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<blockquote data-quote="spirit666" data-source="post: 951856" data-attributes="member: 6"><p>Los Lear 25 del Servicio Nacional Aerofotogrametria que aún operan en la FAB disponen de "un kit" provisto por el fabricante para poder realizar sus operaciones por encima de los 10.000 ft. Tal kit o modificación nunca fue incluída al momento de su compra o con posterioridad por parte de la FAA.</p><p></p><p></p><p></p><p>Así debería ser, pero hay que aclarar que en la causa se menciona que dicho procedimiento no estaba en el manual de vuelo del avión sino en un "manual de escuadrilla", que eran unas fotocopias que se adjuntaban a las listas de procedimiento. Dudo que dichas fotocopias tuvieran firma de quien la redactó. </p><p></p><p></p><p></p><p>En cualquier aeronave civil como es el Lear siempre existe un margen e incluso podes modificar según las circunstancias algunos procedimientos, pesos y velocidades pero NUNCA en presurización, porque ningún piloto con dos dedos de frente pijotea en morfi (oxígeno). </p><p></p><p></p><p></p><p>Coincido, pero en éste caso recomiendo leer la causa. Si el fabricante como los distintos centros de instrucción de Lear dicen que eso no se puede hacer por el riesgo que implica, quien decidió que sí se podía y que encima lo estableció como un procedimiento, tiene una responsabilidad directa. El y los sucesivos mandos que permitieron tal práctica.</p><p></p><p></p><p>Pd: Hymenoptero el techo práctico (max service ceiling) no tiene nada que ver con la máxima altitud de operación (operación: despegue y aterrizaje)</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="spirit666, post: 951856, member: 6"] Los Lear 25 del Servicio Nacional Aerofotogrametria que aún operan en la FAB disponen de "un kit" provisto por el fabricante para poder realizar sus operaciones por encima de los 10.000 ft. Tal kit o modificación nunca fue incluída al momento de su compra o con posterioridad por parte de la FAA. Así debería ser, pero hay que aclarar que en la causa se menciona que dicho procedimiento no estaba en el manual de vuelo del avión sino en un "manual de escuadrilla", que eran unas fotocopias que se adjuntaban a las listas de procedimiento. Dudo que dichas fotocopias tuvieran firma de quien la redactó. En cualquier aeronave civil como es el Lear siempre existe un margen e incluso podes modificar según las circunstancias algunos procedimientos, pesos y velocidades pero NUNCA en presurización, porque ningún piloto con dos dedos de frente pijotea en morfi (oxígeno). Coincido, pero en éste caso recomiendo leer la causa. Si el fabricante como los distintos centros de instrucción de Lear dicen que eso no se puede hacer por el riesgo que implica, quien decidió que sí se podía y que encima lo estableció como un procedimiento, tiene una responsabilidad directa. El y los sucesivos mandos que permitieron tal práctica. Pd: Hymenoptero el techo práctico (max service ceiling) no tiene nada que ver con la máxima altitud de operación (operación: despegue y aterrizaje) [/QUOTE]
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