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<blockquote data-quote="nico22" data-source="post: 3239457" data-attributes="member: 165"><p><h3>Se prende la bati señal para [USER=4365]@Daniel1962[/USER] .</h3><h3></h3><h3></h3><h3>MINISTERIO DE DEFENSA</h3><h3>Decisión Administrativa 1293/2022</h3><h4>DECAD-2022-1293-APN-JGM - Licitación Pública N° 340/1-0023-LPU22.</h4><p></p><p>Ciudad de Buenos Aires, 27/12/2022</p><p>VISTO el Expediente N° EX-2022-85007959-APN-DGAD#MD, los Decretos Nros. 1023 del 13 de agosto de 2001 y 1030 del 15 de septiembre de 2016, ambos con sus respectivas normas modificatorias y complementarias, y</p><p>CONSIDERANDO:</p><p>Que por el Expediente citado en el Visto tramita la Licitación Pública N° 340/1-0023-LPU22 autorizada por la Resolución N° 1220 del 13 de septiembre de 2022 del MINISTERIO DE DEFENSA <strong>para la “ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS PARA EL EJÉRCITO ARGENTINO”, aprobándose por la citada Resolución el Pliego de Bases y Condiciones Particulares respectivo.</strong></p><p>Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMPRE ARGENTINO Y PROGRAMA DE DESARROLLO DE PROVEEDORES del MINISTERIO DE ECONOMÍA tomó la debida intervención en los términos del artículo 8° de la Ley N° 27.437.</p><p>Que la Gerencia de Precios Testigo de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN (SIGEN) brindó valores de referencia según el Informe Técnico de Precios Testigo, tramitado bajo la Orden de Trabajo N° 621/22.</p><p>Que en el marco de la referida Licitación Pública se emitieron las Circulares Nros. 1 y 2, las cuales fueron difundidas y comunicadas conforme el procedimiento previsto en el artículo 50 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 1030/16.</p><p>Que del Acta de Apertura de Ofertas, de fecha 12 de octubre de 2022, surge la presentación de las ofertas de las firmas comerciales AURELIA S.A.C.I.F., BESTEN HANDLER S.A., AUTOMOTORES HAEDO S.A. y VEMERKIPER S.R.L.</p><p>Que la Comisión Evaluadora de Ofertas elaboró el Dictamen de Evaluación de Ofertas mediante el cual se recomienda adjudicar a las firmas comerciales BESTEN HANDLER S.A. el renglón N° 2 por un monto total de PESOS OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS ONCE CON 60/100 ($887.644.911,60) y AURELIA S.A.C.I.F. el renglón N° 3 por un monto total de PESOS CIENTO TREINTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS CUARENTA MIL ($132.540.000).</p><p>Que, asimismo, la citada Comisión Evaluadora recomienda desestimar la oferta de la firma comercial VEMERKIPER S.R.L. por la causal establecida en el artículo 66 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 1030/16 y declarar fracasado el renglón N° 1, por no contar con ofertas administrativamente admisibles.</p><p>Que no se recibieron impugnaciones al Dictamen de Evaluación de Ofertas.</p><p>Que, en función de lo expuesto, corresponde adjudicar los renglones de acuerdo a lo expresado en los considerandos precedentes.</p><p>Que la Comisión de Recepción de Bienes y Servicios quedará conformada por los miembros titulares y suplentes que se detallan a continuación, dando cumplimiento con lo establecido en el artículo 84 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 1030/16; Titulares: Teniente Coronel RAMA, José Ignacio (D.N.I. Nº 22.409.367), Teniente Coronel RODRIGUEZ OCAMPO, Miguel Angel (D.N.I. Nº 21.481.976) y Capitán MOYA SANTIAGO, Nelson Daniel (D.N.I. Nº 31.173.566); Suplentes: Teniente Coronel PERALTA, Alejandro Oscar (D.N.I. Nº 23.804.247), Capitán PINO, Emiliano Nicolás (D.N.I. Nº 26.480.642) y Teniente PEREIRA, Pablo Javier (D.N.I. Nº 34.273.457).</p><p>Que la DIRECCIÓN GENERAL DE MATERIAL del EJÉRCITO ARGENTINO certificó la disponibilidad de respaldo presupuestario para hacer frente al gasto que demande la presente medida.</p><p>Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE DEFENSA ha tomado la intervención de su competencia.</p><p>Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, por el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto N° 1344/07 y sus modificatorios y por el artículo 9°, incisos d), e) y g) y su Anexo y el artículo 84 del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto N° 1030/16, sus modificatorios y normas complementarias.</p><p>Por ello,</p><p>EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS</p><p>DECIDE:</p><p>ARTÍCULO 1º.- Apruébase la Licitación Pública N° 340/1-0023-LPU22 llevada a cabo para la “ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS PARA EL EJÉRCITO ARGENTINO”.</p><p>ARTÍCULO 2°.- Adjudícanse los renglones de la Licitación Pública N° 340/1-0023-LPU22, de conformidad al siguiente detalle:</p><p>·<strong> BESTEN HANDLER S.A., CUIT N° 30-71556133-2, para el renglón N° 2, por un monto total de PESOS OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS ONCE CON 60/100 ($887.644.911,60).</strong></p><p><strong>· AURELIA S.A.C.I.F., CUIT N° 30-51681359-4, para el renglón N° 3 por un monto total de PESOS CIENTO TREINTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS CUARENTA MIL ($132.540.000).</strong></p><p>ARTÍCULO 3º.- Declárase fracasado el renglón N° 1 de la Licitación Pública N° 340/1-0023-LPU22.</p><p>ARTÍCULO 4º.- Desestímase la oferta de la firma comercial VEMERKIPER S.R.L. (CUIT N° 30-71613562-0), en virtud de la causal expresada en el considerando de la presente medida.</p><p>ARTÍCULO 5º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a la partida presupuestaria de la Subjurisdicción 45.21 ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO.</p><p>ARTÍCULO 6°.- La Comisión de Recepción para la referida Licitación Pública estará integrada por los miembros titulares y suplentes mencionados en el considerando respectivo de la presente medida, dando cumplimiento al artículo 84 del ANEXO al Decreto N° 1030/16. Los miembros suplentes actuarán únicamente ante la ausencia del titular designado.</p><p>ARTÍCULO 7°.- Autorízase a la SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO OPERATIVO Y SERVICIO LOGÍSTICO DE LA DEFENSA del MINISTERIO DE DEFENSA a emitir las correspondientes Órdenes de Compra.</p><p>ARTÍCULO 8°.- Autorízase al Ministro de Defensa a aprobar la ampliación, disminución, suspensión, resolución, rescisión, declaración de caducidad y aplicación de penalidades a los adjudicatarios y/o cocontratantes respecto de la licitación pública que por este acto se adjudica.</p><p>ARTÍCULO 9°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.</p><p>Juan Luis Manzur - Jorge Enrique Taiana</p><p>e. 28/12/2022 N° 106387/22 v. 28/12/2022</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="nico22, post: 3239457, member: 165"] [HEADING=2]Se prende la bati señal para [USER=4365]@Daniel1962[/USER] .[/HEADING] [HEADING=2][/HEADING] [HEADING=2][/HEADING] [HEADING=2]MINISTERIO DE DEFENSA[/HEADING] [HEADING=2]Decisión Administrativa 1293/2022[/HEADING] [HEADING=3]DECAD-2022-1293-APN-JGM - Licitación Pública N° 340/1-0023-LPU22.[/HEADING] Ciudad de Buenos Aires, 27/12/2022 VISTO el Expediente N° EX-2022-85007959-APN-DGAD#MD, los Decretos Nros. 1023 del 13 de agosto de 2001 y 1030 del 15 de septiembre de 2016, ambos con sus respectivas normas modificatorias y complementarias, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto tramita la Licitación Pública N° 340/1-0023-LPU22 autorizada por la Resolución N° 1220 del 13 de septiembre de 2022 del MINISTERIO DE DEFENSA [B]para la “ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS PARA EL EJÉRCITO ARGENTINO”, aprobándose por la citada Resolución el Pliego de Bases y Condiciones Particulares respectivo.[/B] Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMPRE ARGENTINO Y PROGRAMA DE DESARROLLO DE PROVEEDORES del MINISTERIO DE ECONOMÍA tomó la debida intervención en los términos del artículo 8° de la Ley N° 27.437. Que la Gerencia de Precios Testigo de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN (SIGEN) brindó valores de referencia según el Informe Técnico de Precios Testigo, tramitado bajo la Orden de Trabajo N° 621/22. Que en el marco de la referida Licitación Pública se emitieron las Circulares Nros. 1 y 2, las cuales fueron difundidas y comunicadas conforme el procedimiento previsto en el artículo 50 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 1030/16. Que del Acta de Apertura de Ofertas, de fecha 12 de octubre de 2022, surge la presentación de las ofertas de las firmas comerciales AURELIA S.A.C.I.F., BESTEN HANDLER S.A., AUTOMOTORES HAEDO S.A. y VEMERKIPER S.R.L. Que la Comisión Evaluadora de Ofertas elaboró el Dictamen de Evaluación de Ofertas mediante el cual se recomienda adjudicar a las firmas comerciales BESTEN HANDLER S.A. el renglón N° 2 por un monto total de PESOS OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS ONCE CON 60/100 ($887.644.911,60) y AURELIA S.A.C.I.F. el renglón N° 3 por un monto total de PESOS CIENTO TREINTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS CUARENTA MIL ($132.540.000). Que, asimismo, la citada Comisión Evaluadora recomienda desestimar la oferta de la firma comercial VEMERKIPER S.R.L. por la causal establecida en el artículo 66 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 1030/16 y declarar fracasado el renglón N° 1, por no contar con ofertas administrativamente admisibles. Que no se recibieron impugnaciones al Dictamen de Evaluación de Ofertas. Que, en función de lo expuesto, corresponde adjudicar los renglones de acuerdo a lo expresado en los considerandos precedentes. Que la Comisión de Recepción de Bienes y Servicios quedará conformada por los miembros titulares y suplentes que se detallan a continuación, dando cumplimiento con lo establecido en el artículo 84 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 1030/16; Titulares: Teniente Coronel RAMA, José Ignacio (D.N.I. Nº 22.409.367), Teniente Coronel RODRIGUEZ OCAMPO, Miguel Angel (D.N.I. Nº 21.481.976) y Capitán MOYA SANTIAGO, Nelson Daniel (D.N.I. Nº 31.173.566); Suplentes: Teniente Coronel PERALTA, Alejandro Oscar (D.N.I. Nº 23.804.247), Capitán PINO, Emiliano Nicolás (D.N.I. Nº 26.480.642) y Teniente PEREIRA, Pablo Javier (D.N.I. Nº 34.273.457). Que la DIRECCIÓN GENERAL DE MATERIAL del EJÉRCITO ARGENTINO certificó la disponibilidad de respaldo presupuestario para hacer frente al gasto que demande la presente medida. Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE DEFENSA ha tomado la intervención de su competencia. Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, por el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto N° 1344/07 y sus modificatorios y por el artículo 9°, incisos d), e) y g) y su Anexo y el artículo 84 del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto N° 1030/16, sus modificatorios y normas complementarias. Por ello, EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE: ARTÍCULO 1º.- Apruébase la Licitación Pública N° 340/1-0023-LPU22 llevada a cabo para la “ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS PARA EL EJÉRCITO ARGENTINO”. ARTÍCULO 2°.- Adjudícanse los renglones de la Licitación Pública N° 340/1-0023-LPU22, de conformidad al siguiente detalle: ·[B] BESTEN HANDLER S.A., CUIT N° 30-71556133-2, para el renglón N° 2, por un monto total de PESOS OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS ONCE CON 60/100 ($887.644.911,60). · AURELIA S.A.C.I.F., CUIT N° 30-51681359-4, para el renglón N° 3 por un monto total de PESOS CIENTO TREINTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS CUARENTA MIL ($132.540.000).[/B] ARTÍCULO 3º.- Declárase fracasado el renglón N° 1 de la Licitación Pública N° 340/1-0023-LPU22. ARTÍCULO 4º.- Desestímase la oferta de la firma comercial VEMERKIPER S.R.L. (CUIT N° 30-71613562-0), en virtud de la causal expresada en el considerando de la presente medida. ARTÍCULO 5º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a la partida presupuestaria de la Subjurisdicción 45.21 ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO. ARTÍCULO 6°.- La Comisión de Recepción para la referida Licitación Pública estará integrada por los miembros titulares y suplentes mencionados en el considerando respectivo de la presente medida, dando cumplimiento al artículo 84 del ANEXO al Decreto N° 1030/16. Los miembros suplentes actuarán únicamente ante la ausencia del titular designado. ARTÍCULO 7°.- Autorízase a la SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO OPERATIVO Y SERVICIO LOGÍSTICO DE LA DEFENSA del MINISTERIO DE DEFENSA a emitir las correspondientes Órdenes de Compra. ARTÍCULO 8°.- Autorízase al Ministro de Defensa a aprobar la ampliación, disminución, suspensión, resolución, rescisión, declaración de caducidad y aplicación de penalidades a los adjudicatarios y/o cocontratantes respecto de la licitación pública que por este acto se adjudica. ARTÍCULO 9°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Juan Luis Manzur - Jorge Enrique Taiana e. 28/12/2022 N° 106387/22 v. 28/12/2022 [/QUOTE]
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