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Malvinas 1982
Explotación y usurpación de recursos en las Malvinas por Gran Bretaña
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<blockquote data-quote="Raymund" data-source="post: 661656" data-attributes="member: 1967"><p>Estimado Caw/Christian ...no tengo dudas que nuestra PNA esta facultada y en capacidad de cumplir esta misión eficientemente segun los procedimientos internos establecidos para proteger la ZEE con las unidades de superficie y aereas de que dispone, sea atraves de requisas, confiscación, multas, abordaje, interdiccion,etc</p><p>La pregunta que me hago es si en la práctica se aplicará el decreto a rajatabla ó mas bien será mas teorico, "pour la galerie" que práctico. a fin de evitar conflictos con terceros paises </p><p></p><p>Por otra parte me pregunto si el otorgamiento de "autorizacion previa" a los buques en transito entre puertos continentales y nuestras islas, será una mera formalidad ó en lugar una herramienta válida para entorpecer el tráfico a Malvinas sea éste con los fines de la exploración petrolera costa afuera que nos preocupa ú otros.</p><p>Como ve , por mi parte tambien muchas preguntas sin respuestas.</p><p></p><p>Sin ánimo de ahondar en la vertiente de pólitica interna del tema ; mis dudas en parte surgen básicamente de leer el <strong>art 2</strong> del mencionado decreto 256/2010 : </p><p></p><p><strong>Art. 2º </strong>— El <strong><u>MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL</u></strong>, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, a través de la SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES, el MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, a través de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, el MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y el MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO, dictarán en el ámbito de su competencia, las normas reglamentarias que resulten necesarias a los fines del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, en consulta con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.</p><p></p><p>Ministerio de Planificación Federal ! <img src="/foros/styles/default/xenforo/smilies/eek.png" class="smilie" loading="lazy" alt=":eek:" title="Eek! :eek:" data-shortname=":eek:" /> ( Julio M. De Vido) le suena ? tambien aparece Don Julio C. Alak y Don Anibal Fernandez como firmantes del decreto ( todos desde luego intachables funcionarios :leaving:...no se porque ?...pero ciertos nombres me generan incomprensibles conflictos de confianza en la seriedad, patriotismo, compromiso y probidad de sus actos. :yonofui:</p><p></p><p>Saludos</p><p>Ray</p><p></p><p><a href="http://www.nuestromar.org/noticias/leyes_decretos_y_resoluciones_recientes/17_02_2010/28876_decreto_256_2010_poder_ejecutivo_n">http://www.nuestromar.org/noticias/leyes_decretos_y_resoluciones_recientes/17_02_2010/28876_decreto_256_2010_poder_ejecutivo_n</a></p></blockquote><p></p>
[QUOTE="Raymund, post: 661656, member: 1967"] Estimado Caw/Christian ...no tengo dudas que nuestra PNA esta facultada y en capacidad de cumplir esta misión eficientemente segun los procedimientos internos establecidos para proteger la ZEE con las unidades de superficie y aereas de que dispone, sea atraves de requisas, confiscación, multas, abordaje, interdiccion,etc La pregunta que me hago es si en la práctica se aplicará el decreto a rajatabla ó mas bien será mas teorico, "pour la galerie" que práctico. a fin de evitar conflictos con terceros paises Por otra parte me pregunto si el otorgamiento de "autorizacion previa" a los buques en transito entre puertos continentales y nuestras islas, será una mera formalidad ó en lugar una herramienta válida para entorpecer el tráfico a Malvinas sea éste con los fines de la exploración petrolera costa afuera que nos preocupa ú otros. Como ve , por mi parte tambien muchas preguntas sin respuestas. Sin ánimo de ahondar en la vertiente de pólitica interna del tema ; mis dudas en parte surgen básicamente de leer el [B]art 2[/B] del mencionado decreto 256/2010 : [B]Art. 2º [/B]— El [B][U]MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL[/U][/B], INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, a través de la SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES, el MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, a través de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, el MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y el MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO, dictarán en el ámbito de su competencia, las normas reglamentarias que resulten necesarias a los fines del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, en consulta con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO. Ministerio de Planificación Federal ! :eek: ( Julio M. De Vido) le suena ? tambien aparece Don Julio C. Alak y Don Anibal Fernandez como firmantes del decreto ( todos desde luego intachables funcionarios :leaving:...no se porque ?...pero ciertos nombres me generan incomprensibles conflictos de confianza en la seriedad, patriotismo, compromiso y probidad de sus actos. :yonofui: Saludos Ray [url]http://www.nuestromar.org/noticias/leyes_decretos_y_resoluciones_recientes/17_02_2010/28876_decreto_256_2010_poder_ejecutivo_n[/url] [/QUOTE]
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