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<blockquote data-quote="vock_log" data-source="post: 3121307" data-attributes="member: 54314"><p><a href="https://www.aviacionline.com/2022/06/argentina-inicia-el-proceso-de-compra-de-cuatro-helicopteros-boeing-ch-47-chinook/">Argentina inicia el proceso de compra de CUATRO helicópteros Boeing CH-47 Chinook</a></p><p></p><p>EL JEFE DE ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS</p><p>RESUELVE:</p><p></p><p><strong>ARTÍCULO 1°</strong>: Iniciar las gestiones coordinadas durante la visita de la Comandante del Comando Sur de los</p><p>Estados Unidos de América, General LAURA J RICHARDSON, para incorporar al <strong>Ejército Argentino</strong> y a la</p><p><strong>Fuerza Aérea Argentina</strong>, la cantidad de <strong>CUATRO</strong> (4) helicópteros <strong>CH 47 CHINOOK</strong> en condiciones operativas,</p><p>a través del sistema de Ventas Militares al Extranjero – FOEIGN MILITARY SALES (FMS - EDA).</p><p></p><p><strong>ARTÍCULO 2°: </strong>Continuar la gestión iniciada a partir de la Carta de Acuerdo (Letter Of Agreement) elevada al</p><p>Agregado de Defensa a la Embajada de EEUU en ARGENTINA, por parte del Director General de Planes,</p><p>Programas y Presupuesto de la Fuerza Aérea Argentina, el 17 de mayo del corriente, como documento de inicio</p><p>del requerimiento.</p><p></p><p><strong>ARTÍCULO 3°: </strong>LA FUERZA AÉREA ARGENTINA confeccionará el Proyecto de Inversión para la Defensa,</p><p>con la participación y colaboración del personal de Aviación de Ejército (para la determinación del requerimiento</p><p>operativo atendiendo a las necesidades específicas), realizará la tramitación correspondiente para su aprobación e</p><p>incorporación al PIDEF 2023 y realizará el proceso administrativo correspondiente por FOREING MILITARY</p><p>SALES (FMS) - EXCESS DEFENSE ARTICLES (EDA) del gobierno de los EEUU. La selección del material se</p><p>realizará con igual cantidad de especialistas de ambos usuarios finales.</p><p></p><p><strong>ARTÍCULO 4º: </strong>Los medios a adquirir se destinarán por partes iguales a la Aviación de Ejército y a la Fuerza</p><p>Aérea Argentina, debiendo tener asiento en <strong>CAMPO DE MAYO</strong> (Cdo. Aviación de Ejército) y a la <strong>VIIma.</strong></p><p><strong>Brigada Aérea en MORENO</strong>, ambas localidades sitas en la provincia de BUENOS AIRES.</p><p></p><p><strong>ARTÍCULO 5°:</strong> Las misiones que desarrollarán las aeronaves del Ejército serán realizas con las siguientes</p><p>prioridades: a. Apoyo a operaciones aeromóviles, b. apoyo a operaciones de protección civil; c. lucha contra el</p><p>fuego.</p><p></p><p><strong>ARTÍCULO 6°: </strong>Las misiones que desarrollarán las aeronaves de la Fuerza Aérea, serán realizadas con las</p><p>siguientes prioridades: a. Operaciones de protección civil; b. lucha contra el fuego; c. Apoyo a operaciones</p><p>aeromóviles del Comando Conjunto de Fuerzas de Operaciones Especiales y del Ejército Argentino.</p><p></p><p><strong>ARTÍCULO 7°: </strong>El pago de la operación se realizará por partes iguales, debiendo el Ejército Argentino, transferir</p><p>a la Fuerza Aérea Argentina, los fondos presupuestarios necesarios para cubrir el CINCUENTA (50) por ciento</p><p>de la operación aportando la Fuerza Aérea, el monto restante.</p><p></p><p><strong>ARTÍCULO 8°</strong>: En el proceso de adquisición se deberán incluir los cursos de capacitación para pilotos y</p><p>mecánicos y el soporte logístico integrado (herramientas, repuestos y manuales técnicos) para un período de 5</p><p>años de primer nivel y algunos básicos del segundo nivel. Los cursos de capacitación deberán desarrollarse con el</p><p>personal de ambas fuerzas en forma simultánea e integrada.</p><p></p><p><strong>ARTÍCULO 9:</strong> El oficial de enlace en el SOUTHCOM, será responsable del seguimiento de la operación de</p><p>adquisición, debiendo mantener informado semanalmente al Director General de Logística del Estado Mayor</p><p>Conjunto, sobre su evolución.</p><p></p><p><strong>ARTÍCULO 10°:</strong> El orden de provisión del material se hará de acuerdo a lo siguiente: aeronaves 1ra y 3ra, a la</p><p>Aviación de Ejército; aeronaves 2da y 4ta, a la Fuerza Aérea Argentina.</p><p></p><p><strong>ARTÍCULO 11º:</strong> Los gastos adicionales, incluyendo viáticos, seguros médicos, transporte de personal y material</p><p>y otros, serán asumidos por partes iguales por las fuerzas.</p><p></p><p><strong>ARTÍCULO 12º:</strong> Regístrese, comuníquese y archívese.</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="vock_log, post: 3121307, member: 54314"] [URL='https://www.aviacionline.com/2022/06/argentina-inicia-el-proceso-de-compra-de-cuatro-helicopteros-boeing-ch-47-chinook/']Argentina inicia el proceso de compra de CUATRO helicópteros Boeing CH-47 Chinook[/URL] EL JEFE DE ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS RESUELVE: [B]ARTÍCULO 1°[/B]: Iniciar las gestiones coordinadas durante la visita de la Comandante del Comando Sur de los Estados Unidos de América, General LAURA J RICHARDSON, para incorporar al [B]Ejército Argentino[/B] y a la [B]Fuerza Aérea Argentina[/B], la cantidad de [B]CUATRO[/B] (4) helicópteros [B]CH 47 CHINOOK[/B] en condiciones operativas, a través del sistema de Ventas Militares al Extranjero – FOEIGN MILITARY SALES (FMS - EDA). [B]ARTÍCULO 2°: [/B]Continuar la gestión iniciada a partir de la Carta de Acuerdo (Letter Of Agreement) elevada al Agregado de Defensa a la Embajada de EEUU en ARGENTINA, por parte del Director General de Planes, Programas y Presupuesto de la Fuerza Aérea Argentina, el 17 de mayo del corriente, como documento de inicio del requerimiento. [B]ARTÍCULO 3°: [/B]LA FUERZA AÉREA ARGENTINA confeccionará el Proyecto de Inversión para la Defensa, con la participación y colaboración del personal de Aviación de Ejército (para la determinación del requerimiento operativo atendiendo a las necesidades específicas), realizará la tramitación correspondiente para su aprobación e incorporación al PIDEF 2023 y realizará el proceso administrativo correspondiente por FOREING MILITARY SALES (FMS) - EXCESS DEFENSE ARTICLES (EDA) del gobierno de los EEUU. La selección del material se realizará con igual cantidad de especialistas de ambos usuarios finales. [B]ARTÍCULO 4º: [/B]Los medios a adquirir se destinarán por partes iguales a la Aviación de Ejército y a la Fuerza Aérea Argentina, debiendo tener asiento en [B]CAMPO DE MAYO[/B] (Cdo. Aviación de Ejército) y a la [B]VIIma. Brigada Aérea en MORENO[/B], ambas localidades sitas en la provincia de BUENOS AIRES. [B]ARTÍCULO 5°:[/B] Las misiones que desarrollarán las aeronaves del Ejército serán realizas con las siguientes prioridades: a. Apoyo a operaciones aeromóviles, b. apoyo a operaciones de protección civil; c. lucha contra el fuego. [B]ARTÍCULO 6°: [/B]Las misiones que desarrollarán las aeronaves de la Fuerza Aérea, serán realizadas con las siguientes prioridades: a. Operaciones de protección civil; b. lucha contra el fuego; c. Apoyo a operaciones aeromóviles del Comando Conjunto de Fuerzas de Operaciones Especiales y del Ejército Argentino. [B]ARTÍCULO 7°: [/B]El pago de la operación se realizará por partes iguales, debiendo el Ejército Argentino, transferir a la Fuerza Aérea Argentina, los fondos presupuestarios necesarios para cubrir el CINCUENTA (50) por ciento de la operación aportando la Fuerza Aérea, el monto restante. [B]ARTÍCULO 8°[/B]: En el proceso de adquisición se deberán incluir los cursos de capacitación para pilotos y mecánicos y el soporte logístico integrado (herramientas, repuestos y manuales técnicos) para un período de 5 años de primer nivel y algunos básicos del segundo nivel. Los cursos de capacitación deberán desarrollarse con el personal de ambas fuerzas en forma simultánea e integrada. [B]ARTÍCULO 9:[/B] El oficial de enlace en el SOUTHCOM, será responsable del seguimiento de la operación de adquisición, debiendo mantener informado semanalmente al Director General de Logística del Estado Mayor Conjunto, sobre su evolución. [B]ARTÍCULO 10°:[/B] El orden de provisión del material se hará de acuerdo a lo siguiente: aeronaves 1ra y 3ra, a la Aviación de Ejército; aeronaves 2da y 4ta, a la Fuerza Aérea Argentina. [B]ARTÍCULO 11º:[/B] Los gastos adicionales, incluyendo viáticos, seguros médicos, transporte de personal y material y otros, serán asumidos por partes iguales por las fuerzas. [B]ARTÍCULO 12º:[/B] Regístrese, comuníquese y archívese. [/QUOTE]
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