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Area Militar General
Malvinas 1982
Increible agravio a los veteranos.¿Qué podemos hacer?
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<blockquote data-quote="Chicho_1977" data-source="post: 1015583" data-attributes="member: 11621"><p>Estimada Olenka, buenas tardes.</p><p>La Constitución Nacional Atgentina, establece en sus disposiciones transitorias. Dice que la Nación Argentina:</p><p></p><p>“Ratifica su legítima e imprescriptible soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes, por ser parte integrante del territorio nacional”. </p><p>Y agrega que “la recuperación de dichos territorios y el ejercicio pleno de la soberanía, respetando el modo de vida de sus habitantes y conforme a los principios del derecho internacional, constituyen un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino”.</p><p></p><p>Por lo que de verificarse estos dichos, confirmado por el Veterano implicado, esta señora estaria callendo en un acto que se denomina Traicion a la Patria, al ir contra un principio enunciado en la Constituciòn Nacional, en este punto no aplica el derecho de Libertad de Opinion al hacerlo como figura de autoridad en pleno ejercicio de su cargo y dirigiendose a un subordinado de ella.</p><p>Saludos cordiales estimada.</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="Chicho_1977, post: 1015583, member: 11621"] Estimada Olenka, buenas tardes. La Constitución Nacional Atgentina, establece en sus disposiciones transitorias. Dice que la Nación Argentina: “Ratifica su legítima e imprescriptible soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes, por ser parte integrante del territorio nacional”. Y agrega que “la recuperación de dichos territorios y el ejercicio pleno de la soberanía, respetando el modo de vida de sus habitantes y conforme a los principios del derecho internacional, constituyen un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino”. Por lo que de verificarse estos dichos, confirmado por el Veterano implicado, esta señora estaria callendo en un acto que se denomina Traicion a la Patria, al ir contra un principio enunciado en la Constituciòn Nacional, en este punto no aplica el derecho de Libertad de Opinion al hacerlo como figura de autoridad en pleno ejercicio de su cargo y dirigiendose a un subordinado de ella. Saludos cordiales estimada. [/QUOTE]
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