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Conflictos Contemporáneos
Los mapuche y las repúblicas de Argentina y Chile
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<blockquote data-quote="adriang" data-source="post: 3283086" data-attributes="member: 29130"><p>Algunos si, otros no tanto. Obviamente una pseudo comunidad mapuche que toma algunas hectareas en un parque nacional, esa si es una propiedad que tiene mucho valor. O una comunidad que reclama tierra cerca de una ciudad, también son hectareas de mucho valor. Pero no es el mismo valor hoy que hace una década, que hace 30 años o hace 100 años, por eso siempre menciono que los reclamos de tierras que no tienen más de 20 o 30 años casi que debés descartarlos, porque seguramente hay un interés inmobiliario...</p><p>Para tener una refencia, una hectarea solo puede estar, no sé, calculo entre 70 y 100 mil dólares. Aunque oviamente si es una estancia de 100 hectareas o 1000 hectareas no se multiplica por ese valor, sino que el valor por hectarea disminuye.</p><p>Ahora, si le das el título de propiedad a una persona, esa persona si podría vender o alquilar esa tierra, pero al darle el título de propiedad a una comunidad con personería jurídica, la propiedad no puede venderse, ni alquilarse, y si se extingue la comunidad, la propiedad regresa al estado provincial, nacional a parques, etc.</p><p></p><p>Como pedir, pueden pedir, pero la ley de la que estamos no lo contempla. De hecho, la ley no habla de ceder tierras, y el INAI no tiene potestad para entregar tierras.</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="adriang, post: 3283086, member: 29130"] Algunos si, otros no tanto. Obviamente una pseudo comunidad mapuche que toma algunas hectareas en un parque nacional, esa si es una propiedad que tiene mucho valor. O una comunidad que reclama tierra cerca de una ciudad, también son hectareas de mucho valor. Pero no es el mismo valor hoy que hace una década, que hace 30 años o hace 100 años, por eso siempre menciono que los reclamos de tierras que no tienen más de 20 o 30 años casi que debés descartarlos, porque seguramente hay un interés inmobiliario... Para tener una refencia, una hectarea solo puede estar, no sé, calculo entre 70 y 100 mil dólares. Aunque oviamente si es una estancia de 100 hectareas o 1000 hectareas no se multiplica por ese valor, sino que el valor por hectarea disminuye. Ahora, si le das el título de propiedad a una persona, esa persona si podría vender o alquilar esa tierra, pero al darle el título de propiedad a una comunidad con personería jurídica, la propiedad no puede venderse, ni alquilarse, y si se extingue la comunidad, la propiedad regresa al estado provincial, nacional a parques, etc. Como pedir, pueden pedir, pero la ley de la que estamos no lo contempla. De hecho, la ley no habla de ceder tierras, y el INAI no tiene potestad para entregar tierras. [/QUOTE]
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