SP Pablo Horacio QUAGLIAROTTI (D.N.I. 23.992.400) y SA Juan Carlos FUENTES AZURDUY (D.N.I. 25.220.559).</p><p>Que previo a la emisión del documento contractual se verificará la disponibilidad de crédito y cuota presupuestaria según lo estipulado en el artículo 75 del Anexo al Decreto N° 1030/16.</p><p>Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE DEFENSA ha tomado la intervención de su competencia.</p><p>Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, por el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto N° 1344/07 y sus modificatorios, y por el artículo 9° y su Anexo del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto N° 1030/16, sus normas modificatorias y complementarias.</p><p></p><h3>MINISTERIO DE DEFENSA</h3><h3>Decisión Administrativa 912/2023</h3><h4>DECAD-2023-912-APN-JGM - Contratación Directa Interadministrativa N° 340/1-0046-CDI23.</h4><p></p><p>Ciudad de Buenos Aires, 27/11/2023</p><p>VISTO el Expediente N° EX-2023-127537085-APN-DGAD#MD, los Decretos Nros. 1023 del 13 de agosto de 2001, 1030 del 15 de septiembre de 2016, ambos con sus respectivas normas modificatorias y complementarias y 1189 del 17 de julio de 2012, y</p><p>CONSIDERANDO:</p><p>Que por el Expediente citado en el Visto tramita la Contratación Directa Interadministrativa N° 340/1-0046- CDI23 para la<strong> “ADQUISICIÓN DE GAS OIL ANTÁRTICO–SOSTÉN LOGÍSTICO ANTÁRTICO” con la empresa YPF S.A. en atención al requerimiento efectuado por el COMANDO CONJUNTO ANTÁRTICO del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS.</strong></p><p>Que por el Decreto N° 1189/12 se estipuló que la provisión de combustible y lubricantes para la flota de automotores, embarcaciones y aeronaves pertenecientes a las Jurisdicciones y Entidades del Sector Público Nacional deberá ser contratada con YPF S.A.</p><p>Que, por lo expuesto, el referido procedimiento se encuadró en la modalidad de la Contratación Directa Interadministrativa prevista en el inciso d) apartado 8 del artículo 25 del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto N° 1023/01 y los artículos 14 y 22 del Reglamento de dicho Régimen, aprobado por el Decreto N° 1030/16.</p><p>Que la empresa YPF S.S. ha prestado conformidad a los términos del Convenio Interadministrativo que se propicia aprobar, lo que fuera ratificado con la presentación de su oferta, implicando ello el pleno conocimiento y aceptación de las normas y cláusulas que rigen la referida Contratación Directa Interadministrativa.</p><p>Que la Comisión de Recepción de Bienes y Servicios quedará conformada por los miembros titulares y suplentes que se detallan a continuación, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 84 del Decreto N° 1030/16; para el COMANDO CONJUNTO ANTÁRTICO - Titulares: CC Bernardo INSFRAN ROBLES (D.N.I. N° 22.448.634), SM Héctor PIÑEIRO (D.N.I. N° 22.591.799) y SA Adolfo David ACOSTA (D.N.I. N° 29.924.473); Suplentes: SP Sergio Omar FUNES (D.N.I. N° 26.122.182), SP Pablo Horacio QUAGLIAROTTI (D.N.I. N° 23.992.400) y SA Juan Carlos FUENTES AZURDUY (D.N.I. N° 25.220.559).</p><p>Que previo a la emisión del documento contractual se verificará la disponibilidad de crédito y cuota presupuestaria según lo estipulado en el artículo 75 del Anexo al Decreto N° 1030/16.</p><p>Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE DEFENSA ha tomado la intervención de su competencia.</p><p>Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, por el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto N° 1344/07 y sus modificatorios, y por el artículo 9° y su Anexo del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto N° 1030/16, sus normas modificatorias y complementarias.</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="nico22, post: 3415254, member: 165"] [HEADING=2]MINISTERIO DE DEFENSA[/HEADING] [HEADING=2]Decisión Administrativa 911/2023[/HEADING] [HEADING=3]DECAD-2023-911-APN-JGM - Contratación Directa Interadministrativa N° 340/1-0038-CDI23.[/HEADING] Ciudad de Buenos Aires, 27/11/2023 VISTO el Expediente N° EX-2023-101243899-APN-DGAD#MD, los Decretos Nros. 1023 del 13 de agosto de 2001, 1030 del 15 de septiembre de 2016, ambos con sus respectivas normas modificatorias y complementarias y 1189 del 17 de julio de 2012, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto tramita la Contratación Directa Interadministrativa N° 340/1-0038-CDI23 para la[B] “ADQUISICIÓN DE COMBUSTIBLE JET A-1 (A GRANEL Y EN TAMBORES) – SOSTÉN LOGÍSTICO ANTÁRTICO” con la empresa YPF S.A. en atención al requerimiento efectuado por el COMANDO CONJUNTO ANTÁRTICO del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS.[/B] Que por el Decreto N° 1189/12 se estipuló que la provisión de combustible y lubricantes para la flota de automotores, embarcaciones y aeronaves pertenecientes a las Jurisdicciones y Entidades del Sector Público Nacional deberá ser contratada con YPF S.A. Que, por lo expuesto, el referido procedimiento se encuadró en la modalidad de la Contratación Directa Interadministrativa prevista en el inciso d) apartado 8 del artículo 25 del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto N° 1023/01 y los artículos 14 y 22 del Reglamento de dicho Régimen, aprobado por el Decreto N° 1030/16. Que la empresa YPF S.A. ha prestado conformidad a los términos del Convenio Interadministrativo que se propicia aprobar, lo que fuera ratificado con la presentación de su oferta, implicando ello el pleno conocimiento y aceptación de las normas y cláusulas que rigen la referida Contratación Directa Interadministrativa. Que la Comisión de Recepción de Bienes y Servicios quedará conformada por los miembros titulares y suplentes que se detallan a continuación, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 84 del Decreto N° 1030/16; para el COMANDO CONJUNTO ANTÁRTICO - Titulares: CC Bernardo INSFRAN ROBLES (D.N.I. N° 22.448.634), SM Héctor PIÑEIRO (D.N.I. N° 22.591.799) y SA Adolfo David ACOSTA (D.N.I. N° 29.924.473); Suplentes: SP Sergio Omar FUNES (D.N.I. N° 26.122.182), SP Pablo Horacio QUAGLIAROTTI (D.N.I. N° 23.992.400) y SA Juan Carlos FUENTES AZURDUY (D.N.I. N° 25.220.559). Que el ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS certificó la disponibilidad de crédito y cuota presupuestaria. Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE DEFENSA ha tomado la intervención de su competencia. Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, por el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto N° 1344/07 y sus modificatorios, y por el artículo 9° y su Anexo del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto N° 1030/16, sus normas modificatorias y complementarias. [HEADING=2]MINISTERIO DE DEFENSA[/HEADING] [HEADING=2]Decisión Administrativa 913/2023[/HEADING] [HEADING=3]DECAD-2023-913-APN-JGM - Contratación Directa Interadministrativa N° 340/1-0043-CDI23.[/HEADING] Ciudad de Buenos Aires, 27/11/2023 VISTO el Expediente N° EX-2023-108958243- -APN-DGAD#MD, los Decretos Nros. 1023 del 13 de agosto de 2001, 1030 del 15 de septiembre de 2016, ambos con sus respectivas normas modificatorias y complementarias y 1189 del 17 de julio de 2012, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto tramita la Contratación Directa Interadministrativa N° 340/1-0043-CDI23 para la [B]“ADQUISICIÓN DE GAS OIL NAVAL–SOSTÉN LOGÍSTICO ANTÁRTICO” con la empresa YPF S.A. en atención al requerimiento efectuado por el COMANDO CONJUNTO ANTÁRTICO del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS.[/B] Que por el Decreto N° 1189/12 se estipuló que la provisión de combustible y lubricantes para la flota de automotores, embarcaciones y aeronaves pertenecientes a las Jurisdicciones y Entidades del Sector Público Nacional deberá ser contratada con YPF S.A. Que, por lo expuesto, el referido procedimiento se encuadró en la modalidad de la Contratación Directa Interadministrativa prevista en el inciso d) apartado 8 del artículo 25 del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto N° 1023/01 y los artículos 14 y 22 del Reglamento de dicho Régimen, aprobado por el Decreto N° 1030/16. Que la empresa YPF S.A. ha prestado conformidad a los términos del Convenio Interadministrativo que se propicia aprobar, lo que fuera ratificado con la presentación de su oferta, implicando ello el pleno conocimiento y aceptación de las normas y cláusulas que rigen la referida Contratación Directa Interadministrativa. Que la Comisión de Recepción de Bienes y Servicios quedará conformada por los miembros titulares y suplentes que se detallan a continuación, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 84 del Decreto N° 1030/16; para el COMANDO CONJUNTO ANTÁRTICO - Titulares: CC Bernardo INSFRAN ROBLES (D.N.I. 22.448.634), SM Héctor PIÑEIRO (D.N.I. 22.591.799) y SA Adolfo David ACOSTA (D.N.I. 29.924.473); -Suplentes: SP Sergio Omar FUNES (D.N.I. 26.122.182), SP Pablo Horacio QUAGLIAROTTI (D.N.I. 23.992.400) y SA Juan Carlos FUENTES AZURDUY (D.N.I. 25.220.559). Que previo a la emisión del documento contractual se verificará la disponibilidad de crédito y cuota presupuestaria según lo estipulado en el artículo 75 del Anexo al Decreto N° 1030/16. Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE DEFENSA ha tomado la intervención de su competencia. Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, por el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto N° 1344/07 y sus modificatorios, y por el artículo 9° y su Anexo del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto N° 1030/16, sus normas modificatorias y complementarias. [HEADING=2]MINISTERIO DE DEFENSA[/HEADING] [HEADING=2]Decisión Administrativa 912/2023[/HEADING] [HEADING=3]DECAD-2023-912-APN-JGM - Contratación Directa Interadministrativa N° 340/1-0046-CDI23.[/HEADING] Ciudad de Buenos Aires, 27/11/2023 VISTO el Expediente N° EX-2023-127537085-APN-DGAD#MD, los Decretos Nros. 1023 del 13 de agosto de 2001, 1030 del 15 de septiembre de 2016, ambos con sus respectivas normas modificatorias y complementarias y 1189 del 17 de julio de 2012, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto tramita la Contratación Directa Interadministrativa N° 340/1-0046- CDI23 para la[B] “ADQUISICIÓN DE GAS OIL ANTÁRTICO–SOSTÉN LOGÍSTICO ANTÁRTICO” con la empresa YPF S.A. en atención al requerimiento efectuado por el COMANDO CONJUNTO ANTÁRTICO del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS.[/B] Que por el Decreto N° 1189/12 se estipuló que la provisión de combustible y lubricantes para la flota de automotores, embarcaciones y aeronaves pertenecientes a las Jurisdicciones y Entidades del Sector Público Nacional deberá ser contratada con YPF S.A. Que, por lo expuesto, el referido procedimiento se encuadró en la modalidad de la Contratación Directa Interadministrativa prevista en el inciso d) apartado 8 del artículo 25 del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto N° 1023/01 y los artículos 14 y 22 del Reglamento de dicho Régimen, aprobado por el Decreto N° 1030/16. Que la empresa YPF S.S. ha prestado conformidad a los términos del Convenio Interadministrativo que se propicia aprobar, lo que fuera ratificado con la presentación de su oferta, implicando ello el pleno conocimiento y aceptación de las normas y cláusulas que rigen la referida Contratación Directa Interadministrativa. Que la Comisión de Recepción de Bienes y Servicios quedará conformada por los miembros titulares y suplentes que se detallan a continuación, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 84 del Decreto N° 1030/16; para el COMANDO CONJUNTO ANTÁRTICO - Titulares: CC Bernardo INSFRAN ROBLES (D.N.I. N° 22.448.634), SM Héctor PIÑEIRO (D.N.I. N° 22.591.799) y SA Adolfo David ACOSTA (D.N.I. N° 29.924.473); Suplentes: SP Sergio Omar FUNES (D.N.I. N° 26.122.182), SP Pablo Horacio QUAGLIAROTTI (D.N.I. N° 23.992.400) y SA Juan Carlos FUENTES AZURDUY (D.N.I. N° 25.220.559). Que previo a la emisión del documento contractual se verificará la disponibilidad de crédito y cuota presupuestaria según lo estipulado en el artículo 75 del Anexo al Decreto N° 1030/16. Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE DEFENSA ha tomado la intervención de su competencia. Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, por el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto N° 1344/07 y sus modificatorios, y por el artículo 9° y su Anexo del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto N° 1030/16, sus normas modificatorias y complementarias. [/QUOTE]
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