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<blockquote data-quote="Derruido" data-source="post: 2328802" data-attributes="member: 30"><p><strong>Las especificaciones técnicas:</strong></p><p></p><p>8. Equipos de Emergencias:</p><p></p><p>8.1. Fabricados bajo Norma SOLAS 74/83, Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar – Sección III, reglas 35,36 y 37 inclusive</p><p></p><p>8.2. La partida estará constituida por ciento veintisiete (127) kits constitutivos de equipos de emergencias, más diez (10) kits, entregados sin cargo por el ADJUDICATARIO, para someterlos a los ensayos de recepción.</p><p></p><p>9. Dicha adquisición se regirá de acuerdo al Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar – Sección III reglas 35, 36 y 37 inclusive. Los elementos solicitados deberán poseer número de expediente de aprobación y número de lote.</p><p></p><p>10. Los OFERENTES deberán presentar, junto a su oferta, la constancia que el fabricante cumple con la Norma SOLAS 74/83 y en particular con el Anexo 6 – Resolución OMI MSC. 81 (70) (modificatoria de la Resolución OMI A 689 (17) – Recomendación revisada sobre las pruebas de los dispositivos de salvamento –</p><p>Parte 1: Pruebas de prototipo de los dispositivos de salvamento – Punto: Artefactos pirotécnicos; cohetes lanzabengalas</p><p>con paracaídas, bengala de mano y señales fumígenas – Incisos 4.1 al 4.8 y</p><p></p><p>Parte 2: Pruebas durante la fabricación y la instalación – Punto 4: Artefactos pirotécnicos).</p><p></p><p>11. Deberán, además, contar con la aprobación de la Prefectura Naval Argentina, acorde lo</p><p>establecido en el código IDS (Código Internacional de Dispositivos Salvavidas),</p><p>Resolución OMI A-689 (17) y Ordenanza PNA Nº 3/01 (DPSN).</p><p></p><p>12. El OFERENTE deberá presentar, junto a su oferta, los correspondientes certificados de aprobación para dispositivos y medios de salvamento.</p><p></p><p>13. Cada equipo deberá estar compuesto por:</p><p></p><p>13.1. SEIS (6) Bengalas de Mano Nº 2 color Rojo, para utilizar en puente de buques, botes salvavidas y balsas salvavidas. Duración mínima 60 segundos. En vigencia. Aprobado por Prefectura Naval Argentina.</p><p></p><p>13.2. CUATRO (4) Señales / Bengalas Luminosas Estrella con Paracaídas, color Rojo, para utilizar en puente de buques, botes salvavidas y balsas salvavidas. Altura de expulsión 300 metros, duración mínima 40 segundos a 30.000 candelas. En vigencia. Aprobado por Prefectura Naval Argentina.</p><p></p><p>13.3. DOS (2) Señales Humosas Marinas Flotantes de humo color naranja, de uso exclusivo en embarcaciones navales. Duración 3 minutos. En vigencia. Aprobado por Prefectura Naval Argentina.</p><p></p><p>14. Vida útil para el equipo de emergencia: Almacenado en polvorín tanto en envase abierto como cerrado, no menor a tres (3) años contados a partir de la fecha de la Recepción Definitiva por parte de la ARMADA.</p><p></p><p>15. Envase: Original de fábrica.</p><p><a href="https://zona-militar.com/foros/threads/licitaciones-de-la-armada-argentina-ara.11735/page-11">https://zona-militar.com/foros/threads/licitaciones-de-la-armada-argentina-ara.11735/page-11</a></p><p>Fuente Pulqui</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="Derruido, post: 2328802, member: 30"] [B]Las especificaciones técnicas:[/B] 8. Equipos de Emergencias: 8.1. Fabricados bajo Norma SOLAS 74/83, Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar – Sección III, reglas 35,36 y 37 inclusive 8.2. La partida estará constituida por ciento veintisiete (127) kits constitutivos de equipos de emergencias, más diez (10) kits, entregados sin cargo por el ADJUDICATARIO, para someterlos a los ensayos de recepción. 9. Dicha adquisición se regirá de acuerdo al Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar – Sección III reglas 35, 36 y 37 inclusive. Los elementos solicitados deberán poseer número de expediente de aprobación y número de lote. 10. Los OFERENTES deberán presentar, junto a su oferta, la constancia que el fabricante cumple con la Norma SOLAS 74/83 y en particular con el Anexo 6 – Resolución OMI MSC. 81 (70) (modificatoria de la Resolución OMI A 689 (17) – Recomendación revisada sobre las pruebas de los dispositivos de salvamento – Parte 1: Pruebas de prototipo de los dispositivos de salvamento – Punto: Artefactos pirotécnicos; cohetes lanzabengalas con paracaídas, bengala de mano y señales fumígenas – Incisos 4.1 al 4.8 y Parte 2: Pruebas durante la fabricación y la instalación – Punto 4: Artefactos pirotécnicos). 11. Deberán, además, contar con la aprobación de la Prefectura Naval Argentina, acorde lo establecido en el código IDS (Código Internacional de Dispositivos Salvavidas), Resolución OMI A-689 (17) y Ordenanza PNA Nº 3/01 (DPSN). 12. El OFERENTE deberá presentar, junto a su oferta, los correspondientes certificados de aprobación para dispositivos y medios de salvamento. 13. Cada equipo deberá estar compuesto por: 13.1. SEIS (6) Bengalas de Mano Nº 2 color Rojo, para utilizar en puente de buques, botes salvavidas y balsas salvavidas. Duración mínima 60 segundos. En vigencia. Aprobado por Prefectura Naval Argentina. 13.2. CUATRO (4) Señales / Bengalas Luminosas Estrella con Paracaídas, color Rojo, para utilizar en puente de buques, botes salvavidas y balsas salvavidas. Altura de expulsión 300 metros, duración mínima 40 segundos a 30.000 candelas. En vigencia. Aprobado por Prefectura Naval Argentina. 13.3. DOS (2) Señales Humosas Marinas Flotantes de humo color naranja, de uso exclusivo en embarcaciones navales. Duración 3 minutos. En vigencia. Aprobado por Prefectura Naval Argentina. 14. Vida útil para el equipo de emergencia: Almacenado en polvorín tanto en envase abierto como cerrado, no menor a tres (3) años contados a partir de la fecha de la Recepción Definitiva por parte de la ARMADA. 15. Envase: Original de fábrica. [URL]https://zona-militar.com/foros/threads/licitaciones-de-la-armada-argentina-ara.11735/page-11[/URL] Fuente Pulqui [/QUOTE]
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