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Israel intercepta convoy de ayuda humanitaria, muertos y varios heridos
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<blockquote data-quote="chimehuin" data-source="post: 909541" data-attributes="member: 3686"><p>Estimado Rumplestilskin:</p><p></p><p>Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar.</p><p></p><p>Art. 89: Ningún Estado podrá pretender legítimamente someter cualquier parte de la alta mar a su soberanía.</p><p>(Por lo tanto las fuerzas Israelías estaban fuera de su ámbito jurisdiccional no?)</p><p></p><p>El artículo 90 de la Convención de 1982 establece el derecho de navegar en alta mar de los buques que enarbolen la bandera del restado (con o sin litoral). El vinculo que liga al buque y Estado, que se exterioriza con la bandera, se concreta jurídicamente con la nacionalidad del buque.</p><p></p><p>(El buque y por consiguiente quienes se encontraban a bordo se hallaban de pleno derecho circulando por esas aguas, la única justificación para una intervención está dada si sfectivamente se hallara que el buque transporta estupefacientes, se halla efectuando el tráfico de seres humanos y causas similares) obviamente no es este el caso no?.</p><p></p><p>Fuente: <a href="http://www.dipublico.com.ar/instrumentos/57.html">http://www.dipublico.com.ar/instrumentos/57.html</a></p><p></p><p>Un cordial saludo.</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="chimehuin, post: 909541, member: 3686"] Estimado Rumplestilskin: Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar. Art. 89: Ningún Estado podrá pretender legítimamente someter cualquier parte de la alta mar a su soberanía. (Por lo tanto las fuerzas Israelías estaban fuera de su ámbito jurisdiccional no?) El artículo 90 de la Convención de 1982 establece el derecho de navegar en alta mar de los buques que enarbolen la bandera del restado (con o sin litoral). El vinculo que liga al buque y Estado, que se exterioriza con la bandera, se concreta jurídicamente con la nacionalidad del buque. (El buque y por consiguiente quienes se encontraban a bordo se hallaban de pleno derecho circulando por esas aguas, la única justificación para una intervención está dada si sfectivamente se hallara que el buque transporta estupefacientes, se halla efectuando el tráfico de seres humanos y causas similares) obviamente no es este el caso no?. Fuente: [url]http://www.dipublico.com.ar/instrumentos/57.html[/url] Un cordial saludo. [/QUOTE]
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