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El servicio militar es voluntario, pero puede ser obligatorio
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<blockquote data-quote="JULIO LUNA" data-source="post: 1331055"><p>LEY PARA EL PERSONAL MILITAR</p><p>Ley 19.101</p><p><strong>Reserva</strong></p><p>ARTICULO 3.- La reserva del Ejército, de la Armada y de la Fuerza Aérea son aquellas organizaciones de sus respectivas fuerzas armadas, que sirven al propósito de completar, cuando así se disponga, los efectivos del Ejército, de la Armada y de la Fuerza Aérea, permanente. Su personal está integrado por:</p><p></p><p>1. La reserva incorporada, constituida por el personal no perteneciente al cuadro permanente, que se encuentre incorporado en sus respectiva fuerza armada, por convocatoria o por servicio militar obligatorio para prestar servicios militares.</p><p></p><p>2. La reserva fuera de servicio, constituida por el personal que:</p><p>a) Procedente del cuadro permanente por retiro o por baja, conserve su aptitud para el servicio militar;</p><p>b) Habiendo recibido instrucción en su respectiva fuerza armada o en centros especiales de adiestramiento y/o reclutamiento, conserva su aptitud para el servicio militar y está en situación de fuera de servicio. Asimismo constituye la reserva fuera de servicio el personal que habiendo cursado estudios, en liceos militares , haya obtenido al finalizar o interrumpir dichos estudios, un grado que lo capacite para integrar la reserva de las fuerzas armadas;</p><p>c) Sin haber recibido instrucción en su respectiva fuerza armada o en centros especiales de adiestramiento y/o reclutamiento, se a destinado a dicho cuadro de la reserva de conformidad con las correspondientes leyes de la Nación.</p><p></p><p>Modificado por: Ley 22.511 Art.1 (B.O. 06-11-81). Inciso 1) y apartado b) del inciso 2 sustituido por incisos 1) y 2). Con vigencia especial por art. 2, rige a partir de su promulgación.</p><p></p><p>ARTÍCULO 4.- Las fuerzas armadas dispondrán de los efectivos permanentes y de la reserva incorporada, para cubrir sus propias necesidades y las de los organismos militares conjuntos. Dichos efectivos serán fijados, en forma global en la ley general de presupuesto de la Nación. Cada fuerza armada determinará los efectivos básicos de sus cuadros, de acuerdo con sus propias necesidades.</p><p>-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------</p><p></p><p>ARTICULO 66.- El personal superior y subalterno del cuadro permanente podrá pasar a situación de retiro a su solicitud, cuando haya computado quince o más años de servicios militares simples y haya cumplido el compromiso de servicio.</p><p>--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------</p><p>La ley del Servicio Militar Voluntario, Nro. 24.429, Boletin Oficial de la Republica Argentina núm. 28183, 12 de Julio de 1995. El SMV dura aproximadamente 10 años desde los 18 a los 28 años. Luego de eso el SV puede acceder a seguir la carrera de suboficial y si se va de baja pasa a la reserva.Teniendo en cuenta estos datos se podría calcular que para el 2015 habria una reserva de ex SV de 50.000 hombres .</p><p>Además como se comprobó en Malvinas en caso de guerra se convocan a las FFSS , Policia Federal, Gendarmeria y Prefectura.</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="JULIO LUNA, post: 1331055"] LEY PARA EL PERSONAL MILITAR Ley 19.101 [B]Reserva[/B] ARTICULO 3.- La reserva del Ejército, de la Armada y de la Fuerza Aérea son aquellas organizaciones de sus respectivas fuerzas armadas, que sirven al propósito de completar, cuando así se disponga, los efectivos del Ejército, de la Armada y de la Fuerza Aérea, permanente. Su personal está integrado por: 1. La reserva incorporada, constituida por el personal no perteneciente al cuadro permanente, que se encuentre incorporado en sus respectiva fuerza armada, por convocatoria o por servicio militar obligatorio para prestar servicios militares. 2. La reserva fuera de servicio, constituida por el personal que: a) Procedente del cuadro permanente por retiro o por baja, conserve su aptitud para el servicio militar; b) Habiendo recibido instrucción en su respectiva fuerza armada o en centros especiales de adiestramiento y/o reclutamiento, conserva su aptitud para el servicio militar y está en situación de fuera de servicio. Asimismo constituye la reserva fuera de servicio el personal que habiendo cursado estudios, en liceos militares , haya obtenido al finalizar o interrumpir dichos estudios, un grado que lo capacite para integrar la reserva de las fuerzas armadas; c) Sin haber recibido instrucción en su respectiva fuerza armada o en centros especiales de adiestramiento y/o reclutamiento, se a destinado a dicho cuadro de la reserva de conformidad con las correspondientes leyes de la Nación. Modificado por: Ley 22.511 Art.1 (B.O. 06-11-81). Inciso 1) y apartado b) del inciso 2 sustituido por incisos 1) y 2). Con vigencia especial por art. 2, rige a partir de su promulgación. ARTÍCULO 4.- Las fuerzas armadas dispondrán de los efectivos permanentes y de la reserva incorporada, para cubrir sus propias necesidades y las de los organismos militares conjuntos. Dichos efectivos serán fijados, en forma global en la ley general de presupuesto de la Nación. Cada fuerza armada determinará los efectivos básicos de sus cuadros, de acuerdo con sus propias necesidades. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- ARTICULO 66.- El personal superior y subalterno del cuadro permanente podrá pasar a situación de retiro a su solicitud, cuando haya computado quince o más años de servicios militares simples y haya cumplido el compromiso de servicio. -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- La ley del Servicio Militar Voluntario, Nro. 24.429, Boletin Oficial de la Republica Argentina núm. 28183, 12 de Julio de 1995. El SMV dura aproximadamente 10 años desde los 18 a los 28 años. Luego de eso el SV puede acceder a seguir la carrera de suboficial y si se va de baja pasa a la reserva.Teniendo en cuenta estos datos se podría calcular que para el 2015 habria una reserva de ex SV de 50.000 hombres . Además como se comprobó en Malvinas en caso de guerra se convocan a las FFSS , Policia Federal, Gendarmeria y Prefectura. [/QUOTE]
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