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<blockquote data-quote="PatriotArg1987" data-source="post: 2652479" data-attributes="member: 15470"><p>Buenas noches desconozco la legislacion chilena uds nos podran contar, en Argentina por Ley de Seguridad Interior de 1991 las Fuerzas Armadas solo pueden actuar en Seguridad Interior en ciertos casos muy puntuales:</p><p>1) cuando al Ministerio de Defensa se le pida que colabore con el Comité de Crisis de Seg. Interior mediante el apoyo de las Fuerzas Armadas a Fuerzas de Seguridad (servicios de Arsenales, Comunicaciones, Ingenieros, Transporte etc.) Articulo 27 de la Ley de Seguridad Interior</p><p></p><p>2) cuando hay una declaracion previa Estado de Sitio por conmocion interior declarado por el Congreso en casos excepcionales en que el sistema de seguridad interior resulte insuficiente a criterio del Presidente de la Nacion. Articulos 31 y 32.</p><p>Dicha participacion de las Fuerzas Armadas tiene como objetivo cumplir el articulo 2 de la ley de Seguridad Interior: el resguardo de la libertad, la vida y el patrimonio de sus habitantes, sus derechos y garantias y la vigencia de las Instituciones del sistema representativo, republicano y federal.</p><p></p><p>Conmocion interior se denomina a los hechos internos que pongan en riesgo a las Instituciones del Estado, la Constitución y las autoridades creadas por ella.</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="PatriotArg1987, post: 2652479, member: 15470"] Buenas noches desconozco la legislacion chilena uds nos podran contar, en Argentina por Ley de Seguridad Interior de 1991 las Fuerzas Armadas solo pueden actuar en Seguridad Interior en ciertos casos muy puntuales: 1) cuando al Ministerio de Defensa se le pida que colabore con el Comité de Crisis de Seg. Interior mediante el apoyo de las Fuerzas Armadas a Fuerzas de Seguridad (servicios de Arsenales, Comunicaciones, Ingenieros, Transporte etc.) Articulo 27 de la Ley de Seguridad Interior 2) cuando hay una declaracion previa Estado de Sitio por conmocion interior declarado por el Congreso en casos excepcionales en que el sistema de seguridad interior resulte insuficiente a criterio del Presidente de la Nacion. Articulos 31 y 32. Dicha participacion de las Fuerzas Armadas tiene como objetivo cumplir el articulo 2 de la ley de Seguridad Interior: el resguardo de la libertad, la vida y el patrimonio de sus habitantes, sus derechos y garantias y la vigencia de las Instituciones del sistema representativo, republicano y federal. Conmocion interior se denomina a los hechos internos que pongan en riesgo a las Instituciones del Estado, la Constitución y las autoridades creadas por ella. [/QUOTE]
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