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<blockquote data-quote="BIGUA82" data-source="post: 3508489" data-attributes="member: 14958"><p>Quisiera aclarar algo,que veo es recurrente entre los foristas y sacan conclusiones erradas,deben revisar mas la doctrina de las Fuerzas Armadas argentinas y ver mucho más los organigramas de las Fuerzas Armadas .</p><p>Los Jefes de Estados Mayores Generales de las tres FFAA <strong>no se subordinan al JEMCO</strong>,dependen organicamente del Ministro de Defensa,no dependen del JEMCO.</p><p>Muchos foristas veo que interpretan que el JEMCO está por arriba de los JEMG,no!!,no es asi,los Jefes de las Fuerzas Armadas tienen responsabilidades y atribuciones univocas y solo dependen del Ministro de Defensa,no tienen ninguna dependencia con el JEMCO y mucho menos con la organizacion llamado Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas (EMCO)</p><p>Las Fuerzas alistan y adiestran sus fuerzas que les serán requiridas por el EMCO para Comandos Conjuntos,nada más,nada más para los Comandos Conjuntos,como lo son el Antartico,Defensa Aeroespacial,Maritimo y Fuerzas Especiales.</p><p>Creo y lo observo a diario,un desconocimiento muy grande sobre la mision del JEMCO.</p><p>El Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas es la máxima instancia castrense que <strong>tiene como misión asistir y asesorar al ministro de Defensa en materia de Estrategia Militar y</strong> <strong>realizar el Planeamiento Estratégico Militar</strong>, a fin de contribuir en forma coordinada con las otras Fuerzas de la Nación al Sistema de Defensa Nacional.El JEMCO no hace volar,navegar ni rodar nada,nada,solo cuando solicita un medio especifico para un ejercicio o una operacion conjunta,luego tanto el personal como el material regresa a sus fuerzas naturales.No tiene tropa a su mando,mas allá de los Comando Conjuntos,que las Fuerzas "le prestan" por un tiempo determinado y luego el personal y los medios regresan a sus fuerzas,el Estado Mayor Conjunto no tiene Unidades,no tiene Brigadas,ni Cuarteles ni buques,nada,solo es una organizacion administrativa que se hace operacional en circunstancias especiales como elecciones nacionales,una emergencia o en una campaña conjunta.</p><p>Entre sus objetivos se encuentra la conducción de las operaciones en tiempos de paz, ya sean específicas, conjuntas o combinadas, para lo cual cuenta con el control funcional de los medios asignados por las Fuerzas Armadas, también tiene la autoridad para disponer de dichos medios en cumplimiento del planeamiento correspondiente en una guerra y asimismo la capacidad para formular la doctrina conjunta, diagramar el planeamiento militar conjunto, dirigir el adiestramiento militar conjunto y controlar el planeamiento estratégico operacional y <strong>la eficacia del accionar de las Fuerzas Armadas.</strong></p><p>En este aspectos solo pueden recomendar,no ordenar,esto lo hace supervisando las acciones en ejercicios o en operaciones concretas como una CAV</p><p>El accionar diario de las Fuerzas Armadas es una responsabilidad de su conduccion natural,donde el Estado Mayor Conjunto de las FFAA está totalmente ajeno<strong>.</strong></p><p>Fui Ayudante del Subjefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas por tres años,en el periodo que el Teniente General Mugnolo era JEMCO y por experiencia les puedo decir que los Jefes de las Fuerzas cumplen a raja tabla su no dependencia del JEMCO,era comun ver a los Jefes de las Fuerzas Armadas ir al Edificio Libertador para reuniones con el Ministro de Defensa,sin avisarle al JEMCO de su presencia,ni pasar a saludar,no les correspondía hacerlo.Solo se reunian con el JEMCO o en su asusencia con el SJEMCO para situaciones de indole conjunta,nunca para recibir ordenes a sus fuerzas.</p><p>Las Fuerzas Armadas son las responsables de alistar y adiestrar sus medios,para ello deben tener su propio presupuesto para mantener y sostener,educar y sanar al personal.</p><p>Veo que a menudo dan como tareas,responsabilidades al JEMCO que nunca,nunca las han tenido por ley,por reglamentacion.Un jefe de una fuerza toma decisiones sin consultar en absoluto al JEMCO,solo le informará si su decision puede afectar el accionar de un Comando Conjunto ,nada más.</p><p>El JEMCO ni sabe,ni le compete saber que pasa en una fuerza armada,el Ministro de Defensa si debe saber y le compete su accionar.</p><p>Recuerdo que el Tte Gral Mugnolo habia sido Comandante del V Cuerpo de Ejercito e Inspector General del Ejercito,era hasta una cuestion normal que siguiera de cerca algunos planes en el V Cuerpo de Ejercito y en la IGE,tenia 43 años de servicio el General y no podia dejar de latir junto al Ejercito,era normal eso para todos nosotros,como lo hace el actual JEMCO con la FAA,aunque la doctrina dice lo contrario,que debe conocer el adiestramiento y alistamiento de las fuerzas que le brindarán sus medios a la hora de un ejercicio o una campaña conjunta.</p><p>Sintetizando,las deciciones de los Jefes de las Fuerzas Armadas no responden ni se subordinan al JEMCO,si al Ministro de Defensa.</p><p>Los Jefes de las Fuerzas Armadas tienen atribuciones y responsabilidades inherentes y basadas en leyes y reglamentos y son totalmente univocas,son suyas,y no deben ser obedecidas aquellas ordenes del JEMCO para la conduccion de sus fuerzas.</p><p>El JEMCO puede asesorar en alguna cuestion,pero no es vinculante a la hora de aceptarlas,es solo eso un asesoramiento.</p><p>Si, el asesoramiento del JEMCO hacia el Ministro es vinculante,efectivo,pero el Ministro puede no aceptar el asesoramiento,pues el Ministro representa al mismísimo Cte en Jefe de las Fuerzas Armadas de la Nacion,al PEN.</p><p>Para que les quede mas claro aun,el Ministro de Defensa es la instacia superior que define todo,que ordena todo.</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="BIGUA82, post: 3508489, member: 14958"] Quisiera aclarar algo,que veo es recurrente entre los foristas y sacan conclusiones erradas,deben revisar mas la doctrina de las Fuerzas Armadas argentinas y ver mucho más los organigramas de las Fuerzas Armadas . Los Jefes de Estados Mayores Generales de las tres FFAA [B]no se subordinan al JEMCO[/B],dependen organicamente del Ministro de Defensa,no dependen del JEMCO. Muchos foristas veo que interpretan que el JEMCO está por arriba de los JEMG,no!!,no es asi,los Jefes de las Fuerzas Armadas tienen responsabilidades y atribuciones univocas y solo dependen del Ministro de Defensa,no tienen ninguna dependencia con el JEMCO y mucho menos con la organizacion llamado Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas (EMCO) Las Fuerzas alistan y adiestran sus fuerzas que les serán requiridas por el EMCO para Comandos Conjuntos,nada más,nada más para los Comandos Conjuntos,como lo son el Antartico,Defensa Aeroespacial,Maritimo y Fuerzas Especiales. Creo y lo observo a diario,un desconocimiento muy grande sobre la mision del JEMCO. El Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas es la máxima instancia castrense que [B]tiene como misión asistir y asesorar al ministro de Defensa en materia de Estrategia Militar y[/B] [B]realizar el Planeamiento Estratégico Militar[/B], a fin de contribuir en forma coordinada con las otras Fuerzas de la Nación al Sistema de Defensa Nacional.El JEMCO no hace volar,navegar ni rodar nada,nada,solo cuando solicita un medio especifico para un ejercicio o una operacion conjunta,luego tanto el personal como el material regresa a sus fuerzas naturales.No tiene tropa a su mando,mas allá de los Comando Conjuntos,que las Fuerzas "le prestan" por un tiempo determinado y luego el personal y los medios regresan a sus fuerzas,el Estado Mayor Conjunto no tiene Unidades,no tiene Brigadas,ni Cuarteles ni buques,nada,solo es una organizacion administrativa que se hace operacional en circunstancias especiales como elecciones nacionales,una emergencia o en una campaña conjunta. Entre sus objetivos se encuentra la conducción de las operaciones en tiempos de paz, ya sean específicas, conjuntas o combinadas, para lo cual cuenta con el control funcional de los medios asignados por las Fuerzas Armadas, también tiene la autoridad para disponer de dichos medios en cumplimiento del planeamiento correspondiente en una guerra y asimismo la capacidad para formular la doctrina conjunta, diagramar el planeamiento militar conjunto, dirigir el adiestramiento militar conjunto y controlar el planeamiento estratégico operacional y [B]la eficacia del accionar de las Fuerzas Armadas.[/B] En este aspectos solo pueden recomendar,no ordenar,esto lo hace supervisando las acciones en ejercicios o en operaciones concretas como una CAV El accionar diario de las Fuerzas Armadas es una responsabilidad de su conduccion natural,donde el Estado Mayor Conjunto de las FFAA está totalmente ajeno[B].[/B] Fui Ayudante del Subjefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas por tres años,en el periodo que el Teniente General Mugnolo era JEMCO y por experiencia les puedo decir que los Jefes de las Fuerzas cumplen a raja tabla su no dependencia del JEMCO,era comun ver a los Jefes de las Fuerzas Armadas ir al Edificio Libertador para reuniones con el Ministro de Defensa,sin avisarle al JEMCO de su presencia,ni pasar a saludar,no les correspondía hacerlo.Solo se reunian con el JEMCO o en su asusencia con el SJEMCO para situaciones de indole conjunta,nunca para recibir ordenes a sus fuerzas. Las Fuerzas Armadas son las responsables de alistar y adiestrar sus medios,para ello deben tener su propio presupuesto para mantener y sostener,educar y sanar al personal. Veo que a menudo dan como tareas,responsabilidades al JEMCO que nunca,nunca las han tenido por ley,por reglamentacion.Un jefe de una fuerza toma decisiones sin consultar en absoluto al JEMCO,solo le informará si su decision puede afectar el accionar de un Comando Conjunto ,nada más. El JEMCO ni sabe,ni le compete saber que pasa en una fuerza armada,el Ministro de Defensa si debe saber y le compete su accionar. Recuerdo que el Tte Gral Mugnolo habia sido Comandante del V Cuerpo de Ejercito e Inspector General del Ejercito,era hasta una cuestion normal que siguiera de cerca algunos planes en el V Cuerpo de Ejercito y en la IGE,tenia 43 años de servicio el General y no podia dejar de latir junto al Ejercito,era normal eso para todos nosotros,como lo hace el actual JEMCO con la FAA,aunque la doctrina dice lo contrario,que debe conocer el adiestramiento y alistamiento de las fuerzas que le brindarán sus medios a la hora de un ejercicio o una campaña conjunta. Sintetizando,las deciciones de los Jefes de las Fuerzas Armadas no responden ni se subordinan al JEMCO,si al Ministro de Defensa. Los Jefes de las Fuerzas Armadas tienen atribuciones y responsabilidades inherentes y basadas en leyes y reglamentos y son totalmente univocas,son suyas,y no deben ser obedecidas aquellas ordenes del JEMCO para la conduccion de sus fuerzas. El JEMCO puede asesorar en alguna cuestion,pero no es vinculante a la hora de aceptarlas,es solo eso un asesoramiento. Si, el asesoramiento del JEMCO hacia el Ministro es vinculante,efectivo,pero el Ministro puede no aceptar el asesoramiento,pues el Ministro representa al mismísimo Cte en Jefe de las Fuerzas Armadas de la Nacion,al PEN. Para que les quede mas claro aun,el Ministro de Defensa es la instacia superior que define todo,que ordena todo. [/QUOTE]
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