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Fondo Nacional de Defensa ( Fondef )
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<blockquote data-quote="Checho32" data-source="post: 2936598" data-attributes="member: 37798"><p>En la realidad el Fondef NO EXISTE y voy a explicar breve pero creo que claramente porqué....</p><p></p><h3>FONDO NACIONAL DE LA DEFENSA</h3><h3>Ley 27565</h3><h3></h3><p>Artículo 1°- Fondo. Creación. Créase el Fondo Nacional de la Defensa (FONDEF), a fin de financiar el proceso de reequipamiento de las Fuerzas Armadas.</p><p></p><p>Artículo 2°- Objeto. Finalidad. Los recursos del FONDEF serán afectados específicamente a la recuperación, modernización y/o incorporación de material de conformidad con lo previsto en el artículo 19 de la ley 24.948.</p><p></p><p></p><p>Artículo 4°- Constitución e integración del fondo. Recursos. El Fondo Nacional de la Defensa estará integrado de la siguiente forma:</p><p></p><p>1. Con el CERO COMA TREINTA Y CINCO POR CIENTO (0,35%) del total de los Ingresos Corrientes previstos en el Presupuesto Anual Consolidado por el Sector Público Nacional para el año 2020, el CERO COMA CINCO POR CIENTO (0,5%) para el año 2021, CERO COMA SESENTA Y CINCO POR CIENTO (0,65%) para el año 2022, hasta alcanzar el CERO COMA OCHO POR CIENTO (0,8%) para el año 2023, manteniéndose este último porcentaje para los sucesivos ejercicios presupuestarios.</p><p></p><p><strong><em>Este aporte es independiente a los recursos que sean asignados al Ministerio de Defensa y a las Fuerzas Armadas en el presupuesto nacional.</em></strong></p><p></p><p>Las partidas presupuestarias y autorizaciones de gastos, corren por cuenta de la Jefatura de Gabinete de Ministros y al remitirnos a las autorizaciones y aprobaciones de partidas para 2021 encontramos la decisión administrativa 4/2021.</p><p></p><p></p><p>PRESUPUESTO</p><p>Decisión Administrativa 4/2021</p><p>DECAD-2021-4-APN-JGM - Ley N° 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021. Distributivo.</p><p>Ciudad de Buenos Aires, 15/01/2021</p><p></p><p>ARTÍCULO 3°.- <em><strong>|=Establécese que la totalidad de las asignaciones presupuestarias destinadas a financiar gastos de capital y adelantos a proveedores y contratistas de la jurisdicción, entidades y empresas que operan bajo la órbita del MINISTERIO DE DEFENSA, que para el Ejercicio 2021 se contemplan en la distribución de gastos del artículo 1° de la presente medida, integran el FONDO NACIONAL DE LA DEFENSA (FONDEF).=|</strong></em></p><p></p><p>Es decir, todas las partidas presupuestarias aprobadas por ley para financias gastos de capital, adelantos a proveedores, bla bla bla, que según la ley del 27565 son INDEPENDIENTES del dinero del FONDEF, se integran al FONDEF, es decir, pasan del presupuesto originario del MinDef al Fondef.</p><p></p><p>El Fondef se nutrió de guita aprobada por el congreso como parte del presupuesto del Ministerio de Defensa, en violación a la ley del Fondef.</p><p></p><p>En otro país varios irían presos por algo así.</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="Checho32, post: 2936598, member: 37798"] En la realidad el Fondef NO EXISTE y voy a explicar breve pero creo que claramente porqué.... [HEADING=2]FONDO NACIONAL DE LA DEFENSA[/HEADING] [HEADING=2]Ley 27565[/HEADING] [HEADING=2][/HEADING] Artículo 1°- Fondo. Creación. Créase el Fondo Nacional de la Defensa (FONDEF), a fin de financiar el proceso de reequipamiento de las Fuerzas Armadas. Artículo 2°- Objeto. Finalidad. Los recursos del FONDEF serán afectados específicamente a la recuperación, modernización y/o incorporación de material de conformidad con lo previsto en el artículo 19 de la ley 24.948. Artículo 4°- Constitución e integración del fondo. Recursos. El Fondo Nacional de la Defensa estará integrado de la siguiente forma: 1. Con el CERO COMA TREINTA Y CINCO POR CIENTO (0,35%) del total de los Ingresos Corrientes previstos en el Presupuesto Anual Consolidado por el Sector Público Nacional para el año 2020, el CERO COMA CINCO POR CIENTO (0,5%) para el año 2021, CERO COMA SESENTA Y CINCO POR CIENTO (0,65%) para el año 2022, hasta alcanzar el CERO COMA OCHO POR CIENTO (0,8%) para el año 2023, manteniéndose este último porcentaje para los sucesivos ejercicios presupuestarios. [B][I]Este aporte es independiente a los recursos que sean asignados al Ministerio de Defensa y a las Fuerzas Armadas en el presupuesto nacional.[/I][/B] Las partidas presupuestarias y autorizaciones de gastos, corren por cuenta de la Jefatura de Gabinete de Ministros y al remitirnos a las autorizaciones y aprobaciones de partidas para 2021 encontramos la decisión administrativa 4/2021. PRESUPUESTO Decisión Administrativa 4/2021 DECAD-2021-4-APN-JGM - Ley N° 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021. Distributivo. Ciudad de Buenos Aires, 15/01/2021 ARTÍCULO 3°.- [I][B]|=Establécese que la totalidad de las asignaciones presupuestarias destinadas a financiar gastos de capital y adelantos a proveedores y contratistas de la jurisdicción, entidades y empresas que operan bajo la órbita del MINISTERIO DE DEFENSA, que para el Ejercicio 2021 se contemplan en la distribución de gastos del artículo 1° de la presente medida, integran el FONDO NACIONAL DE LA DEFENSA (FONDEF).=|[/B][/I] Es decir, todas las partidas presupuestarias aprobadas por ley para financias gastos de capital, adelantos a proveedores, bla bla bla, que según la ley del 27565 son INDEPENDIENTES del dinero del FONDEF, se integran al FONDEF, es decir, pasan del presupuesto originario del MinDef al Fondef. El Fondef se nutrió de guita aprobada por el congreso como parte del presupuesto del Ministerio de Defensa, en violación a la ley del Fondef. En otro país varios irían presos por algo así. [/QUOTE]
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