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<blockquote data-quote="BIGUA82" data-source="post: 2073112" data-attributes="member: 14958"><p>Mirá Derru,este tema que vos estas tocando esta de actualidad y es discutido en el ambito aeronautico,ya que el Dr Eduardo BARCESAT denunció penalmente al PEN por ordenar las ROE insertas en el DNU 228/16 para seguridad aeroespacial y ahora lo hizo tambien por el hundimiento del pesquero chino.</p><p>---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------</p><p><span style="font-size: 18px"><strong>Argumentos</strong></span></p><p>La denuncia hizo especial hincapié en el DNU 228/2016 que decretó la emergencia de seguridad pública y consideró que su enunciado de las reglas de protección aeroespacial, que autoriza el derribo de aviones, "introduce subrepticiamente en nuestra legislación la pena de muerte, de tipo penal abierto y sin forma alguna de debido proceso judiciario".</p><p></p><p><a href="http://www.lanacion.com.ar/marcos-pena-t51660">Marcos Peña</a> , y los ministros de Defensa, <a href="http://www.lanacion.com.ar/julio-martinez-t55387">Julio Martínez</a> ; de Justicia, <a href="http://www.lanacion.com.ar/german-garavano-t55383">Germán Garavano</a> ; de Interior, <a href="http://www.lanacion.com.ar/rogelio-frigerio-t55373">Rogelio Frigerio</a> ; y de Seguridad, <a href="http://www.lanacion.com.ar/patricia-bullrich-t48176">Patricia Bullrich</a> , por los supuestos delitos de "violación de los deberes de funcionario público" y "abuso de autoridad".</p><p></p><p>En una presentación de seis carillas, Barcesat estimó que "por hallarse reunidos los requisitos del artículo 294 del Código Procesal Penal", la justicia deberá citar "a prestar declaración indagatoria a los denunciados, disponiendo su procesamiento en orden a las figuras delictivas reprochadas".</p><p></p><p>En la denuncia se recuerda que "el Poder Ejecutivo no podrá en ningún caso bajo pena de nulidad absoluta e insanable, emitir disposiciones de carácter legislativo", al tiempo que añade que "no puede dubitarse que se trata de materia penal. Basta con leer los supuestos penales a los que se aplican las disposiciones de la emergencia. Para comprender la dimensión de la transgresión y quiebre de la prohibición constitucional".</p><p></p><p><strong>Agencias DyN y Télam</strong></p></blockquote><p></p>
[QUOTE="BIGUA82, post: 2073112, member: 14958"] Mirá Derru,este tema que vos estas tocando esta de actualidad y es discutido en el ambito aeronautico,ya que el Dr Eduardo BARCESAT denunció penalmente al PEN por ordenar las ROE insertas en el DNU 228/16 para seguridad aeroespacial y ahora lo hizo tambien por el hundimiento del pesquero chino. --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- [SIZE=5][B]Argumentos[/B][/SIZE] La denuncia hizo especial hincapié en el DNU 228/2016 que decretó la emergencia de seguridad pública y consideró que su enunciado de las reglas de protección aeroespacial, que autoriza el derribo de aviones, "introduce subrepticiamente en nuestra legislación la pena de muerte, de tipo penal abierto y sin forma alguna de debido proceso judiciario". [URL='http://www.lanacion.com.ar/marcos-pena-t51660']Marcos Peña[/URL] , y los ministros de Defensa, [URL='http://www.lanacion.com.ar/julio-martinez-t55387']Julio Martínez[/URL] ; de Justicia, [URL='http://www.lanacion.com.ar/german-garavano-t55383']Germán Garavano[/URL] ; de Interior, [URL='http://www.lanacion.com.ar/rogelio-frigerio-t55373']Rogelio Frigerio[/URL] ; y de Seguridad, [URL='http://www.lanacion.com.ar/patricia-bullrich-t48176']Patricia Bullrich[/URL] , por los supuestos delitos de "violación de los deberes de funcionario público" y "abuso de autoridad". En una presentación de seis carillas, Barcesat estimó que "por hallarse reunidos los requisitos del artículo 294 del Código Procesal Penal", la justicia deberá citar "a prestar declaración indagatoria a los denunciados, disponiendo su procesamiento en orden a las figuras delictivas reprochadas". En la denuncia se recuerda que "el Poder Ejecutivo no podrá en ningún caso bajo pena de nulidad absoluta e insanable, emitir disposiciones de carácter legislativo", al tiempo que añade que "no puede dubitarse que se trata de materia penal. Basta con leer los supuestos penales a los que se aplican las disposiciones de la emergencia. Para comprender la dimensión de la transgresión y quiebre de la prohibición constitucional". [B]Agencias DyN y Télam[/B] [/QUOTE]
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