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Brasil, estrategia defensiva.
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<blockquote data-quote="Rolando Lero" data-source="post: 1436944" data-attributes="member: 15908"><p>Una muy buena notícia para la indústria brasileña de defensa<img src="/foros/styles/default/xenforo/smilies/wink.png" class="smilie" loading="lazy" alt=";)" title="Wink ;)" data-shortname=";)" /></p><p></p><p><strong><span style="font-size: 22px">Decreto reglamenta beneficios fiscales para la industria de defensa</span></strong></p><p></p><p></p><p></p><p>Decreto presidencial publicado este jueves, en el Diario Oficial de la Unión, reglamenta el <strong>Régimen Especial Tributario para la Industria de Defensa (Retid)</strong>. Creado por la <strong>Ley 12.598/2012</strong>, que establece mecanismos de fomento a la Base Industrial de Defensa (BID), el régimen diferenciado visa promover la isonomia tributaria de la cadena productiva de la industria de ese sector.</p><p></p><p><strong>Por las reglas contenidas en el Decreto 8.122/2013, firmado por la presidenta Dilma Rousseff y por los ministros de la Defensa, Celso Amorim, y de la Hacienda, Guido Mantega, el Retid va a beneficiar, con exención de tributos en las compras o importación de insumos, la Empresa Estratégica de Defensa (EED) que produzca o desarrolle bienes de defensa nacional; empresas de piezas, herramientas, componentes y sistemas empleados en el desarrollo de los bienes de defensa y también establecimientos comerciales que presten servicios en esta área.</strong></p><p></p><p>El decreto estipula el perfil de las empresas que podrán ser credenciadas en el Régimen Especial, como aquellas que suministran equipamientos para el Ministerio de la Defensa (MD) y para las Fuerzas Armadas.</p><p></p><p>Firmas que están en el inicio de actividad y que no se encuadren como proveedoras en potencia a causa de la receta o faturamento también podrán habilitarse en el programa, desde que asuman el compromiso de alcanzar porcentuales mínimos establecidos en el Decreto.</p><p></p><p><strong>Beneficios</strong></p><p></p><p>Entre los beneficios previstos está la suspensión de contribución para el Programa de Integración Social y de Formación del Patrimonio del Funcionario (PIS/Pasep) y de Contribución para la Financiación de la Seguridade Social (Cofins), en el caso de venta para el mercado interno.</p><p></p><p>En el caso de importación efectuada por empresa beneficiaria por el Retid, también habrá suspensión de la exigencia de contribución para Pis/Pasep-Importación y Confins-Importación. Empresas del sector de defensa que se encuadren en el régimen aún quedarán exentas del Impuesto sobre Productos Industrializados (IPI).</p><p></p><p><strong>Condiciones</strong></p><p></p><p>El MD y la Receta Federal de Brasil (RFB) quedarán responsables por credenciar las empresas que se encuadren en el Régimen Especial y acompañar la regularidad fiscal en relación a los impuestos y contribuciones, respectivamente.</p><p></p><p>La habilitación en la RFB podrá ser cancelada se constatado que la persona jurídica no cumplió la regularidad fiscal o tuvo el credenciamento cancelado en el Ministerio de la Defensa.</p><p></p><p><a href="http://pesquisa.in.gov.br/imprensa/jsp/visualiza/index.jsp?data=17/10/2013&jornal=1&pagina=3&totalArquivos=84">http://pesquisa.in.gov.br/imprensa/jsp/visualiza/index.jsp?data=17/10/2013&jornal=1&pagina=3&totalArquivos=84</a></p><p></p><p>FUENTE: Ministerio de la Defensa</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="Rolando Lero, post: 1436944, member: 15908"] Una muy buena notícia para la indústria brasileña de defensa;) [B][SIZE=6]Decreto reglamenta beneficios fiscales para la industria de defensa[/SIZE][/B] Decreto presidencial publicado este jueves, en el Diario Oficial de la Unión, reglamenta el [B]Régimen Especial Tributario para la Industria de Defensa (Retid)[/B]. Creado por la [B]Ley 12.598/2012[/B], que establece mecanismos de fomento a la Base Industrial de Defensa (BID), el régimen diferenciado visa promover la isonomia tributaria de la cadena productiva de la industria de ese sector. [B]Por las reglas contenidas en el Decreto 8.122/2013, firmado por la presidenta Dilma Rousseff y por los ministros de la Defensa, Celso Amorim, y de la Hacienda, Guido Mantega, el Retid va a beneficiar, con exención de tributos en las compras o importación de insumos, la Empresa Estratégica de Defensa (EED) que produzca o desarrolle bienes de defensa nacional; empresas de piezas, herramientas, componentes y sistemas empleados en el desarrollo de los bienes de defensa y también establecimientos comerciales que presten servicios en esta área.[/B] El decreto estipula el perfil de las empresas que podrán ser credenciadas en el Régimen Especial, como aquellas que suministran equipamientos para el Ministerio de la Defensa (MD) y para las Fuerzas Armadas. Firmas que están en el inicio de actividad y que no se encuadren como proveedoras en potencia a causa de la receta o faturamento también podrán habilitarse en el programa, desde que asuman el compromiso de alcanzar porcentuales mínimos establecidos en el Decreto. [B]Beneficios[/B] Entre los beneficios previstos está la suspensión de contribución para el Programa de Integración Social y de Formación del Patrimonio del Funcionario (PIS/Pasep) y de Contribución para la Financiación de la Seguridade Social (Cofins), en el caso de venta para el mercado interno. En el caso de importación efectuada por empresa beneficiaria por el Retid, también habrá suspensión de la exigencia de contribución para Pis/Pasep-Importación y Confins-Importación. Empresas del sector de defensa que se encuadren en el régimen aún quedarán exentas del Impuesto sobre Productos Industrializados (IPI). [B]Condiciones[/B] El MD y la Receta Federal de Brasil (RFB) quedarán responsables por credenciar las empresas que se encuadren en el Régimen Especial y acompañar la regularidad fiscal en relación a los impuestos y contribuciones, respectivamente. La habilitación en la RFB podrá ser cancelada se constatado que la persona jurídica no cumplió la regularidad fiscal o tuvo el credenciamento cancelado en el Ministerio de la Defensa. [url]http://pesquisa.in.gov.br/imprensa/jsp/visualiza/index.jsp?data=17/10/2013&jornal=1&pagina=3&totalArquivos=84[/url] FUENTE: Ministerio de la Defensa [/QUOTE]
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