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<blockquote data-quote="HernanSCL" data-source="post: 2980004" data-attributes="member: 31027"><p>Resumen de la semana pasada de la Convención</p><p></p><table style='width: 100%'><tr><td><p style="text-align: left"><strong>Boletín UChile Constituyente N°10</strong><br /> Martes 12 de octubre del 2021 </p> </td></tr></table> <table style='width: 100%'><tr><td><p style="text-align: left"><strong><a href="https://constituyente.uchile.cl/">5 claves de la semana constituyente</a></strong></p> </td></tr></table> <table style='width: 100%'><tr><td><p style="text-align: left"></p> <table style='width: 100%'><tr><td><p style="text-align: center"><img src="https://ci6.googleusercontent.com/proxy/Ct7XrDTFL3taVZDeFLTlEFq_X4lJLTFsbP8Rhj_rNx8IVLXIeEEWIEeCp4qhgI8CFA5Jj6Um-zAFHBbC2mKP8aXEktmi0B9Bw2hqSXFD0y6t-mEXO-GU_GXzuNvE2ZEQ0gSfKhcCzkk=s0-d-e1-ft#https://listastatic.uchile.cl/phplist/BOLETINFRANCISCA/OCTUBRE/images_04/image-5.jpeg" alt="Image" class="fr-fic fr-dii fr-draggable " style="" /></p> </td></tr></table></td></tr></table> <table style='width: 100%'><tr><td><p style="text-align: left"><img src="https://ci3.googleusercontent.com/proxy/8kP8YX6WyY8B1XGV-_n6ess8ewJ4yeytgDomo9fA3iDDVRuBysIuM9SLNo3HEZbu8GNtZ_zBvhwTieyGZgotXIehakJgy_pyBFXXTldyIzwu0lw9wyAWBKlNn6MnZzoyhZYhFsfEl-E=s0-d-e1-ft#https://listastatic.uchile.cl/phplist/BOLETINFRANCISCA/OCTUBRE/images_04/BOLETIN5.jpg" alt="" class="fr-fic fr-dii fr-draggable " style="" /></p> </td></tr></table> <table style='width: 100%'><tr><td><p style="text-align: left"><strong>1. Humo Blanco</strong><br /> <br /> El jueves 7 de octubre a las 18 horas, se votó el artículo 105° del Reglamento de Participación Popular y Equidad Territorial, que definía un programa de “participación popular constituyente”, orientado a fomentar el aprendizaje sobre las distintas materias que se discutan al interior de la Convención y que éste pueda alcanzar a todos los territorios del país. Con este artículo, culminaba la primera gran tarea de las y los 155 convencionales: contar con un robusto reglamento interno que otorgara las bases orgánicas y normativas para la discusión de fondo. <strong>Fueron 95 días de trabajo, con 30 sesiones plenarias, para definir 4 reglamentos: General, Ética, Participación de Pueblos Originarios y Participación Popular. En total, se revisaron 1.128 indicaciones que dieron vida a este corpus normativo clave para el funcionamiento del órgano constituyente</strong>. Con esta primera y trascendental normativa interna lista, la semana del 11 al 17 de octubre los y las convencionales deberán trasladarse a sus distritos que representan, con el objetivo de dar conocer el trabajo realizado y recibir, también, insumos para lo que se avecina: la discusión de los contenidos constitucionales que comenzará a llevarse a cabo el 18 de octubre. Y para ello, ya se están definiendo los miembros para cada una de las 7 comisiones temáticas que se conformaron, con la idea de que ese día comience de forma rápida la instalación. La aprobación de este reglamento contó con momentos de alta tensión durante el debate, pero se logró aprobar en los plazos establecidos.</p> </td></tr></table> <table style='width: 100%'><tr><td><p style="text-align: left"><strong>2. Más allá del Hemiciclo </strong><br /> <br /> Si hay un elemento que establece como uno de los principios rectores del reglamento aprobado es la participación ciudadana, abordada desde diferentes flancos. Por un lado, el artículo 3° del Reglamento de Participación Popular <strong>establece que el proceso debe contar con una participación incidente y vinculante de la ciudadanía que podrá hacer llegar sus propias iniciativas normativas, mediante cabildos o encuentros, y que deberán ser votadas al igual que el resto de las normativas que propongan las y los convencionales</strong>. El tema en debate, en este caso, fue por el carácter vinculante que fue, finalmente, lo que se aprobó. El otro punto en cuestión fue la aprobación del artículo 47° (del mismo reglamento) que contempla la realización de <strong>plebiscitos intermedios dirimentes</strong>. ¿Qué quiere decir? Que será la propia ciudadanía que deberá resolver, mediante un plebiscito, sobre aquellas normativas constitucionales que no hubieran obtenido el quórum para su aprobación establecido en el reglamento de votación (2/3), pero que sí hayan alcanzado una votación igual o superior a 3/5 de las y los convencionales. Este último tema, eso sí, <strong>debe ser visto por el Congreso Nacional, pues requiere de una reforma constitucional al actual capítulo XV de la Constitución, materia que excede las facultades de la Convención</strong>. Por ende, no dependerá de las y los convencionales la ejecución de esta norma, sino de una ley que debe salir sí o sí del Parlamento.</p> </td></tr></table> <table style='width: 100%'><tr><td><p style="text-align: left"><strong>3. El rol de los pueblos originarios</strong><br /> <br /> Por medio de una sola indicación aprobada —de un total de 126, lo que causó la molestia de algunos sectores como de la lista Vamos por Chile— <strong>se cerró el reglamento que establece la participación de los pueblos originarios durante el proceso constituyente</strong>. En líneas generales, este reglamento expone la conformación de un sistema de participación conforme a los “estándares internacionales de los derechos humanos de los pueblos indígenas, los cuales se encuentran establecidos, entre otras fuentes del derecho internacional, en aquellas mencionadas en el presente reglamento, que la Convención asume soberanamente”. Esta consulta también tendrá el carácter vinculante, en tanto que todos los acuerdos adoptados en el proceso se incluirán como normas constitucionales sometidas a votación tanto en las comisiones respectivas y como en el Pleno. Con ello, la participación de los pueblos originarios se amplía aún más a los representantes en la Convención, buscando la validación de los pueblos en la toma de decisiones de sus representantes en los escaños reservados.</p> </td></tr></table> <table style='width: 100%'><tr><td><p style="text-align: left"><strong> 4. Una Constitución bajo emergencia climática</strong><br /> <br /> Por 137 votos a favor, 3 en contra y 9 abstenciones, el Pleno de la Convención aprobó que toda la redacción del nuevo texto constitucional debe tener presente un contexto de Emergencia Climática y Ecológica. ¿Qué quiere decir esta normativa aprobada? Que todas las normativas constitucionales que se discutan en las 7 comisiones permanentes deben considerar elementos para resguardar la naturaleza y las comunidades frente a los efectos adversos del cambio climático, a través de garantías de educación ambiental, prevención, precaución, no regresión, mitigación, adaptación, transformación para enfrentar la Crisis Climática y de los Ecosistemas. El espíritu de lo aprobado establece que "la Convención Constitucional, al ser un poder constituyente del Estado, tiene un rol político crucial dentro de esta crisis". Este punto va más allá de lo simbólico, pues significará una<strong> Constitución pionera en el mundo que determina, en forma explícita, un foco medio ambiental</strong> que reconoce la emergencia climática como un eje que debe ser tomado en cuenta en cada norma constitucional que se apruebe.</p> </td></tr></table> <table style='width: 100%'><tr><td><p style="text-align: left"><strong>5. El 18 de octubre</strong><br /> <br /> El 18 de octubre no es una fecha cualquiera. Ese día se cumplen dos años de la revuelta social de 2019, y será el día en que las siete comisiones temáticas inicien el debate de los contenidos constitucionales: ese día se da el vamos a la redacción de la nueva Constitución. Un largo camino que empezó con la protesta social, para luego dar paso a un acuerdo político (15 de noviembre de 2019), que fue el que permitió reformar el capítulo XV de la Constitución que dio origen al actual proceso que estamos viviendo. Un proceso que contempló un plebiscito de entrada efectuado el 25 de octubre de 2020, en donde ganó la opción apruebo por un 78% de los votos con una participación de 7,5 millones de personas y que, además, determinó que sería una Convención Constitucional —plenamente elegida— la que llevaría a cabo la redacción del nuevo texto. Con todo, desde el 4 de julio de este año 155 convencionales han dado vida a este histórico proceso: el primero que se realiza de este modo en la historia de Chile. Y este 18 de octubre comenzará la discusión de fondo, que abordará temas centrales como qué tipo de Estado queremos; qué nuevos derechos fundamentales se deben incluir; qué nuevas libertades hay que proteger, entre otros asuntos que una lista inicial del Reglamento estableció en 81 grandes tópicos. Cosas o no del destino, ese 18 de octubre de 2021 se empezarán a trazar las primeras líneas en esa hoja en blanco que será el nuevo texto que se le presentará al país —en unos 9 meses más— <strong>para que sean las y los chilenos, mediante el voto, quienes decidan si tenderemos o no una nueva Constitución Política</strong>. </p> </td></tr></table></blockquote><p></p>
[QUOTE="HernanSCL, post: 2980004, member: 31027"] Resumen de la semana pasada de la Convención [TABLE] [TR] [TD][LEFT][B]Boletín UChile Constituyente N°10[/B] Martes 12 de octubre del 2021 [/LEFT][/TD] [/TR] [/TABLE] [TABLE] [TR] [TD][LEFT][B][URL='https://constituyente.uchile.cl/']5 claves de la semana constituyente[/URL][/B][/LEFT][/TD] [/TR] [/TABLE] [TABLE] [TR] [TD][LEFT][/LEFT] [TABLE] [TR] [TD][CENTER][IMG alt="Image"]https://ci6.googleusercontent.com/proxy/Ct7XrDTFL3taVZDeFLTlEFq_X4lJLTFsbP8Rhj_rNx8IVLXIeEEWIEeCp4qhgI8CFA5Jj6Um-zAFHBbC2mKP8aXEktmi0B9Bw2hqSXFD0y6t-mEXO-GU_GXzuNvE2ZEQ0gSfKhcCzkk=s0-d-e1-ft#https://listastatic.uchile.cl/phplist/BOLETINFRANCISCA/OCTUBRE/images_04/image-5.jpeg[/IMG][/CENTER][/TD] [/TR] [/TABLE] [/TD] [/TR] [/TABLE] [TABLE] [TR] [TD][LEFT][IMG]https://ci3.googleusercontent.com/proxy/8kP8YX6WyY8B1XGV-_n6ess8ewJ4yeytgDomo9fA3iDDVRuBysIuM9SLNo3HEZbu8GNtZ_zBvhwTieyGZgotXIehakJgy_pyBFXXTldyIzwu0lw9wyAWBKlNn6MnZzoyhZYhFsfEl-E=s0-d-e1-ft#https://listastatic.uchile.cl/phplist/BOLETINFRANCISCA/OCTUBRE/images_04/BOLETIN5.jpg[/IMG][/LEFT][/TD] [/TR] [/TABLE] [TABLE] [TR] [TD][LEFT][B]1. 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Con esta primera y trascendental normativa interna lista, la semana del 11 al 17 de octubre los y las convencionales deberán trasladarse a sus distritos que representan, con el objetivo de dar conocer el trabajo realizado y recibir, también, insumos para lo que se avecina: la discusión de los contenidos constitucionales que comenzará a llevarse a cabo el 18 de octubre. Y para ello, ya se están definiendo los miembros para cada una de las 7 comisiones temáticas que se conformaron, con la idea de que ese día comience de forma rápida la instalación. La aprobación de este reglamento contó con momentos de alta tensión durante el debate, pero se logró aprobar en los plazos establecidos.[/LEFT][/TD] [/TR] [/TABLE] [TABLE] [TR] [TD][LEFT][B]2. Más allá del Hemiciclo [/B] Si hay un elemento que establece como uno de los principios rectores del reglamento aprobado es la participación ciudadana, abordada desde diferentes flancos. Por un lado, el artículo 3° del Reglamento de Participación Popular [B]establece que el proceso debe contar con una participación incidente y vinculante de la ciudadanía que podrá hacer llegar sus propias iniciativas normativas, mediante cabildos o encuentros, y que deberán ser votadas al igual que el resto de las normativas que propongan las y los convencionales[/B]. El tema en debate, en este caso, fue por el carácter vinculante que fue, finalmente, lo que se aprobó. El otro punto en cuestión fue la aprobación del artículo 47° (del mismo reglamento) que contempla la realización de [B]plebiscitos intermedios dirimentes[/B]. ¿Qué quiere decir? Que será la propia ciudadanía que deberá resolver, mediante un plebiscito, sobre aquellas normativas constitucionales que no hubieran obtenido el quórum para su aprobación establecido en el reglamento de votación (2/3), pero que sí hayan alcanzado una votación igual o superior a 3/5 de las y los convencionales. Este último tema, eso sí, [B]debe ser visto por el Congreso Nacional, pues requiere de una reforma constitucional al actual capítulo XV de la Constitución, materia que excede las facultades de la Convención[/B]. Por ende, no dependerá de las y los convencionales la ejecución de esta norma, sino de una ley que debe salir sí o sí del Parlamento.[/LEFT][/TD] [/TR] [/TABLE] [TABLE] [TR] [TD][LEFT][B]3. El rol de los pueblos originarios[/B] Por medio de una sola indicación aprobada —de un total de 126, lo que causó la molestia de algunos sectores como de la lista Vamos por Chile— [B]se cerró el reglamento que establece la participación de los pueblos originarios durante el proceso constituyente[/B]. En líneas generales, este reglamento expone la conformación de un sistema de participación conforme a los “estándares internacionales de los derechos humanos de los pueblos indígenas, los cuales se encuentran establecidos, entre otras fuentes del derecho internacional, en aquellas mencionadas en el presente reglamento, que la Convención asume soberanamente”. Esta consulta también tendrá el carácter vinculante, en tanto que todos los acuerdos adoptados en el proceso se incluirán como normas constitucionales sometidas a votación tanto en las comisiones respectivas y como en el Pleno. Con ello, la participación de los pueblos originarios se amplía aún más a los representantes en la Convención, buscando la validación de los pueblos en la toma de decisiones de sus representantes en los escaños reservados.[/LEFT][/TD] [/TR] [/TABLE] [TABLE] [TR] [TD][LEFT][B] 4. Una Constitución bajo emergencia climática[/B] Por 137 votos a favor, 3 en contra y 9 abstenciones, el Pleno de la Convención aprobó que toda la redacción del nuevo texto constitucional debe tener presente un contexto de Emergencia Climática y Ecológica. ¿Qué quiere decir esta normativa aprobada? Que todas las normativas constitucionales que se discutan en las 7 comisiones permanentes deben considerar elementos para resguardar la naturaleza y las comunidades frente a los efectos adversos del cambio climático, a través de garantías de educación ambiental, prevención, precaución, no regresión, mitigación, adaptación, transformación para enfrentar la Crisis Climática y de los Ecosistemas. El espíritu de lo aprobado establece que "la Convención Constitucional, al ser un poder constituyente del Estado, tiene un rol político crucial dentro de esta crisis". Este punto va más allá de lo simbólico, pues significará una[B] Constitución pionera en el mundo que determina, en forma explícita, un foco medio ambiental[/B] que reconoce la emergencia climática como un eje que debe ser tomado en cuenta en cada norma constitucional que se apruebe.[/LEFT][/TD] [/TR] [/TABLE] [TABLE] [TR] [TD][LEFT][B]5. El 18 de octubre[/B] El 18 de octubre no es una fecha cualquiera. Ese día se cumplen dos años de la revuelta social de 2019, y será el día en que las siete comisiones temáticas inicien el debate de los contenidos constitucionales: ese día se da el vamos a la redacción de la nueva Constitución. Un largo camino que empezó con la protesta social, para luego dar paso a un acuerdo político (15 de noviembre de 2019), que fue el que permitió reformar el capítulo XV de la Constitución que dio origen al actual proceso que estamos viviendo. Un proceso que contempló un plebiscito de entrada efectuado el 25 de octubre de 2020, en donde ganó la opción apruebo por un 78% de los votos con una participación de 7,5 millones de personas y que, además, determinó que sería una Convención Constitucional —plenamente elegida— la que llevaría a cabo la redacción del nuevo texto. Con todo, desde el 4 de julio de este año 155 convencionales han dado vida a este histórico proceso: el primero que se realiza de este modo en la historia de Chile. Y este 18 de octubre comenzará la discusión de fondo, que abordará temas centrales como qué tipo de Estado queremos; qué nuevos derechos fundamentales se deben incluir; qué nuevas libertades hay que proteger, entre otros asuntos que una lista inicial del Reglamento estableció en 81 grandes tópicos. Cosas o no del destino, ese 18 de octubre de 2021 se empezarán a trazar las primeras líneas en esa hoja en blanco que será el nuevo texto que se le presentará al país —en unos 9 meses más— [B]para que sean las y los chilenos, mediante el voto, quienes decidan si tenderemos o no una nueva Constitución Política[/B]. [/LEFT][/TD] [/TR] [/TABLE] [/QUOTE]
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Guerra desarrollada entre Argentina y el Reino Unido en 1982
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