Menú
Inicio
Visitar el Sitio Zona Militar
Foros
Nuevos mensajes
Buscar en los foros
Qué hay de nuevo
Nuevos mensajes
Última actividad
Miembros
Visitantes actuales
Entrar
Registrarse
Novedades
Buscar
Buscar
Buscar sólo en títulos
Por:
Nuevos mensajes
Buscar en los foros
Menú
Entrar
Registrarse
Inicio
Foros
Area Militar General
Temas de Defensa General
Los derechos soberanos de la plataforma continental
JavaScript is disabled. For a better experience, please enable JavaScript in your browser before proceeding.
Estás usando un navegador obsoleto. No se pueden mostrar estos u otros sitios web correctamente.
Se debe actualizar o usar un
navegador alternativo
.
Responder al tema
Mensaje
<blockquote data-quote="catito14" data-source="post: 1989894" data-attributes="member: 7154"><p>Mucho se ha dicho, y mucho se ha tratado de mostrar.</p><p>Sin embargo, atento que todavía las recomendaciones (que, vale aclarar, cuando establecen un límite son OBLIGATORIOS para las partes conforme la CONVEMAR) no fueron publicadas, solo se puede especular con el escueto parte de prensa.</p><p></p><p>En lo pura y estrictamente jurídico lo que se "obtuvo" fue lo siguiente:</p><p>-Extensión hasta las 350m de las zonas que NO están en disputa</p><p>-No se consideró ni se analizó la Antártida por encontrarse cubierta por el Tratado Antártico</p><p>-No se consideró la zona alrededor de las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del sur POR ESTAR EN DISPUTA.</p><p>-No se analizó la presentación británica respecto al pedido de extensión de la plataforma de las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, POR ESTAR EN DISPUTA.</p><p></p><p>En definitiva, obtuvimos una considerable extensión de la plataforma y obtuvimos un EXPRESO reconocimiento de la existencia de la disputa existente respecto a las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur. Y fue una GRAN movida diplomática (la presentación con bombos y platillos) que dejó al descubierto la fragilidad de la supuesta futura explotación de hidrocarburos (las acciones de ambas compañías bajaron en un promedio de entre 5% y 8%), cuestión que deberíamos saber capitalizar.</p><p></p><p>Hasta no ver las recomendaciones de la CLPC, lo de Gamba parece incorrecto. Si bien, conforme la resolución 31/49 las partes se tienen que abstener de realizar actos unilaterales en la zona en disputa, la explotación de nuestros recursos y de nuestra plataforma por parte de UK se trata de una cuestión de facto, cuestión que no va a cambiar si la CLPC, efectivamente, se abstuvo de analizar dicha zona. Si quisiéramos que esto se evitara podríamos acudir al TIDM o a la CIJ .... sin embargo, por ahora, dudo que eso pase. </p><p></p><p>Esta es mi humilde opinión.</p><p>Saludos</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="catito14, post: 1989894, member: 7154"] Mucho se ha dicho, y mucho se ha tratado de mostrar. Sin embargo, atento que todavía las recomendaciones (que, vale aclarar, cuando establecen un límite son OBLIGATORIOS para las partes conforme la CONVEMAR) no fueron publicadas, solo se puede especular con el escueto parte de prensa. En lo pura y estrictamente jurídico lo que se "obtuvo" fue lo siguiente: -Extensión hasta las 350m de las zonas que NO están en disputa -No se consideró ni se analizó la Antártida por encontrarse cubierta por el Tratado Antártico -No se consideró la zona alrededor de las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del sur POR ESTAR EN DISPUTA. -No se analizó la presentación británica respecto al pedido de extensión de la plataforma de las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, POR ESTAR EN DISPUTA. En definitiva, obtuvimos una considerable extensión de la plataforma y obtuvimos un EXPRESO reconocimiento de la existencia de la disputa existente respecto a las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur. Y fue una GRAN movida diplomática (la presentación con bombos y platillos) que dejó al descubierto la fragilidad de la supuesta futura explotación de hidrocarburos (las acciones de ambas compañías bajaron en un promedio de entre 5% y 8%), cuestión que deberíamos saber capitalizar. Hasta no ver las recomendaciones de la CLPC, lo de Gamba parece incorrecto. Si bien, conforme la resolución 31/49 las partes se tienen que abstener de realizar actos unilaterales en la zona en disputa, la explotación de nuestros recursos y de nuestra plataforma por parte de UK se trata de una cuestión de facto, cuestión que no va a cambiar si la CLPC, efectivamente, se abstuvo de analizar dicha zona. Si quisiéramos que esto se evitara podríamos acudir al TIDM o a la CIJ .... sin embargo, por ahora, dudo que eso pase. Esta es mi humilde opinión. Saludos [/QUOTE]
Insertar citas…
Verificación
Libertador de Argentina
Responder
Inicio
Foros
Area Militar General
Temas de Defensa General
Los derechos soberanos de la plataforma continental
Este sitio usa cookies. Para continuar usando este sitio, se debe aceptar nuestro uso de cookies.
Aceptar
Más información.…
Arriba