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<blockquote data-quote="Armisael" data-source="post: 443276" data-attributes="member: 1808"><p>Claramente, vos no sólo tenés brumas, tenés pilas de tierra en tus cabales que los obnubilan por completo.</p><p></p><p>Y con respecto a la forma coloquial de conjugar los verbos que tengo, te pido que tengas el respeto de no corregirla, ya que no son faltas ortográficas, sino la forma coloquial aceptada del habla argentina, y que se ajusta al uso de los pronombres que tenemos por aquí.</p><p></p><p>Sinó voy a comenzar a corregirte diccionario en mano los usos de barbarismos, anglicanismos y localismos que uses de aquí en adelante, ya que en tu caso particular, no sos precisamente Cervantes escribiendo. . .<img src="https://www.zona-militar.com/foros/styles/default/xenforo/smilies/icon_rolleyes.gif" class="smilie" loading="lazy" alt=":rolleyes:" title="rolleyes :rolleyes:" data-shortname=":rolleyes:" /> </p><p></p><p>Y con respecto a la Convención de Ginebra, te pediría por favor que no te limitaras a verla en forma parcial, trantando de "enroscarla" para que diga lo que no dice:</p><p></p><p>"Article 4 </p><p></p><p>A. <strong>Prisoners of war</strong>, in the sense of the present Convention, are persons belonging to one of the following categories, who have fallen into the power of the enemy: (...)"</p><p></p><p><u>Primero</u>: se refiere a la categoría "Prisioneros de Guerra", limitando el alcance de la misma a estos solamente.</p><p></p><p>"(...)1. Members of the armed forces of a Party to the conflict as well as members of militias or volunteer corps forming part of such armed forces. (...)"</p><p></p><p><u>Segundo</u>: los miembros de milicias voluntarias, y cuerpos de voluntarios, también están sujetos a la Convención (muuy interesante...). Por la forma de redacción del artículo, los miembros de las Fuerzas Armadas regulares, y de las categorías arriba indicada, no deben cumplir con ninguna condición especial, ya que están amparados por la Convención por el solo hecho de formar parte de las mismas (así que como ya afirmé, los "fusilamientos sumarios" de los EEUU en la IIGM son violatorios de la Convención). El hecho de tener número y rango, y estar integrado en una organización reconocida ya te hace "Prisionero de Guerra", aunque te encuentren desarmado, en calzoncillos y tras las líneas<img src="/foros/styles/default/xenforo/smilies/wink.png" class="smilie" loading="lazy" alt=";)" title="Wink ;)" data-shortname=";)" /> .</p><p></p><p>"(...)2. Members of other militias and members of other volunteer corps, including those of organized resistance movements, belonging to a Party to the conflict and operating in or outside their own territory, even if this territory is occupied, provided that such militias or volunteer corps, including such organized resistance movements, <strong>fulfil</strong> the following conditions: (...)"</p><p></p><p><u>Tercero</u>: Miembros de otras milicias, de "otros" cuerpos de voluntarios, movimierntos de resistencia (operando en su territorio o fuera de él, <strong>incluso si su territorio está ocupado</strong>)</p><p></p><p><u>Cuarto</u>: Es muy interesante la forma de la redacción del párafo anterior, ya que indica que <strong>estos movimientos</strong> deben cumplir con ciertas condiciones, mediante la palabra "fulfil", que indica el cumplimiento de alguna alguna de éstas. Si vamos a la enumeración posterior, podemos ver que la misma está separada por punto y coma, y no por conjugaciones copulativas, lo que hace que se deba interpretar que la <strong>enumeración es válida para indicar la totalidad de las condiciones previstas, no que éstas deban se cumplidas todas en forma conjunta</strong>:</p><p></p><p>"(...)(a) That of being commanded by a person responsible for his subordinates; </p><p></p><p>(b) That of having a fixed distinctive sign <strong>recognizable at a distance</strong>; </p><p></p><p>(c) That of carrying arms openly; </p><p></p><p>(d) That of conducting their operations in accordance with the laws and customs of war." </p><p></p><p><u>Quinto</u>: entonces, el tener un comandante reconocido los hace combatientes; el tener algún signo distintivo <strong>a la distancia</strong>, también (bandera, escarapela, insignia -si usáramos tu criterio, por el uso de los distintivos de baja visibilidad NATO, haría pasible a los soldados capturados que lo llevaran en su uniforme el ser fusilados-<img src="/foros/styles/default/xenforo/smilies/wink.png" class="smilie" loading="lazy" alt=";)" title="Wink ;)" data-shortname=";)" /> <img src="https://www.smiley-lol.com/smiley/look-beaute/lunetchapeau.gif" class="smilie" loading="lazy" alt=":cool:" title="Cool :cool:" data-shortname=":cool:" /> ); que carguen armas abiertamente (es la condición primaria del combatiente, que hace que todas las demás sean accesorias); y que conduzaca sus operaciones <strong>de acuerdo a las leyes y costumbres de guerra</strong> (esto es lo que define si una grupo es terrorista o no).</p><p></p><p>De ahí que quieras verlo, allá vos. Pero queda claro quienes están cubiertos por la convención (entre ellos muchos que vos considerás "carne de paredón").</p><p>Con respecto al resto, tampoco están librados a las arbitrariedades, ya que los no combatientes está amparados por otras convenciones internacionales, como lo indicara anteriormente, y que Rasetti me recuerda que es la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.</p><p></p><p>Saludos</p><p></p><p>El problema con las FARC, en que cumplirían con todos los puntos "formales" para ser considerados dentro de la Convención de Ginebra, excepto:</p><p></p><p>a) La violación a los "usos y costumbres de la Guerra" (con violaciones sistemáticas de los Derechos Humanos de no combatientes incluída);</p><p></p><p>b) Que no pertenecen a una "parte" reconocida.</p><p></p><p>De ahí la presión política que están haciendo por esto último (aunque lo que citara en "a" los inhabilita para ser parte por la Convención).</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="Armisael, post: 443276, member: 1808"] Claramente, vos no sólo tenés brumas, tenés pilas de tierra en tus cabales que los obnubilan por completo. Y con respecto a la forma coloquial de conjugar los verbos que tengo, te pido que tengas el respeto de no corregirla, ya que no son faltas ortográficas, sino la forma coloquial aceptada del habla argentina, y que se ajusta al uso de los pronombres que tenemos por aquí. Sinó voy a comenzar a corregirte diccionario en mano los usos de barbarismos, anglicanismos y localismos que uses de aquí en adelante, ya que en tu caso particular, no sos precisamente Cervantes escribiendo. . .:rolleyes: Y con respecto a la Convención de Ginebra, te pediría por favor que no te limitaras a verla en forma parcial, trantando de "enroscarla" para que diga lo que no dice: "Article 4 A. [B]Prisoners of war[/B], in the sense of the present Convention, are persons belonging to one of the following categories, who have fallen into the power of the enemy: (...)" [U]Primero[/U]: se refiere a la categoría "Prisioneros de Guerra", limitando el alcance de la misma a estos solamente. "(...)1. Members of the armed forces of a Party to the conflict as well as members of militias or volunteer corps forming part of such armed forces. (...)" [U]Segundo[/U]: los miembros de milicias voluntarias, y cuerpos de voluntarios, también están sujetos a la Convención (muuy interesante...). Por la forma de redacción del artículo, los miembros de las Fuerzas Armadas regulares, y de las categorías arriba indicada, no deben cumplir con ninguna condición especial, ya que están amparados por la Convención por el solo hecho de formar parte de las mismas (así que como ya afirmé, los "fusilamientos sumarios" de los EEUU en la IIGM son violatorios de la Convención). El hecho de tener número y rango, y estar integrado en una organización reconocida ya te hace "Prisionero de Guerra", aunque te encuentren desarmado, en calzoncillos y tras las líneas;) . "(...)2. Members of other militias and members of other volunteer corps, including those of organized resistance movements, belonging to a Party to the conflict and operating in or outside their own territory, even if this territory is occupied, provided that such militias or volunteer corps, including such organized resistance movements, [B]fulfil[/B] the following conditions: (...)" [U]Tercero[/U]: Miembros de otras milicias, de "otros" cuerpos de voluntarios, movimierntos de resistencia (operando en su territorio o fuera de él, [B]incluso si su territorio está ocupado[/B]) [U]Cuarto[/U]: Es muy interesante la forma de la redacción del párafo anterior, ya que indica que [B]estos movimientos[/B] deben cumplir con ciertas condiciones, mediante la palabra "fulfil", que indica el cumplimiento de alguna alguna de éstas. Si vamos a la enumeración posterior, podemos ver que la misma está separada por punto y coma, y no por conjugaciones copulativas, lo que hace que se deba interpretar que la [B]enumeración es válida para indicar la totalidad de las condiciones previstas, no que éstas deban se cumplidas todas en forma conjunta[/B]: "(...)(a) That of being commanded by a person responsible for his subordinates; (b) That of having a fixed distinctive sign [B]recognizable at a distance[/B]; (c) That of carrying arms openly; (d) That of conducting their operations in accordance with the laws and customs of war." [U]Quinto[/U]: entonces, el tener un comandante reconocido los hace combatientes; el tener algún signo distintivo [B]a la distancia[/B], también (bandera, escarapela, insignia -si usáramos tu criterio, por el uso de los distintivos de baja visibilidad NATO, haría pasible a los soldados capturados que lo llevaran en su uniforme el ser fusilados-;) :cool: ); que carguen armas abiertamente (es la condición primaria del combatiente, que hace que todas las demás sean accesorias); y que conduzaca sus operaciones [B]de acuerdo a las leyes y costumbres de guerra[/B] (esto es lo que define si una grupo es terrorista o no). De ahí que quieras verlo, allá vos. Pero queda claro quienes están cubiertos por la convención (entre ellos muchos que vos considerás "carne de paredón"). Con respecto al resto, tampoco están librados a las arbitrariedades, ya que los no combatientes está amparados por otras convenciones internacionales, como lo indicara anteriormente, y que Rasetti me recuerda que es la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. Saludos El problema con las FARC, en que cumplirían con todos los puntos "formales" para ser considerados dentro de la Convención de Ginebra, excepto: a) La violación a los "usos y costumbres de la Guerra" (con violaciones sistemáticas de los Derechos Humanos de no combatientes incluída); b) Que no pertenecen a una "parte" reconocida. De ahí la presión política que están haciendo por esto último (aunque lo que citara en "a" los inhabilita para ser parte por la Convención). [/QUOTE]
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