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<blockquote data-quote="Halcon_24" data-source="post: 3118885" data-attributes="member: 8687"><p><h3>Las duras críticas de astilleros internacionales al planteamiento de compra de OPV para la Armada de Uruguay</h3><p>Javier Bonilla, 8 de junio de 2022</p><p></p><p><img src="https://www.defensa.com/image.php?file=fichero_30621_20220608.jpg&ancho=635&alto=420&corto=1" alt="" class="fr-fic fr-dii fr-draggable " style="" /></p><p></p><p>Para dotar a la <strong>Armada de Uruguay</strong> de navíos del tipo <strong>OPV</strong> se ha establecido una fórmula de compra directa asesorada por una comisión pre adjudicadora y ésta, a su vez, por otra evaluadora, ambas funcionando dentro del Ministerio de Defensa Nacional. Al concurso se presentaron los astilleros chinos CSOC, los holandeses Damen y la francesa Kership, siendo ampliamente recomendados por el primer tribunal los asiáticos, pese a no ser ni el aspirante más barato, ni el de mayor tradición naval.</p><p></p><p>Algunos, como Fassmer o la asociación de Elbit y Goa o Fincantieri desistieron de presentarse a la convocatoria formalmente tras un intento inicial, tras dictarse una prórroga que había elevado los plazos hasta el 28 de marzo pasado. Otros, simplemente, terminaron no presentándose, como Navantia, Metal Shark, Hyunday, la hindú Larssen, la alemana Lurssen o las españolas Gondan y Freire.</p><p></p><p>En el caso de la alemana Fassmer, que ya había estado presente en ocasión de un RFI en 2016, además de lo exiguo del presupuesto esgrimido verbalmente por el ministro de Defensa, Javier García ("algo más de 100 millones de dólares por ambos buques") y otras razones esgrimidas en la carta presentada al gobierno, internamente hubieron otros argumentos considerados, como algunos detalles- sin profundizar en los mismos- respecto a items que hubieran resultado<strong> negativos para el resultado y las prestaciones finales de los OPV</strong> <strong>para la Armada de Uruguay,</strong> alejándolos de estándares internacionales.</p><p></p><p>También habrían existido dudas, además, acerca del sistema de puntería respecto a la exigencia, en esta categoría, de un cañón de 76 mm, y una <strong>cantidad demasiado alta de municiones</strong>, que otros fabricantes, dijeron, superaría los estándares y convenciones globales.</p><p></p><p>Otros asuntos más urticantes que rodean a esta instancia, según algunos de los interesados, son el de la definición de la misma como "secreta", en contravención con diversas normas jurídicas locales sobre la clasificación de "confidencial", ya que oficialmente <strong>no se ha permitido divulgar ni siquiera los nombres de modelos de OPV ofertados</strong>, incluso entre los participantes y en todas las etapas del proceso, afectando la justa evaluación y la equidad frente a la norma.</p><p></p><h2><strong>Confusión administrativa</strong></h2><p>Asimismo, se constata una actuación deficiente en la faz administrativa, generando una confusión-interna y externa- entre los conceptos de "compra directa y licitación contradiciendo la normativa vigente. Se cuestionaría fuertemente, asimismo, la idoneidad de la Comisión Técnica asesora, que, todo parece indicar, habría incurrido en fallas y omisiones varias, comprensión lectora o simple lectura de los pliegos, escaso conocimiento de legislación y convenciones internacionales, e inclusive buenas prácticas en la industria naval internacional, incurriendo en graves errores de evaluación y/o de concepto, perjudiciales a algunos de los oferentes, particularmente. Se ignora si estos extremos pudieron generarse por prisa, falta de información o discrecionalidad.</p><p></p><p>Alguno de los intervinientes pudieron haber sufrido graves errores de ponderación de sus propuestas por contradicción entre la evaluación relatada y lo realmente solicitado en el papel, constituyendo un <strong>cúmulo de inconsistencias técnicas</strong>, criterios luego avalados por la Comisión evaluadora, lo que constituiría una segunda omisión.</p><p></p><p>También se alude a un <strong>escaso conocimiento del derecho internacional en lo que hace a los sistemas de armamentos y abanderamiento</strong>. Es de práxis que los navíos militares sean abanderados en las instalaciones del astillero donde son construidos, para que al zarpar hacia su destino o realizar las pruebas finales ya el control del mismo sea de la nación adquirente y no de la empresa constructora.</p><p></p><p>Eso atañe a las prerrogativas de un Estado respecto a las de una empresa o grupo de empresas privado en relación a la potestad de un Estado de comprar armamento, municiones, sistemas, dispositivos de tiro y operar dichas embarcaciones. Por ello, exigir proveer estos o alguno de estos elementos a una empresa privada significaría <strong>ignorar el Derecho Marítimo Internacional</strong> u orientar la compra <strong>de los OPV para la Armada</strong> a un oferente en particular de manera poco procedente.</p><p></p><p>En este contexto, la ratificación, por parte de la Comisión de Relaciones Exteriores del Senado uruguayo del acuerdo de Defensa con China ciertamente preocupa a dos de estos oferentes. (Javier Bonilla)</p><p></p><p>[URL unfurl="true"]https://www.defensa.com/uruguay/duras-criticas-astilleros-internacionales-planteamiento-compra[/URL]</p><p></p><p>88888888888888888888888888888888888888888888888888888888888888888888888888888888888</p><p></p><h3>El Senado aprueba sin debate el acuerdo de Defensa de Uruguay con China</h3><p>Javier Bonilla, 7 de junio de 2022</p><p></p><p><img src="https://www.defensa.com/image.php?file=fichero_30606_20220607.jpg&ancho=598&alto=367&corto=1" alt="" class="fr-fic fr-dii fr-draggable " style="" /></p><p></p><p>Con la posible compra de OPV de origen chino para la Armada de Uruguay como telón de fondo, la Comisión de Relaciones Exteriores del Senado ha aprobado, sin debate, el acuerdo de Defensa con China que se suscribiera en el segundo semestre de 2019 entre ambas naciones.</p><p></p><p>Entre sus objetivos incluía el intercambio y la cooperación en la áreas de investigación y adquisición de bienes y servicios de defensa y apoyo logístico, en el área de operaciones internacionales de mantenimiento de la paz, la promoción de ejercicios y entrenamientos combinados, la cooperación en asuntos relacionados con ciencia, tecnología y equipos militares, asistencia humanitaria en casos de desastres y la cooperación en materia antiterrorista, entre otras consideraciones.</p><p></p><p>La <strong>confirmación de estos trámites en este momento es bastante significativa</strong>, debido a que el <strong>gobierno chino está ofreciendo a Uruguay navíos OPV</strong> para la Armada (en lo que es una compra directa asesorada por una comisión pre adjudicadora que, por unanimidad, recomendó la opción china pese a no ser la más barata) y cazas Hongdu L-15 para la Fuerza Aérea, aunque, de momento con un motor prácticamente experimental, dado que sus turbinas ucranianas ahora no están disponibles debido al conflicto con Rusia.</p><p></p><p>Además de donaciones anuales de material (más recientemente de maquinaria vial, carpas y la versión china de ambulancias derivadas de los vehículos Iveco LMV) el país asiático es habitual vendedor de uniformes policiales y militares, cuya calidad es bastante controvertida. (<strong>Javier Bonilla</strong>)</p><p></p><p>[URL unfurl="true"]https://www.defensa.com/uruguay/senado-aprueba-sin-debate-acuerdo-defensa-uruguay-china[/URL]</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="Halcon_24, post: 3118885, member: 8687"] [HEADING=2]Las duras críticas de astilleros internacionales al planteamiento de compra de OPV para la Armada de Uruguay[/HEADING] Javier Bonilla, 8 de junio de 2022 [IMG]https://www.defensa.com/image.php?file=fichero_30621_20220608.jpg&ancho=635&alto=420&corto=1[/IMG] Para dotar a la [B]Armada de Uruguay[/B] de navíos del tipo [B]OPV[/B] se ha establecido una fórmula de compra directa asesorada por una comisión pre adjudicadora y ésta, a su vez, por otra evaluadora, ambas funcionando dentro del Ministerio de Defensa Nacional. Al concurso se presentaron los astilleros chinos CSOC, los holandeses Damen y la francesa Kership, siendo ampliamente recomendados por el primer tribunal los asiáticos, pese a no ser ni el aspirante más barato, ni el de mayor tradición naval. Algunos, como Fassmer o la asociación de Elbit y Goa o Fincantieri desistieron de presentarse a la convocatoria formalmente tras un intento inicial, tras dictarse una prórroga que había elevado los plazos hasta el 28 de marzo pasado. Otros, simplemente, terminaron no presentándose, como Navantia, Metal Shark, Hyunday, la hindú Larssen, la alemana Lurssen o las españolas Gondan y Freire. En el caso de la alemana Fassmer, que ya había estado presente en ocasión de un RFI en 2016, además de lo exiguo del presupuesto esgrimido verbalmente por el ministro de Defensa, Javier García ("algo más de 100 millones de dólares por ambos buques") y otras razones esgrimidas en la carta presentada al gobierno, internamente hubieron otros argumentos considerados, como algunos detalles- sin profundizar en los mismos- respecto a items que hubieran resultado[B] negativos para el resultado y las prestaciones finales de los OPV[/B] [B]para la Armada de Uruguay,[/B] alejándolos de estándares internacionales. También habrían existido dudas, además, acerca del sistema de puntería respecto a la exigencia, en esta categoría, de un cañón de 76 mm, y una [B]cantidad demasiado alta de municiones[/B], que otros fabricantes, dijeron, superaría los estándares y convenciones globales. Otros asuntos más urticantes que rodean a esta instancia, según algunos de los interesados, son el de la definición de la misma como "secreta", en contravención con diversas normas jurídicas locales sobre la clasificación de "confidencial", ya que oficialmente [B]no se ha permitido divulgar ni siquiera los nombres de modelos de OPV ofertados[/B], incluso entre los participantes y en todas las etapas del proceso, afectando la justa evaluación y la equidad frente a la norma. [HEADING=1][B]Confusión administrativa[/B][/HEADING] Asimismo, se constata una actuación deficiente en la faz administrativa, generando una confusión-interna y externa- entre los conceptos de "compra directa y licitación contradiciendo la normativa vigente. Se cuestionaría fuertemente, asimismo, la idoneidad de la Comisión Técnica asesora, que, todo parece indicar, habría incurrido en fallas y omisiones varias, comprensión lectora o simple lectura de los pliegos, escaso conocimiento de legislación y convenciones internacionales, e inclusive buenas prácticas en la industria naval internacional, incurriendo en graves errores de evaluación y/o de concepto, perjudiciales a algunos de los oferentes, particularmente. Se ignora si estos extremos pudieron generarse por prisa, falta de información o discrecionalidad. Alguno de los intervinientes pudieron haber sufrido graves errores de ponderación de sus propuestas por contradicción entre la evaluación relatada y lo realmente solicitado en el papel, constituyendo un [B]cúmulo de inconsistencias técnicas[/B], criterios luego avalados por la Comisión evaluadora, lo que constituiría una segunda omisión. También se alude a un [B]escaso conocimiento del derecho internacional en lo que hace a los sistemas de armamentos y abanderamiento[/B]. Es de práxis que los navíos militares sean abanderados en las instalaciones del astillero donde son construidos, para que al zarpar hacia su destino o realizar las pruebas finales ya el control del mismo sea de la nación adquirente y no de la empresa constructora. Eso atañe a las prerrogativas de un Estado respecto a las de una empresa o grupo de empresas privado en relación a la potestad de un Estado de comprar armamento, municiones, sistemas, dispositivos de tiro y operar dichas embarcaciones. Por ello, exigir proveer estos o alguno de estos elementos a una empresa privada significaría [B]ignorar el Derecho Marítimo Internacional[/B] u orientar la compra [B]de los OPV para la Armada[/B] a un oferente en particular de manera poco procedente. En este contexto, la ratificación, por parte de la Comisión de Relaciones Exteriores del Senado uruguayo del acuerdo de Defensa con China ciertamente preocupa a dos de estos oferentes. (Javier Bonilla) [URL unfurl="true"]https://www.defensa.com/uruguay/duras-criticas-astilleros-internacionales-planteamiento-compra[/URL] 88888888888888888888888888888888888888888888888888888888888888888888888888888888888 [HEADING=2]El Senado aprueba sin debate el acuerdo de Defensa de Uruguay con China[/HEADING] Javier Bonilla, 7 de junio de 2022 [IMG]https://www.defensa.com/image.php?file=fichero_30606_20220607.jpg&ancho=598&alto=367&corto=1[/IMG] Con la posible compra de OPV de origen chino para la Armada de Uruguay como telón de fondo, la Comisión de Relaciones Exteriores del Senado ha aprobado, sin debate, el acuerdo de Defensa con China que se suscribiera en el segundo semestre de 2019 entre ambas naciones. Entre sus objetivos incluía el intercambio y la cooperación en la áreas de investigación y adquisición de bienes y servicios de defensa y apoyo logístico, en el área de operaciones internacionales de mantenimiento de la paz, la promoción de ejercicios y entrenamientos combinados, la cooperación en asuntos relacionados con ciencia, tecnología y equipos militares, asistencia humanitaria en casos de desastres y la cooperación en materia antiterrorista, entre otras consideraciones. La [B]confirmación de estos trámites en este momento es bastante significativa[/B], debido a que el [B]gobierno chino está ofreciendo a Uruguay navíos OPV[/B] para la Armada (en lo que es una compra directa asesorada por una comisión pre adjudicadora que, por unanimidad, recomendó la opción china pese a no ser la más barata) y cazas Hongdu L-15 para la Fuerza Aérea, aunque, de momento con un motor prácticamente experimental, dado que sus turbinas ucranianas ahora no están disponibles debido al conflicto con Rusia. Además de donaciones anuales de material (más recientemente de maquinaria vial, carpas y la versión china de ambulancias derivadas de los vehículos Iveco LMV) el país asiático es habitual vendedor de uniformes policiales y militares, cuya calidad es bastante controvertida. ([B]Javier Bonilla[/B]) [URL unfurl="true"]https://www.defensa.com/uruguay/senado-aprueba-sin-debate-acuerdo-defensa-uruguay-china[/URL] [/QUOTE]
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Guerra desarrollada entre Argentina y el Reino Unido en 1982
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