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Area Militar General
Malvinas 1982
Declaran lugar historico el cementerio de Darwin
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<blockquote data-quote="Hymenoptero" data-source="post: 763467" data-attributes="member: 117"><p>Perodon si ya esta en algun lado... </p><p></p><p>Salio ho en el BORA</p><p></p><p>LUGARES HISTORICOS</p><p>Ley 26.498</p><p>Declárase lugar histórico nacional al cementerio</p><p>de guerra de los caídos en Malvinas</p><p>e Islas del Atlántico Sur emplazado en</p><p>el cementerio de Darwin, Isla Soledad.</p><p>Sancionada: Mayo 13 de 2009.</p><p>Promulgada de Hecho: Junio 4 de 2009.</p><p></p><p>El Senado y Cámara de Diputados</p><p>de la Nación Argentina reunidos en Congreso,</p><p>etc. sancionan con fuerza de</p><p>Ley:</p><p>ARTICULO 1º — Declárase lugar histórico nacional</p><p>al cementerio de guerra de los caídos en</p><p>Malvinas e Islas del Atlántico Sur, emplazado en</p><p>el cementerio de Darwin, Isla Soledad.</p><p>ARTICULO 2º — La Comisión Nacional de</p><p>Museos y de Monumentos y Lugares Históricos,</p><p>dependiente de la Secretaría de Cultura de la</p><p>Nación, instrumentará todo lo atinente al cumplimiento</p><p>de la presente ley y convendrá con la</p><p>Comisión de Familiares de Caídos en Malvinas</p><p>e Islas del Atlántico Sur, las medidas pertinentes</p><p>a efectos de asegurar la custodia, conservación,</p><p>refacción y restauración del lugar histórico nacional</p><p>que se declara por esta ley.</p><p>ARTICULO 3º — La Comisión Nacional de</p><p>Museos y de Monumentos y Lugares Históricos</p><p>inscribirá en el Registro Nacional de Bienes Históricos</p><p>el lugar declarado por el artículo 1º de</p><p>la presente ley con la referencia lugar histórico</p><p>nacional.</p><p>ARTICULO 4º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.</p><p>DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL</p><p>CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES,</p><p>A LOS TRECE DIAS DEL MES DE MAYO DEL</p><p>AÑO DOS MIL NUEVE.</p><p>— REGISTRADA BAJO EL Nº 26.498 —</p><p>JULIO C. C. COBOS. — EDUARDO A.</p><p>FELLNER. — Enrique Hidalgo. — Juan H.</p><p>Estrada.</p><p></p><p>Fuete:</p><p><a href="http://www.boletinoficial.gov.ar/DisplayPdf.aspx?s=01&f=20090609">http://www.boletinoficial.gov.ar/DisplayPdf.aspx?s=01&f=20090609</a></p></blockquote><p></p>
[QUOTE="Hymenoptero, post: 763467, member: 117"] Perodon si ya esta en algun lado... Salio ho en el BORA LUGARES HISTORICOS Ley 26.498 Declárase lugar histórico nacional al cementerio de guerra de los caídos en Malvinas e Islas del Atlántico Sur emplazado en el cementerio de Darwin, Isla Soledad. Sancionada: Mayo 13 de 2009. Promulgada de Hecho: Junio 4 de 2009. El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: ARTICULO 1º — Declárase lugar histórico nacional al cementerio de guerra de los caídos en Malvinas e Islas del Atlántico Sur, emplazado en el cementerio de Darwin, Isla Soledad. ARTICULO 2º — La Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos, dependiente de la Secretaría de Cultura de la Nación, instrumentará todo lo atinente al cumplimiento de la presente ley y convendrá con la Comisión de Familiares de Caídos en Malvinas e Islas del Atlántico Sur, las medidas pertinentes a efectos de asegurar la custodia, conservación, refacción y restauración del lugar histórico nacional que se declara por esta ley. ARTICULO 3º — La Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos inscribirá en el Registro Nacional de Bienes Históricos el lugar declarado por el artículo 1º de la presente ley con la referencia lugar histórico nacional. ARTICULO 4º — Comuníquese al Poder Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL NUEVE. — REGISTRADA BAJO EL Nº 26.498 — JULIO C. C. COBOS. — EDUARDO A. FELLNER. — Enrique Hidalgo. — Juan H. Estrada. Fuete: [url]http://www.boletinoficial.gov.ar/DisplayPdf.aspx?s=01&f=20090609[/url] [/QUOTE]
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