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<blockquote data-quote="nico22" data-source="post: 3549332" data-attributes="member: 165"><p>Aquí esta la publicación del boletín oficial de lo que adelantó g lock.</p><p></p><p></p><h3>MINISTERIO DE DEFENSA</h3><h3>Decisión Administrativa 722/2024</h3><h4>DA-2024-722-APN-JGM - Convalídase gasto.</h4><p></p><p>Ciudad de Buenos Aires, 25/07/2024</p><p>VISTO el Expediente N° EX-2021-121523247-APN-DAM#FAA, y</p><p>CONSIDERANDO:</p><p><strong>Que la Dirección de Abastecimiento de Material de la FUERZA AÉREA ARGENTINA solicitó que se lleve a cabo la implementación del contrato LOA (“Letter of Offer and Acceptance”) AR-D-KCM entre el Gobierno de los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA y el Gobierno de la REPÚBLICA ARGENTINA para brindar, a través del programa “Foreign Military Sales” (FMS), reaprovisionamiento de stock de repuestos estándares no clasificados y Reparación/Cambio de dichos repuestos para el C-130 y otras aeronaves o sistemas/subsistemas de origen estadounidense en virtud del Convenio Cooperativo de Apoyo de Abastecimiento Logístico (CLSSA).</strong></p><p>Que mediante el mencionado instrumento se expresa que sobre la base de la Carta de Solicitud de la AGREGADURÍA AERONÁUTICA a la EMBAJADA de la REPÚBLICA ARGENTINA en los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, en conformidad con la Ley de Control de Exportación de Armas de los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, el Gobierno de dicho país ofrece vender al Gobierno de la REPÚBLICA ARGENTINA (Agregaduría Aeronáutica, sita en la Ciudad de WASHINGTON de los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) los artículos de defensa o servicios de defensa establecidos en el documento, con sujeción a las disposiciones de los términos y las condiciones de la citada LOA del caso AR-D-KCM.</p><p>Que la citada operación, iniciada mediante el sistema de ventas militares para el extranjero Programa FMS (Foreign Military Sales), se fundamenta en que el Gobierno de la REPÚBLICA ARGENTINA considera que hace a la defensa de la República el mantenimiento de la capacidad operacional de la FUERZA AÉREA ARGENTINA (FAA) con el fin de garantizar la protección del espacio aéreo nacional, por lo que, en dicho marco, la FUERZA AÉREA ARGENTINA (FAA) y el Gobierno de los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA acordaron un plan para llevar adelante el reaprovisionamiento de stock de repuestos estándares no clasificados y Reparación/Cambio de dichos repuestos para el C-130 y otras aeronaves o sistemas/subsistemas de origen estadounidense en virtud del Convenio Cooperativo de Apoyo de Abastecimiento Logístico (CLSSA).</p><p><strong>Que el monto estimado original del contrato asciende a la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOCE MILLONES (USD 12.000.000), previéndose un depósito inicial de DÓLARES ESTADOUNIDENSES NOVECIENTOS OCHENTA MIL QUINIENTOS TRECE (USD 980.513).</strong></p><p><strong>Que la FUERZA AÉREA ARGENTINA ha informado que del monto original se ha abonado la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES SIETE MILLONES OCHOCIENTOS VEINTIÚN MIL DOSCIENTOS VEINTIOCHO CON VEINTICINCO CENTAVOS (USD 7.821.228,25), quedado un saldo restante de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CUATRO MILLONES CIENTO SETENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SETENTA Y UNO CON SETENTA Y CINCO CENTAVOS (USD 4.178.771,75).</strong></p><p><strong>Que la DIRECCIÓN GENERAL DE PLANES, PROGRAMAS Y PRESUPUESTO de la FUERZA AÉREA</strong> ARGENTINA ha tomado la intervención de su competencia.</p><p>Que los servicios jurídicos permanentes pertinentes han tomado la intervención de su competencia.</p><p>Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto N° 1344/07 y sus modificatorios.</p><p>Por ello,</p><p>EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS</p><p>DECIDE:</p><p>ARTÍCULO 1º.- Convalídase el gasto derivado del pago efectuado correspondiente al Contrato LOA (“Letter of Offer and Acceptance”), denominada AR-D-KCM, acordado entre el Gobierno de los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA y el Gobierno de la REPÚBLICA ARGENTINA para el reaprovisionamiento de stock de repuestos estándares no clasificados y Reparación/Cambio de dichos repuestos para el C-130 y otras aeronaves o sistemas/subsistemas de origen estadounidense en virtud del Convenio Cooperativo de Apoyo de Abastecimiento Logístico (CLSSA), a través del sistema de ventas militares para el extranjero Programa “Foreign Military Sales” (FMS), por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES SIETE MILLONES OCHOCIENTOS VEINTIÚN MIL DOSCIENTOS VEINTIOCHO CON VEINTICINCO CENTAVOS (USD 7.821.228,25).</p><p><strong>ARTÍCULO 2°.- Apruébase el gasto derivado de la LOA (“Letter of Offer and Acceptance”) denominada AR-D-KCM por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CUATRO MILLONES CIENTO SETENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SETENTA Y UNO CON SETENTA Y CINCO CENTAVOS (USD 4.178.771,75), en virtud de ser la diferencia entre el monto total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOCE MILLONES (USD 12.000.000) a la</strong> que asciende dicha LOA y el monto convalidado por el artículo 1° de la presente medida.</p><p>ARTÍCULO 3º.- El gasto que se aprueba por el artículo 2° de la presente medida será imputado a la Jurisdicción 45 – MINISTERIO DE DEFENSA, Subjurisdicción 23 –ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AÉREA ARGENTINA.</p><p>ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.</p><p>E/E Diana Mondino - Luis Petri</p><p>e. 26/07/2024 N° 48468/24 v. 26/07/2024</p><p></p><p>Fecha de publicación 26/07/2024</p><p></p><h3>MINISTERIO DE DEFENSA</h3><h3>Decisión Administrativa 721/2024</h3><h4>DA-2024-721-APN-JGM - Convalídase gasto.</h4><p></p><p>Ciudad de Buenos Aires, 25/07/2024</p><p>VISTO el Expediente N° EX-2022-109580150-APN-DAM#FAA, y</p><p>CONSIDERANDO:</p><p><strong>Que la Dirección de Abastecimiento de Material de la FUERZA AÉREA ARGENTINA solicitó que se lleve a cabo la implementación del contrato LOA (“Letter of Offer and Acceptance”) AR-D-QAV entre el Gobierno de los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA y el Gobierno de la REPÚBLICA ARGENTINA para la actualización de aviónica de aeronaves C-130/L-100, a través del programa “Foreign Military Sales” (FMS).</strong></p><p>Que mediante el mencionado instrumento se expresa que sobre la base de la Carta de Solicitud de la Agregaduría Aeronáutica a la EMBAJADA de la REPÚBLICA ARGENTINA en los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, en conformidad con la Ley de Control de Exportación de Armas de los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, el Gobierno de dicho país ofrece vender al Gobierno de la REPÚBLICA ARGENTINA (Agregaduría Aeronáutica, sita en la ciudad de WASHINGTON de los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) la provisión de componentes, piezas y artículos para aeronaves, establecidos en el documento, con sujeción a las disposiciones de los términos y las condiciones de la citada LOA del caso AR-D-QAV.</p><p>Que la citada operación, iniciada mediante el sistema de ventas militares para el extranjero Programa FMS (Foreign Military Sales) se fundamenta en que el Gobierno de la REPÚBLICA ARGENTINA considera que hace a la defensa de la República el mantenimiento de la capacidad operacional de la FUERZA AÉREA ARGENTINA (FAA) con el fin de garantizar la protección del espacio aéreo nacional, por lo que, en dicho marco, la FUERZA AÉREA ARGENTINA (FAA) y el Gobierno de los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA acordaron un plan para llevar adelante la actualización de aviónica de aeronaves C-130/L-100.</p><p>Que en el marco de la citada LOA se suscribieron CINCO (5) enmiendas, las cuales, al igual que el contrato original, fueron agregadas al expediente citado en el VISTO.</p><p><strong>Que por la Enmienda N° 5 se agregan y reasignan fondos, y se prorrogan los meses de servicio para el apoyo continuo de actualización de aeronaves L-100, cuyo monto se encuentra especificado en el documento, por la suma total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES NOVENTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA (USD 99.262.280).</strong></p><p><strong>Que la FUERZA AÉREA ARGENTINA (FAA) ha informado que, respecto de la LOA en cuestión, se ha abonado la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES OCHENTA Y CINCO MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y NUEVE CON 67/100 (USD 85.462.669,67), quedando un saldo restante de DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRECE MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS DIEZ CON 33/100 (USD 13.799.610,33).</strong></p><p><strong>Que la DIRECCIÓN GENERAL DE PLANES, PROGRAMAS Y PRESUPUESTO de la FUERZA AÉREA</strong> ARGENTINA ha tomado la intervención de su competencia.</p><p>Que los servicios jurídicos permanentes pertinentes han tomado la intervención de su competencia.</p><p>Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto N° 1344/07 y sus modificatorios.</p><p>Por ello,</p><p>EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS</p><p>DECIDE:</p><p><strong>ARTÍCULO 1º.- Convalídase el gasto derivado del pago efectuado de la LOA (“Letter of Offer and Acceptance”) denominada AR-D-QAV y sus respectivas enmiendas, acordada entre el Gobierno de los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA y el Gobierno de la REPÚBLICA ARGENTINA para la actualización de aviónica de aeronaves C-130/L-100, a través del sistema de ventas militares para el extranjero Programa “Foreign Military Sales” (FMS); por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES OCHENTA Y CINCO MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y NUEVE CON 67/100 (USD 85.462.669,67).</strong></p><p><strong>ARTÍCULO 2º.- Apruébase el gasto derivado de la LOA (“Letter of Offer and Acceptance”) denominada AR-D-QAV por el saldo de DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRECE MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS DIEZ CON 33/100 (USD 13.799.610,33), en virtud de ser la diferencia entre el monto total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES NOVENTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA (USD 99.262.280) a la que asciende dicha LOA y sus respectivas enmiendas y el monto convalidado por el artículo 1° de la presente medida.</strong></p><p>ARTÍCULO 3º.- El gasto que se aprueba por el artículo 2° de la presente medida será imputado a la Jurisdicción 45 – MINISTERIO DE DEFENSA, Subjurisdicción 23 – ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AÉREA ARGENTINA.</p><p>ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.</p><p>E/E Diana Mondino - Luis Petri</p><p>e. 26/07/2024 N° 48467/24 v. 26/07/2024</p><p></p><p>Fecha de publicación 26/07/2024</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="nico22, post: 3549332, member: 165"] Aquí esta la publicación del boletín oficial de lo que adelantó g lock. [HEADING=2]MINISTERIO DE DEFENSA[/HEADING] [HEADING=2]Decisión Administrativa 722/2024[/HEADING] [HEADING=3]DA-2024-722-APN-JGM - Convalídase gasto.[/HEADING] Ciudad de Buenos Aires, 25/07/2024 VISTO el Expediente N° EX-2021-121523247-APN-DAM#FAA, y CONSIDERANDO: [B]Que la Dirección de Abastecimiento de Material de la FUERZA AÉREA ARGENTINA solicitó que se lleve a cabo la implementación del contrato LOA (“Letter of Offer and Acceptance”) AR-D-KCM entre el Gobierno de los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA y el Gobierno de la REPÚBLICA ARGENTINA para brindar, a través del programa “Foreign Military Sales” (FMS), reaprovisionamiento de stock de repuestos estándares no clasificados y Reparación/Cambio de dichos repuestos para el C-130 y otras aeronaves o sistemas/subsistemas de origen estadounidense en virtud del Convenio Cooperativo de Apoyo de Abastecimiento Logístico (CLSSA).[/B] Que mediante el mencionado instrumento se expresa que sobre la base de la Carta de Solicitud de la AGREGADURÍA AERONÁUTICA a la EMBAJADA de la REPÚBLICA ARGENTINA en los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, en conformidad con la Ley de Control de Exportación de Armas de los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, el Gobierno de dicho país ofrece vender al Gobierno de la REPÚBLICA ARGENTINA (Agregaduría Aeronáutica, sita en la Ciudad de WASHINGTON de los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) los artículos de defensa o servicios de defensa establecidos en el documento, con sujeción a las disposiciones de los términos y las condiciones de la citada LOA del caso AR-D-KCM. Que la citada operación, iniciada mediante el sistema de ventas militares para el extranjero Programa FMS (Foreign Military Sales), se fundamenta en que el Gobierno de la REPÚBLICA ARGENTINA considera que hace a la defensa de la República el mantenimiento de la capacidad operacional de la FUERZA AÉREA ARGENTINA (FAA) con el fin de garantizar la protección del espacio aéreo nacional, por lo que, en dicho marco, la FUERZA AÉREA ARGENTINA (FAA) y el Gobierno de los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA acordaron un plan para llevar adelante el reaprovisionamiento de stock de repuestos estándares no clasificados y Reparación/Cambio de dichos repuestos para el C-130 y otras aeronaves o sistemas/subsistemas de origen estadounidense en virtud del Convenio Cooperativo de Apoyo de Abastecimiento Logístico (CLSSA). [B]Que el monto estimado original del contrato asciende a la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOCE MILLONES (USD 12.000.000), previéndose un depósito inicial de DÓLARES ESTADOUNIDENSES NOVECIENTOS OCHENTA MIL QUINIENTOS TRECE (USD 980.513). Que la FUERZA AÉREA ARGENTINA ha informado que del monto original se ha abonado la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES SIETE MILLONES OCHOCIENTOS VEINTIÚN MIL DOSCIENTOS VEINTIOCHO CON VEINTICINCO CENTAVOS (USD 7.821.228,25), quedado un saldo restante de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CUATRO MILLONES CIENTO SETENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SETENTA Y UNO CON SETENTA Y CINCO CENTAVOS (USD 4.178.771,75). Que la DIRECCIÓN GENERAL DE PLANES, PROGRAMAS Y PRESUPUESTO de la FUERZA AÉREA[/B] ARGENTINA ha tomado la intervención de su competencia. Que los servicios jurídicos permanentes pertinentes han tomado la intervención de su competencia. Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto N° 1344/07 y sus modificatorios. Por ello, EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE: ARTÍCULO 1º.- Convalídase el gasto derivado del pago efectuado correspondiente al Contrato LOA (“Letter of Offer and Acceptance”), denominada AR-D-KCM, acordado entre el Gobierno de los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA y el Gobierno de la REPÚBLICA ARGENTINA para el reaprovisionamiento de stock de repuestos estándares no clasificados y Reparación/Cambio de dichos repuestos para el C-130 y otras aeronaves o sistemas/subsistemas de origen estadounidense en virtud del Convenio Cooperativo de Apoyo de Abastecimiento Logístico (CLSSA), a través del sistema de ventas militares para el extranjero Programa “Foreign Military Sales” (FMS), por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES SIETE MILLONES OCHOCIENTOS VEINTIÚN MIL DOSCIENTOS VEINTIOCHO CON VEINTICINCO CENTAVOS (USD 7.821.228,25). [B]ARTÍCULO 2°.- Apruébase el gasto derivado de la LOA (“Letter of Offer and Acceptance”) denominada AR-D-KCM por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CUATRO MILLONES CIENTO SETENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SETENTA Y UNO CON SETENTA Y CINCO CENTAVOS (USD 4.178.771,75), en virtud de ser la diferencia entre el monto total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOCE MILLONES (USD 12.000.000) a la[/B] que asciende dicha LOA y el monto convalidado por el artículo 1° de la presente medida. ARTÍCULO 3º.- El gasto que se aprueba por el artículo 2° de la presente medida será imputado a la Jurisdicción 45 – MINISTERIO DE DEFENSA, Subjurisdicción 23 –ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AÉREA ARGENTINA. ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. E/E Diana Mondino - Luis Petri e. 26/07/2024 N° 48468/24 v. 26/07/2024 Fecha de publicación 26/07/2024 [HEADING=2]MINISTERIO DE DEFENSA[/HEADING] [HEADING=2]Decisión Administrativa 721/2024[/HEADING] [HEADING=3]DA-2024-721-APN-JGM - Convalídase gasto.[/HEADING] Ciudad de Buenos Aires, 25/07/2024 VISTO el Expediente N° EX-2022-109580150-APN-DAM#FAA, y CONSIDERANDO: [B]Que la Dirección de Abastecimiento de Material de la FUERZA AÉREA ARGENTINA solicitó que se lleve a cabo la implementación del contrato LOA (“Letter of Offer and Acceptance”) AR-D-QAV entre el Gobierno de los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA y el Gobierno de la REPÚBLICA ARGENTINA para la actualización de aviónica de aeronaves C-130/L-100, a través del programa “Foreign Military Sales” (FMS).[/B] Que mediante el mencionado instrumento se expresa que sobre la base de la Carta de Solicitud de la Agregaduría Aeronáutica a la EMBAJADA de la REPÚBLICA ARGENTINA en los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, en conformidad con la Ley de Control de Exportación de Armas de los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, el Gobierno de dicho país ofrece vender al Gobierno de la REPÚBLICA ARGENTINA (Agregaduría Aeronáutica, sita en la ciudad de WASHINGTON de los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) la provisión de componentes, piezas y artículos para aeronaves, establecidos en el documento, con sujeción a las disposiciones de los términos y las condiciones de la citada LOA del caso AR-D-QAV. Que la citada operación, iniciada mediante el sistema de ventas militares para el extranjero Programa FMS (Foreign Military Sales) se fundamenta en que el Gobierno de la REPÚBLICA ARGENTINA considera que hace a la defensa de la República el mantenimiento de la capacidad operacional de la FUERZA AÉREA ARGENTINA (FAA) con el fin de garantizar la protección del espacio aéreo nacional, por lo que, en dicho marco, la FUERZA AÉREA ARGENTINA (FAA) y el Gobierno de los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA acordaron un plan para llevar adelante la actualización de aviónica de aeronaves C-130/L-100. Que en el marco de la citada LOA se suscribieron CINCO (5) enmiendas, las cuales, al igual que el contrato original, fueron agregadas al expediente citado en el VISTO. [B]Que por la Enmienda N° 5 se agregan y reasignan fondos, y se prorrogan los meses de servicio para el apoyo continuo de actualización de aeronaves L-100, cuyo monto se encuentra especificado en el documento, por la suma total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES NOVENTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA (USD 99.262.280). Que la FUERZA AÉREA ARGENTINA (FAA) ha informado que, respecto de la LOA en cuestión, se ha abonado la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES OCHENTA Y CINCO MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y NUEVE CON 67/100 (USD 85.462.669,67), quedando un saldo restante de DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRECE MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS DIEZ CON 33/100 (USD 13.799.610,33). Que la DIRECCIÓN GENERAL DE PLANES, PROGRAMAS Y PRESUPUESTO de la FUERZA AÉREA[/B] ARGENTINA ha tomado la intervención de su competencia. Que los servicios jurídicos permanentes pertinentes han tomado la intervención de su competencia. Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto N° 1344/07 y sus modificatorios. Por ello, EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE: [B]ARTÍCULO 1º.- Convalídase el gasto derivado del pago efectuado de la LOA (“Letter of Offer and Acceptance”) denominada AR-D-QAV y sus respectivas enmiendas, acordada entre el Gobierno de los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA y el Gobierno de la REPÚBLICA ARGENTINA para la actualización de aviónica de aeronaves C-130/L-100, a través del sistema de ventas militares para el extranjero Programa “Foreign Military Sales” (FMS); por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES OCHENTA Y CINCO MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y NUEVE CON 67/100 (USD 85.462.669,67). ARTÍCULO 2º.- Apruébase el gasto derivado de la LOA (“Letter of Offer and Acceptance”) denominada AR-D-QAV por el saldo de DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRECE MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS DIEZ CON 33/100 (USD 13.799.610,33), en virtud de ser la diferencia entre el monto total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES NOVENTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA (USD 99.262.280) a la que asciende dicha LOA y sus respectivas enmiendas y el monto convalidado por el artículo 1° de la presente medida.[/B] ARTÍCULO 3º.- El gasto que se aprueba por el artículo 2° de la presente medida será imputado a la Jurisdicción 45 – MINISTERIO DE DEFENSA, Subjurisdicción 23 – ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AÉREA ARGENTINA. ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. E/E Diana Mondino - Luis Petri e. 26/07/2024 N° 48467/24 v. 26/07/2024 Fecha de publicación 26/07/2024 [/QUOTE]
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Guerra desarrollada entre Argentina y el Reino Unido en 1982
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