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<blockquote data-quote="licastro" data-source="post: 2338116" data-attributes="member: 436"><p>Ojo, una cosa es delito excarcelable y otro delito que al no exceder la pena máxima de los tres años el imputado puede pedir el beneficio de la suspensión del juicio a prueba (probation)</p><p></p><p>Cuando decís excarcelable, ese concepto aplica en los casos en donde el imputado tiene el beneficio de cursar el juicio en libertad porque se supone que no habrá fuga ni entorpecimiento de la investigación (¿sería este el caso? ¿No pueden ocultar pruebas o destruirlas? Mmmm... El juez puede perfectamente denegar la excarcelación)</p><p>Hay que ver como se tipifica la conducta. Por homicidio culposo (art. 84 CP) tienen de 2-5 años .Si hay asociación ilícita la pena es de 3 - 10, para el jefe un mínimo de 5 años, así que quedan adentro.</p><p></p><p>Además, es "excarcelable" y tiene el beneficio de la suspensión de juicio a prueba el homicidio culposo, ahora, 1 homicidio, no 44 homicidios... No hay juez que firme eso. </p><p></p><p>A esto se le suma a que si están en actividad, pierden el derecho a la jubilación. No por nada renuncio rápido el Jefe de MDP... seguro metió en anses los papeles de la jubilación el 16/11...</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="licastro, post: 2338116, member: 436"] Ojo, una cosa es delito excarcelable y otro delito que al no exceder la pena máxima de los tres años el imputado puede pedir el beneficio de la suspensión del juicio a prueba (probation) Cuando decís excarcelable, ese concepto aplica en los casos en donde el imputado tiene el beneficio de cursar el juicio en libertad porque se supone que no habrá fuga ni entorpecimiento de la investigación (¿sería este el caso? ¿No pueden ocultar pruebas o destruirlas? Mmmm... El juez puede perfectamente denegar la excarcelación) Hay que ver como se tipifica la conducta. Por homicidio culposo (art. 84 CP) tienen de 2-5 años .Si hay asociación ilícita la pena es de 3 - 10, para el jefe un mínimo de 5 años, así que quedan adentro. Además, es "excarcelable" y tiene el beneficio de la suspensión de juicio a prueba el homicidio culposo, ahora, 1 homicidio, no 44 homicidios... No hay juez que firme eso. A esto se le suma a que si están en actividad, pierden el derecho a la jubilación. No por nada renuncio rápido el Jefe de MDP... seguro metió en anses los papeles de la jubilación el 16/11... [/QUOTE]
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