Menú
Inicio
Visitar el Sitio Zona Militar
Foros
Nuevos mensajes
Buscar en los foros
Qué hay de nuevo
Nuevos mensajes
Última actividad
Miembros
Visitantes actuales
Entrar
Registrarse
Novedades
Buscar
Buscar
Buscar sólo en títulos
Por:
Nuevos mensajes
Buscar en los foros
Menú
Entrar
Registrarse
Inicio
Foros
Area Militar General
Temas de Defensa General
Israel intercepta convoy de ayuda humanitaria, muertos y varios heridos
JavaScript is disabled. For a better experience, please enable JavaScript in your browser before proceeding.
Estás usando un navegador obsoleto. No se pueden mostrar estos u otros sitios web correctamente.
Se debe actualizar o usar un
navegador alternativo
.
Responder al tema
Mensaje
<blockquote data-quote="thunder" data-source="post: 909447" data-attributes="member: 6764"><p>El artículo 68 refiere a estos artículos:</p><p></p><p><strong><em><span style="color: #800000">PARTE III - </span></em></strong><strong><span style="color: #800000">NORMAS BÁSICAS Y DISTINCIÓN ENTRE PERSONAS O BIENES PROTEGIDOS Y OBJETIVOS MILITARES</span></strong></p><p><strong><em><span style="color: #800000">SECCIÓN I - </span></em></strong><strong><span style="color: #800000">NORMAS BÁSICAS</span></strong> </p><p></p><p>38. En todo conflicto armado, el derecho de los beligerantes a elegir los métodos o medios de guerra no es ilimitado. </p><p>39. <strong>Las partes en conflicto deben hacer en todo momento la distinción entre civiles u otras personas protegidas y combatientes, así como entre bienes de carácter civil o que gozan de inmunidad contra los ataques y objetivos militares. </strong></p><p>40. Por lo que respecta a los bienes, los objetivos militares se limitan a aquellos objetos que por su naturaleza, ubicación, finalidad o utilización contribuyan eficazmente a la acción militar y cuya destrucción total o parcial, captura o neutralización ofrezca, en las circunstancias del caso, una ventaja militar concreta. </p><p>41. <strong>Los ataques se limitarán estrictamente a los objetivos militares. Los buques mercantes y las aeronaves civiles son bienes civiles,</strong> a no ser que los principios y las normas enunciados en este documento autoricen a considerarlos objetivos militares. </p><p>42. <strong>Además de las prohibiciones específicas que obligan a las partes en conflicto, queda prohibido emplear métodos o medios de guerra que:</strong></p><p><strong>a) sean de tal índole que causen males superfluos o sufrimientos innecesarios; <em>o</em></strong></p><p>b) tengan una acción indiscriminada, porque: </p><p></p><ul> <li data-xf-list-type="ul">i) <strong>no estén o no puedan ser dirigidos contra objetivos militares específicos; <em>o</em></strong><br /> ii) sus efectos no puedan limitarse, de conformidad con las exigencias del derecho internacional enunciadas en el presente documento.</li> </ul><p></p><p></p><p>Y todo esto para el caso de no considerar la inviabilidad del abordaje atento la ubicación espacial de las naves atacadas.-</p><p>Fuera de aguas jurisdiccionales o en litigio no puede abordarse nave mercante de tercer país no beligerante.</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="thunder, post: 909447, member: 6764"] El artículo 68 refiere a estos artículos: [B][I][COLOR=#800000]PARTE III - [/COLOR][/I][/B][B][COLOR=#800000]NORMAS BÁSICAS Y DISTINCIÓN ENTRE PERSONAS O BIENES PROTEGIDOS Y OBJETIVOS MILITARES[/COLOR][/B] [B][I][COLOR=#800000]SECCIÓN I - [/COLOR][/I][/B][B][COLOR=#800000]NORMAS BÁSICAS[/COLOR][/B] 38. En todo conflicto armado, el derecho de los beligerantes a elegir los métodos o medios de guerra no es ilimitado. 39. [B]Las partes en conflicto deben hacer en todo momento la distinción entre civiles u otras personas protegidas y combatientes, así como entre bienes de carácter civil o que gozan de inmunidad contra los ataques y objetivos militares. [/B] 40. Por lo que respecta a los bienes, los objetivos militares se limitan a aquellos objetos que por su naturaleza, ubicación, finalidad o utilización contribuyan eficazmente a la acción militar y cuya destrucción total o parcial, captura o neutralización ofrezca, en las circunstancias del caso, una ventaja militar concreta. 41. [B]Los ataques se limitarán estrictamente a los objetivos militares. Los buques mercantes y las aeronaves civiles son bienes civiles,[/B] a no ser que los principios y las normas enunciados en este documento autoricen a considerarlos objetivos militares. 42. [B]Además de las prohibiciones específicas que obligan a las partes en conflicto, queda prohibido emplear métodos o medios de guerra que: a) sean de tal índole que causen males superfluos o sufrimientos innecesarios; [I]o[/I][/B] b) tengan una acción indiscriminada, porque: [LIST] [*]i) [B]no estén o no puedan ser dirigidos contra objetivos militares específicos; [I]o[/I][/B] ii) sus efectos no puedan limitarse, de conformidad con las exigencias del derecho internacional enunciadas en el presente documento. [/LIST] Y todo esto para el caso de no considerar la inviabilidad del abordaje atento la ubicación espacial de las naves atacadas.- Fuera de aguas jurisdiccionales o en litigio no puede abordarse nave mercante de tercer país no beligerante. [/QUOTE]
Insertar citas…
Verificación
Guerra desarrollada entre Argentina y el Reino Unido en 1982
Responder
Inicio
Foros
Area Militar General
Temas de Defensa General
Israel intercepta convoy de ayuda humanitaria, muertos y varios heridos
Este sitio usa cookies. Para continuar usando este sitio, se debe aceptar nuestro uso de cookies.
Aceptar
Más información.…
Arriba