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<blockquote data-quote="Nocturno Culto" data-source="post: 1484598" data-attributes="member: 6896"><p>Lucha contra el narcotráfico</p><p><span style="font-size: 22px"><strong>Perú proyecta que su Fuerza Aérea pueda derribar aviones en vuelos irregulares</strong></span></p><p></p><p><img src="http://www.x.com/archivo/images/140103_peru_peter_vuelo_irregular_mindef-peru_599x343.jpg" alt="" class="fr-fic fr-dii fr-draggable " style="" /></p><p>07/01/2014</p><p>(x.com) Peter Watson, Lima </p><p></p><p>El congresista <strong>Carlos Tubino Arias-Schreiber</strong> presentó el pasado mes de noviembre un proyecto de ley para autorizar a la <strong>Fuerza Aérea del Perú</strong> (<strong>FAP</strong>) a realizar la interceptación y de ser necesario el derribo de aviones o avionetas en vuelos irregulares no registrados con la entidad aeronáutica y policial correspondiente.</p><p></p><p>Actualmente en vigencia, el <strong>Decreto Legislativo No 824</strong> establece entre las funciones de la <strong>Policía Nacional del Perú</strong> (<strong>PNP</strong>) el control de los aeropuertos que operen en zonas del territorio peruano con actividad de cultivos de hoja de coca y la destrucción o inhabilitación de pistas de aterrizaje clandestinas en coordinación con el <strong>Ministerio de Transportes y Comunicaciones</strong>. Es responsabilidad de la autoridad administrativa de los aeropuertos el registro diario de los vuelos: matrícula y características de la aeronave, motivo del vuelo, nombre del piloto y tripulación, tipo de carga, entre otros.</p><p></p><p>Este mismo instrumento legal faculta a la FAP a efectuar la interceptación de aeronaves nacionales y extranjeros que atraviesen el espacio aéreo de zonas denominadas cocaleras para establecer apropiadamente su identificación, naturaleza del vuelo y destino final. Si el operador de la aeronave interceptada no coopera es posible incluso el derribo de la misma.</p><p></p><p><strong>Rango de ley</strong></p><p><strong></strong></p><p>Sin embargo, el <strong>Tribunal Constitucional del Perú</strong> ha emitido un dictamen en el que establece que la autorización para la interceptación y derribo debe de tener necesariamente rango de ley. Es por esa razón que el congresista y almirante en retiro, Carlos Tubino, ha presentado el correspondiente proyecto de ley.</p><p></p><p>El mismo congresista presentó en el mes de agosto otro proyecto de ley para que la FAP apoye a la Policía Nacional en las labores de ubicación y destrucción de pistas de aterrizaje clandestinas.</p><p></p><p>Foto: Ministerio de Defensa del Perú</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="Nocturno Culto, post: 1484598, member: 6896"] Lucha contra el narcotráfico [SIZE=6][B]Perú proyecta que su Fuerza Aérea pueda derribar aviones en vuelos irregulares[/B][/SIZE] [IMG]http://www.x.com/archivo/images/140103_peru_peter_vuelo_irregular_mindef-peru_599x343.jpg[/IMG] 07/01/2014 (x.com) Peter Watson, Lima El congresista [B]Carlos Tubino Arias-Schreiber[/B] presentó el pasado mes de noviembre un proyecto de ley para autorizar a la [B]Fuerza Aérea del Perú[/B] ([B]FAP[/B]) a realizar la interceptación y de ser necesario el derribo de aviones o avionetas en vuelos irregulares no registrados con la entidad aeronáutica y policial correspondiente. Actualmente en vigencia, el [B]Decreto Legislativo No 824[/B] establece entre las funciones de la [B]Policía Nacional del Perú[/B] ([B]PNP[/B]) el control de los aeropuertos que operen en zonas del territorio peruano con actividad de cultivos de hoja de coca y la destrucción o inhabilitación de pistas de aterrizaje clandestinas en coordinación con el [B]Ministerio de Transportes y Comunicaciones[/B]. Es responsabilidad de la autoridad administrativa de los aeropuertos el registro diario de los vuelos: matrícula y características de la aeronave, motivo del vuelo, nombre del piloto y tripulación, tipo de carga, entre otros. Este mismo instrumento legal faculta a la FAP a efectuar la interceptación de aeronaves nacionales y extranjeros que atraviesen el espacio aéreo de zonas denominadas cocaleras para establecer apropiadamente su identificación, naturaleza del vuelo y destino final. Si el operador de la aeronave interceptada no coopera es posible incluso el derribo de la misma. [B]Rango de ley [/B] Sin embargo, el [B]Tribunal Constitucional del Perú[/B] ha emitido un dictamen en el que establece que la autorización para la interceptación y derribo debe de tener necesariamente rango de ley. Es por esa razón que el congresista y almirante en retiro, Carlos Tubino, ha presentado el correspondiente proyecto de ley. El mismo congresista presentó en el mes de agosto otro proyecto de ley para que la FAP apoye a la Policía Nacional en las labores de ubicación y destrucción de pistas de aterrizaje clandestinas. Foto: Ministerio de Defensa del Perú [/QUOTE]
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