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<blockquote data-quote="sinsemilla" data-source="post: 1636982" data-attributes="member: 438"><p>Esto te lo digo con todo respeto, tenes errores conceptuales básicos por eso discrepamos.</p><p>Tu posición no tiene nada que ver con las normas que regulan la vida en sociedad de nuestro país. Y las rutas no se pueden cortar y punto, protestá en la banquina, en la vereda o en una plaza.</p><p>El derecho a huelga no tiene absolutamente nada que ver con los cortes de rutas. La CN no dice NADA a cerca del "despido arbitrario", es la ley de contrato de trabajo (20.744) la que establece las consecuencias de un despido incausado. La relación empleador -empleado en nuestro se rige por dicha ley. Si una empresa echa a 40 empleados (sin invocación de causa) tendrá que pagar las indemnizaciones y multas correspondientes, pero entendé que ningún empleador está obligado a mantener una relación laborativa ya que ello atentaría contra la libertad de contratar. Ahora bien , como la ley considera al trabajador como la parte más débil de la relación estatuyó una serie de principios y derechos para nivelar esa desigualdad. Por ejemplo, el art. 245 de la LCT establece una indemnización a favor del trabajador en caso que el distracto se produzca sin invocación de causal alguna.-</p><p>Que en nuestro país este todo desvirtuado y cada uno haga lo que se le canta el fo--- de los huevos son dos pesos aparte. Que el Estado permita que se corten las rutas como modo de protesta o reclamo, también son dos pesos aparte. </p><p>Y entende una cosa, los trabajadores de una gran empresa no tienen mas derechos que un empleado de un kiosco. Quizás se rijan por diferente convenio colectivo, pero nada más. Vos tenes idea de cuántos despidos sin causa hay por día en nuestro país? Imaginate si todos aquéllos empleados que son despedidos incausadamente cortaran una calle o una ruta. No se podría vivir, no se podría circular. </p><p>Y no confundas ni utilices tan livianamente la palabra represión. Hacer respetar la ley no es represión.-</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="sinsemilla, post: 1636982, member: 438"] Esto te lo digo con todo respeto, tenes errores conceptuales básicos por eso discrepamos. Tu posición no tiene nada que ver con las normas que regulan la vida en sociedad de nuestro país. Y las rutas no se pueden cortar y punto, protestá en la banquina, en la vereda o en una plaza. El derecho a huelga no tiene absolutamente nada que ver con los cortes de rutas. La CN no dice NADA a cerca del "despido arbitrario", es la ley de contrato de trabajo (20.744) la que establece las consecuencias de un despido incausado. La relación empleador -empleado en nuestro se rige por dicha ley. Si una empresa echa a 40 empleados (sin invocación de causa) tendrá que pagar las indemnizaciones y multas correspondientes, pero entendé que ningún empleador está obligado a mantener una relación laborativa ya que ello atentaría contra la libertad de contratar. Ahora bien , como la ley considera al trabajador como la parte más débil de la relación estatuyó una serie de principios y derechos para nivelar esa desigualdad. Por ejemplo, el art. 245 de la LCT establece una indemnización a favor del trabajador en caso que el distracto se produzca sin invocación de causal alguna.- Que en nuestro país este todo desvirtuado y cada uno haga lo que se le canta el fo--- de los huevos son dos pesos aparte. Que el Estado permita que se corten las rutas como modo de protesta o reclamo, también son dos pesos aparte. Y entende una cosa, los trabajadores de una gran empresa no tienen mas derechos que un empleado de un kiosco. Quizás se rijan por diferente convenio colectivo, pero nada más. Vos tenes idea de cuántos despidos sin causa hay por día en nuestro país? Imaginate si todos aquéllos empleados que son despedidos incausadamente cortaran una calle o una ruta. No se podría vivir, no se podría circular. Y no confundas ni utilices tan livianamente la palabra represión. Hacer respetar la ley no es represión.- [/QUOTE]
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Guerra desarrollada entre Argentina y el Reino Unido en 1982
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