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<blockquote data-quote="DASBOOT" data-source="post: 729176" data-attributes="member: 7473"><p>El personal militar puede y DEBE hacer uso del arma de fuego dentro de jurisdicción militar siguiendo siempre las reglas de empeñamiento. La derogación del viejo codigo de justicia militar no tiene nada que ver con este asunto. solo se reglamento y se le dio un marco legal al nuevo codigo disciplinario de las fuerzas armadas. </p><p>Para que comparen y se formen una opinión, incluso el personal militar como dije antes puede y debe hacer uso del arma de fuego, en ocasión de encontrarse cumpliendo sus funciones fuera del ambito militar. Ej? un buque de la armada amarrado en puerto extanjero...esta bien, a bordo es jurisdicción...si estan atacando la unidad desde el muelle que hacemos??? sepan que puede usar su arma... otro ejemplo: custodias de urnas en elecciones nacionales.</p><p></p><p>saludos a todos</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="DASBOOT, post: 729176, member: 7473"] El personal militar puede y DEBE hacer uso del arma de fuego dentro de jurisdicción militar siguiendo siempre las reglas de empeñamiento. La derogación del viejo codigo de justicia militar no tiene nada que ver con este asunto. solo se reglamento y se le dio un marco legal al nuevo codigo disciplinario de las fuerzas armadas. Para que comparen y se formen una opinión, incluso el personal militar como dije antes puede y debe hacer uso del arma de fuego, en ocasión de encontrarse cumpliendo sus funciones fuera del ambito militar. Ej? un buque de la armada amarrado en puerto extanjero...esta bien, a bordo es jurisdicción...si estan atacando la unidad desde el muelle que hacemos??? sepan que puede usar su arma... otro ejemplo: custodias de urnas en elecciones nacionales. saludos a todos [/QUOTE]
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