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<blockquote data-quote="Merchant Marine one" data-source="post: 2971590" data-attributes="member: 13119"><p>Nope querido!!!</p><p></p><p>Acerca de éste interesante tema , es de consulta y cumplimiento obligatorio el <strong>RIPA , Reglamento Internacional para Prevenir los Abordajes.</strong></p><p></p><p>Para no aburrir con artículos , citaré las partes pertinentes del mismo:</p><p></p><p>SECCION II - CONDUCTA DE LOS BUQUES QUE SE ENCUENTREN A LA VISTA UNO DEL OTRO</p><p></p><p>REGLA 11</p><p></p><p>Ambito de aplicación</p><p></p><p>Las Reglas de esta Sección se aplican solamente a los buques que se encuentren a la vista uno del otro.</p><p></p><p>REGLA 12</p><p></p><p>Buques de vela</p><p></p><p>a) Cuando dos buques de vela se aproximen uno al otro, con riesgo de abordaje, uno de ellos se mantendrá apartado de la derrota del otro en la forma siguiente:</p><p></p><p>i) cuando cada uno de ellos reciba el viento por bandas contrarias, el que lo reciba por babor se mantendrá apartado de la derrota del otro;</p><p></p><p>ii) cuando ambos reciban el viento por la misma banda, el buque que esté a barlovento se mantendrá apartado de la derrota del que esté a sotavento;</p><p></p><p>iii) si un buque que recibe el viento por babor avista a otro buque por barlovento y no puede determinar con certeza si el otro buque recibe el viento por babor o estribor, se mantendrá apartado de la derrota de otro.</p><p></p><p>b) A los fines de la presente Regla se considerará banda de barlovento la contraria a la que se lleve cazada la vela mayor, o en el caso de los buques de aparejo cruzado, la banda contraria a la que se lleve cazada la mayor de las velas de cuchillo.</p><p></p><p>REGLA 13</p><p></p><p>Buque que "alcanza"</p><p></p><p>a) No obstante lo establecido en la Reglas de esta sección, todo buque que alcance a otros se mantendrá apartado de la derrota del buque alcanzado.</p><p></p><p>b) Se considerará como buque que alcanza a todo buque que se aproxime a otro viniendo desde una marcación mayor de 22,5 grados a popa del través de este último, es decir, que se encuentre en una posición tal respecto del buque alcanzado, que de noche solamente le sea posible ver la luz de alcance de dicho buque y ninguna de sus luces de costado.</p><p></p><p>c) Cuando un buque abrigue dudas de si está alcanzando o no a otro, considerará que lo está haciendo y actuará como buque que alcanza.</p><p></p><p>d) Ninguna variación posterior de la marcación entre los dos buques hará del buque que alcanza un buque que cruza, en el sentido que se da en este Reglamento, ni le dispensará de su obligación de mantenerse apartado del buque alcanzado, hasta que lo haya adelantado completamente y se encuentre en franquía.</p><p></p><p>REGLA 14</p><p></p><p>Situación "de vuelta encontrada"</p><p></p><p>a) Cuando dos buques de propulsión mecánica naveguen de vuelta encontrada a rumbos opuestos o casi opuestos, con riesgo de abordaje, cada uno de ellos caerá a estribor de forma que pase por la banda de babor del otro.</p><p></p><p>b) Se considerará que tal situación existen cuando un buque vea a otro por su proa o casi por su proa de forma que, de noche, vería las luces de tope de ambos palos del otro enfiladas o casi enfiladas y/o las luces de costado, y de día, observaría al otro buque bajo el ángulo de apariencia correspondiente.</p><p></p><p>c) Cuando un buque abrigue dudas de si existe tal situación supondrá que existe y actuará en consecuencia;</p><p></p><p>REGLA 15</p><p></p><p>Situación "de cruce"</p><p></p><p>Cuando dos buques de propulsión mecánica se crucen con riesgo de abordaje, el buque que tenga al otro por su costado de estribor, se mantendrá apartado de la derrota de este otro y, si las circunstancias lo permiten, evitará cortarle la proa.</p><p></p><p>REGLA 16</p><p></p><p>Maniobra del buque que "cede el paso"</p><p></p><p>Todo buque que esté obligado a mantenerse apartado de la derrota de otro buque, maniobrará, en lo posible, con anticipación suficiente y de forma decidida para quedar bien franco del otro buque.</p><p></p><p>REGLA 17</p><p></p><p>Maniobra del buque que "sigue rumbo"</p><p></p><p>a) i) Cuando uno de los buques deba mantenerse apartado de la derrota del otro, éste último mantendrá su rumbo y velocidad.</p><p></p><p>ii) No obstante, este otro buque puede actuar para evitar el abordaje con su propia maniobra, tan pronto como le resulte evidente que el buque que deberá apartarse no está actuando en la forma preceptuada por este Reglamento.</p><p></p><p>b) Cuando, por cualquier causa, el buque que haya de mantener su rumbo y velocidad se encuentre tan próximo al otro que no pueda evitarse el abordaje por la sola maniobra del buque que cede el paso, el primero ejecutará la maniobra que mejor pueda ayudar a evitar el abordaje.</p><p></p><p>c) Un buque de propulsión mecánica que maniobre en una situación de cruce, de acuerdo con el párrafo a) ii) de esta Regla, para evitar el abordaje con otro buque de propulsión mecánica, no cambiará su rumbo a babor para maniobrar a un buque que se encuentre por esa misma banda, si las circunstancias del caso lo permiten.</p><p></p><p>d) La presente Regla no exime al buque que cede el paso, de su obligación de mantenerse apartado de la derrota del otro.</p><p></p><p>REGLA 18</p><p></p><p>Obligaciones entre categorías de buques</p><p></p><p>Sin perjuicio de lo dispuesto en las regla 9, 10 y 13:</p><p></p><p>a) Los buques de propulsión mecánica, en navegación se mantendrán apartados de la derrota de:</p><p></p><p>i) Un buque sin gobierno</p><p></p><p>ii) Un buque con capacidad de maniobra restringida</p><p></p><p>iii) Un buque dedicado a la pesca</p><p></p><p>iv) Un buque de vela</p><p></p><p>b) LOs buques de vela, en navegación, se mantendrán apartados de la derrota de:</p><p></p><p>i) Un buque sin gobierno</p><p></p><p>ii) Un buque con capacidad de maniobra restringida</p><p></p><p>iii) Un buque dedicado a la pesca.</p><p></p><p>c) En la medida de lo posible, los buques dedicados a la pesca, en navegación, se mantendrán apartados de la derrota de:</p><p></p><p></p><p>i) Un buque sin gobierno</p><p></p><p>ii) Un buque con capacidad de maniobra restringida.</p><p></p><p>d) i) Todo buque que no sea un buque sin gobierno o un buque con capacidad de maniobra restringida evitará, si las circunstancias del caso lo permiten, estorbar el tránsito seguro de un buque restringido por su calado, que exhiba las señales de la Regla 28.</p><p></p><p>ii) Un buque restringido por su calado navegará con particular precaución teniendo muy en cuenta su condición especial.</p><p></p><p>e) En general, un hidroavión amarrado se mantendrá alejado de todos los buques y evitará estorbar su estorbar su navegación. No obstante, en aquellas circunstancias en que exista un riesgo de abordaje, cumplirá con las Reglas de esta Parte.</p><p></p><p>SECCION III - CONDUCTA DE LOS BUQUES EN CONDICIONES DE VISIBILIDAD REDUCIDA</p><p></p><p>REGLA 19</p><p></p><p>Conducta de los buques en condiciones de visibilidad reducida</p><p></p><p>a) Esta Regla es de aplicación a los buques que no estén a la vista uno de otro cuando naveguen cerca o dentro de una zona de visibilidad reducida.</p><p></p><p>b) Todos los buques navegarán a una velocidad de seguridad adaptada a las circunstancias y condiciones de visibilidad reducida del momento. Los buques de propulsión mecánica tendrán sus máquinas listas para maniobrar inmediatamente.</p><p></p><p>c) Todos los buques tomarán en consideración las circunstancias y condiciones de visibilidad reducida del momento al cumplir las Reglas de la Sección I de esta Parte.</p><p></p><p>d) Todo buque que detecte únicamente por medio del radar la presencia de otro buque, determinará si se está creando una situación de aproximación excesiva y/o un riesgo de abordaje. En caso afirmativo maniobrará con suficiente antelación teniendo en cuenta que si la maniobra consiste en un cambio de rumbo, en la medida de lo posible se evitará lo siguiente:</p><p></p><p>i) un cambio de rumbo a babor, para un buque situado a proa del través, salvo que el otro buque esté siendo alcanzado;</p><p></p><p>ii) un cambio de rumbo dirigido hacia un buque situado por el través o a popa del través.</p><p></p><p>e) Salvo en los casos en que se haya comprobado que no existe riesgo de abordaje, todo buque que oiga, al parecer a proa de su través, la señal de niebla de otro buque, o que no pueda evitar una situación de aproximación excesiva con otro buque situado a proa de su través, deberá reducir su velocidad hasta la mínima de gobierno. Si fuera necesario, suprimirá su arrancada y en todo caso navegará con extremada precaución.</p><p></p><p>Abrazos,</p><p></p><p>Merchant</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="Merchant Marine one, post: 2971590, member: 13119"] Nope querido!!! Acerca de éste interesante tema , es de consulta y cumplimiento obligatorio el [B]RIPA , Reglamento Internacional para Prevenir los Abordajes.[/B] Para no aburrir con artículos , citaré las partes pertinentes del mismo: SECCION II - CONDUCTA DE LOS BUQUES QUE SE ENCUENTREN A LA VISTA UNO DEL OTRO REGLA 11 Ambito de aplicación Las Reglas de esta Sección se aplican solamente a los buques que se encuentren a la vista uno del otro. REGLA 12 Buques de vela a) Cuando dos buques de vela se aproximen uno al otro, con riesgo de abordaje, uno de ellos se mantendrá apartado de la derrota del otro en la forma siguiente: i) cuando cada uno de ellos reciba el viento por bandas contrarias, el que lo reciba por babor se mantendrá apartado de la derrota del otro; ii) cuando ambos reciban el viento por la misma banda, el buque que esté a barlovento se mantendrá apartado de la derrota del que esté a sotavento; iii) si un buque que recibe el viento por babor avista a otro buque por barlovento y no puede determinar con certeza si el otro buque recibe el viento por babor o estribor, se mantendrá apartado de la derrota de otro. b) A los fines de la presente Regla se considerará banda de barlovento la contraria a la que se lleve cazada la vela mayor, o en el caso de los buques de aparejo cruzado, la banda contraria a la que se lleve cazada la mayor de las velas de cuchillo. REGLA 13 Buque que "alcanza" a) No obstante lo establecido en la Reglas de esta sección, todo buque que alcance a otros se mantendrá apartado de la derrota del buque alcanzado. b) Se considerará como buque que alcanza a todo buque que se aproxime a otro viniendo desde una marcación mayor de 22,5 grados a popa del través de este último, es decir, que se encuentre en una posición tal respecto del buque alcanzado, que de noche solamente le sea posible ver la luz de alcance de dicho buque y ninguna de sus luces de costado. c) Cuando un buque abrigue dudas de si está alcanzando o no a otro, considerará que lo está haciendo y actuará como buque que alcanza. d) Ninguna variación posterior de la marcación entre los dos buques hará del buque que alcanza un buque que cruza, en el sentido que se da en este Reglamento, ni le dispensará de su obligación de mantenerse apartado del buque alcanzado, hasta que lo haya adelantado completamente y se encuentre en franquía. REGLA 14 Situación "de vuelta encontrada" a) Cuando dos buques de propulsión mecánica naveguen de vuelta encontrada a rumbos opuestos o casi opuestos, con riesgo de abordaje, cada uno de ellos caerá a estribor de forma que pase por la banda de babor del otro. b) Se considerará que tal situación existen cuando un buque vea a otro por su proa o casi por su proa de forma que, de noche, vería las luces de tope de ambos palos del otro enfiladas o casi enfiladas y/o las luces de costado, y de día, observaría al otro buque bajo el ángulo de apariencia correspondiente. c) Cuando un buque abrigue dudas de si existe tal situación supondrá que existe y actuará en consecuencia; REGLA 15 Situación "de cruce" Cuando dos buques de propulsión mecánica se crucen con riesgo de abordaje, el buque que tenga al otro por su costado de estribor, se mantendrá apartado de la derrota de este otro y, si las circunstancias lo permiten, evitará cortarle la proa. REGLA 16 Maniobra del buque que "cede el paso" Todo buque que esté obligado a mantenerse apartado de la derrota de otro buque, maniobrará, en lo posible, con anticipación suficiente y de forma decidida para quedar bien franco del otro buque. REGLA 17 Maniobra del buque que "sigue rumbo" a) i) Cuando uno de los buques deba mantenerse apartado de la derrota del otro, éste último mantendrá su rumbo y velocidad. ii) No obstante, este otro buque puede actuar para evitar el abordaje con su propia maniobra, tan pronto como le resulte evidente que el buque que deberá apartarse no está actuando en la forma preceptuada por este Reglamento. b) Cuando, por cualquier causa, el buque que haya de mantener su rumbo y velocidad se encuentre tan próximo al otro que no pueda evitarse el abordaje por la sola maniobra del buque que cede el paso, el primero ejecutará la maniobra que mejor pueda ayudar a evitar el abordaje. c) Un buque de propulsión mecánica que maniobre en una situación de cruce, de acuerdo con el párrafo a) ii) de esta Regla, para evitar el abordaje con otro buque de propulsión mecánica, no cambiará su rumbo a babor para maniobrar a un buque que se encuentre por esa misma banda, si las circunstancias del caso lo permiten. d) La presente Regla no exime al buque que cede el paso, de su obligación de mantenerse apartado de la derrota del otro. REGLA 18 Obligaciones entre categorías de buques Sin perjuicio de lo dispuesto en las regla 9, 10 y 13: a) Los buques de propulsión mecánica, en navegación se mantendrán apartados de la derrota de: i) Un buque sin gobierno ii) Un buque con capacidad de maniobra restringida iii) Un buque dedicado a la pesca iv) Un buque de vela b) LOs buques de vela, en navegación, se mantendrán apartados de la derrota de: i) Un buque sin gobierno ii) Un buque con capacidad de maniobra restringida iii) Un buque dedicado a la pesca. c) En la medida de lo posible, los buques dedicados a la pesca, en navegación, se mantendrán apartados de la derrota de: i) Un buque sin gobierno ii) Un buque con capacidad de maniobra restringida. d) i) Todo buque que no sea un buque sin gobierno o un buque con capacidad de maniobra restringida evitará, si las circunstancias del caso lo permiten, estorbar el tránsito seguro de un buque restringido por su calado, que exhiba las señales de la Regla 28. ii) Un buque restringido por su calado navegará con particular precaución teniendo muy en cuenta su condición especial. e) En general, un hidroavión amarrado se mantendrá alejado de todos los buques y evitará estorbar su estorbar su navegación. No obstante, en aquellas circunstancias en que exista un riesgo de abordaje, cumplirá con las Reglas de esta Parte. SECCION III - CONDUCTA DE LOS BUQUES EN CONDICIONES DE VISIBILIDAD REDUCIDA REGLA 19 Conducta de los buques en condiciones de visibilidad reducida a) Esta Regla es de aplicación a los buques que no estén a la vista uno de otro cuando naveguen cerca o dentro de una zona de visibilidad reducida. b) Todos los buques navegarán a una velocidad de seguridad adaptada a las circunstancias y condiciones de visibilidad reducida del momento. Los buques de propulsión mecánica tendrán sus máquinas listas para maniobrar inmediatamente. c) Todos los buques tomarán en consideración las circunstancias y condiciones de visibilidad reducida del momento al cumplir las Reglas de la Sección I de esta Parte. d) Todo buque que detecte únicamente por medio del radar la presencia de otro buque, determinará si se está creando una situación de aproximación excesiva y/o un riesgo de abordaje. En caso afirmativo maniobrará con suficiente antelación teniendo en cuenta que si la maniobra consiste en un cambio de rumbo, en la medida de lo posible se evitará lo siguiente: i) un cambio de rumbo a babor, para un buque situado a proa del través, salvo que el otro buque esté siendo alcanzado; ii) un cambio de rumbo dirigido hacia un buque situado por el través o a popa del través. e) Salvo en los casos en que se haya comprobado que no existe riesgo de abordaje, todo buque que oiga, al parecer a proa de su través, la señal de niebla de otro buque, o que no pueda evitar una situación de aproximación excesiva con otro buque situado a proa de su través, deberá reducir su velocidad hasta la mínima de gobierno. Si fuera necesario, suprimirá su arrancada y en todo caso navegará con extremada precaución. Abrazos, Merchant [/QUOTE]
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