pulqui dijo:
Es relativo eso Seba, ya que en ese caso la ley que se aplicaría sería la de Seguridad Interior.
Pulqui...Hace esta composicion de lugar: Se arma una Brigada "Insurgente" en un Pais limitrofe, y esta dispone de un encuadramiento, medios y recursos para que se la configure como de "Infanteria Ligera" (Monte, por ejemplo...), pasan a nuestra frontera y le pasan por arriba (no puede ser de otra forma) a la Policia Provincial y a las FFSS asentadas en el sector (GNA y PNA), ya que las mismas estan dotadas y entrenadas para enfrentar el delito de contrabando o trafico de drogas, y no efectivos paramilitares con armamento militar....Quien los para???...O les decimos, "Seniores, ustedes no pueden atacarnos y ocupar territorio Argentino, porque nosotros tenemos un decreto que impide el uso de las FFAA si no tienen Bandera..." Entonces les mandamos un abogado con el decreto para que tomen conocimiento, pero el mismo no va atener que viajar mucho, porque la vanguardia de los "insurgentes", llego a 120 km de la Capital...
No te culpo a vos Pulqui, pero sinceramente, las discriminaciones que nosotros hacemos para la seguridad interior y para la Defensa, para el enemigo no existen, es mas, la van a usar en su favor...
Saludos