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<blockquote data-quote="Angelito" data-source="post: 2137788" data-attributes="member: 30126"><p>el principio de proporcionalidad a lo que se refiere infante es su criterio propio para tomar acciones dentro la unidad eso lo manejan ellos (pienso yo) pero no esta tipificado en el derecho penal argentino lo que hagan no importa de la forma que lo hagan si o si va a tener una mirada de la justificia federal y el juez de turno en otras palabras en el derecho se manejan otras variables , si matas a un tipo porque entro a la guardia y antes el te bajo el cargador de una 11,25 es simple no vas a ir preso entras en una de las causas de justificacion que mencione antes .</p><p></p><p>yo solo explique como es nuestra ley penal en argentina (" la justicia no es justa es lo mejos injusta posible ") y donde se podia encuadrar la accion antijuridica dentro de la ley y cuales son las causas de justificacion ante un hecho doloso de este tipo , recorda que existen los delitos y los cuaisidelitos , en los primero esta el dolo y tambien el dolo eventual ( el cual se compone de la intencion del autor de cometer el hecho ilicito y el los 2dos los cuasidelitos no esta el dolo , si existe un hecho antijuridico pero lo importante es que no hubo intencion de la victima estan tres caracteristicas : la negligencia , la impericia ,y imprudencia generalmente esto sirve para la parte de derecho civil no penal en casos como choques , accidentes labores entre otros ) .</p><p></p><p>saludos!</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="Angelito, post: 2137788, member: 30126"] el principio de proporcionalidad a lo que se refiere infante es su criterio propio para tomar acciones dentro la unidad eso lo manejan ellos (pienso yo) pero no esta tipificado en el derecho penal argentino lo que hagan no importa de la forma que lo hagan si o si va a tener una mirada de la justificia federal y el juez de turno en otras palabras en el derecho se manejan otras variables , si matas a un tipo porque entro a la guardia y antes el te bajo el cargador de una 11,25 es simple no vas a ir preso entras en una de las causas de justificacion que mencione antes . yo solo explique como es nuestra ley penal en argentina (" la justicia no es justa es lo mejos injusta posible ") y donde se podia encuadrar la accion antijuridica dentro de la ley y cuales son las causas de justificacion ante un hecho doloso de este tipo , recorda que existen los delitos y los cuaisidelitos , en los primero esta el dolo y tambien el dolo eventual ( el cual se compone de la intencion del autor de cometer el hecho ilicito y el los 2dos los cuasidelitos no esta el dolo , si existe un hecho antijuridico pero lo importante es que no hubo intencion de la victima estan tres caracteristicas : la negligencia , la impericia ,y imprudencia generalmente esto sirve para la parte de derecho civil no penal en casos como choques , accidentes labores entre otros ) . saludos! [/QUOTE]
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