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<blockquote data-quote="Mattias" data-source="post: 2664616" data-attributes="member: 5548"><p>Primero podría ser por la negativa, en la constitución no figura mecanismo alguno que justifique la renuncia del presidente por coerción de las FFAA/policía.</p><p></p><p>Pero mirandola (fui a buscar el punto en cuestion, no soy constitucionalista boliviano) los mecanismos que encontré son:</p><p></p><p>Antes que nada, las condiciones de cese de mandato</p><p></p><p>Atribuciones del Poder Ejecutivo</p><p></p><p>Artículo 170. La Presidenta o el Presidente del Estado cesará en su mandato por muerte; por renuncia presentada ante la Asamblea Legislativa Plurinacional; por ausencia o impedimento definitivo; por sentencia condenatoria ejecutoriada en materia penal; y por revocatoria del mandato.</p><p></p><p>Dichos mecanismos:</p><p>Atribución de la asamblea legislativo</p><p>- ART 161: inciso 7: Autorizar el enjuiciamiento de la Presidenta o del Presidente, o de la Vicepresidenta o del Vicepresidente del Estado. O sea, juicio político.</p><p></p><p>Revocatoria de mandato:</p><p></p><p>Artículo 240.</p><p>-I. Toda persona que ejerza un cargo electo podrá ser revocada de su mandato, excepto el Órgano Judicial, de acuerdo con la ley.</p><p></p><p>-II. La revocatoria del mandato podrá solicitarse cuando haya transcurrido al menos la mitad del periodo del mandato. La revocatoria del mandato no podrá tener lugar durante el último año de la gestión en el cargo.</p><p></p><p>-III. El referendo revocatorio procederá por iniciativa ciudadana, a solicitud de al menos el quince por ciento de votantes del padrón electoral de la circunscripción que eligió a la servidora o al servidor público.</p><p></p><p>-IV. La revocatoria del mandato de la servidora o del servidor público procederá de acuerdo a Ley.</p><p></p><p>-V. Producida la revocatoria de mandato el afectado cesará inmediatamente en el cargo, proveyéndose su suplencia conforme a ley. VI. La revocatoria procederá una sola vez en cada mandato constitucional del cargo electo.</p><p></p><p>No hubo enjuiciamiento, no hubo referendo (y ni siquiera lo podían hacer ya). La única que queda es la renuncia voluntaria, pero realmente no me parece muy honesto intelectualmente tomarla como válida; además, la asamblea es la que debe aceptar o no dicha renuncia. Esto lo van a tratar ahora.....</p><p></p><p></p><p></p><p>Pero si justamente habian "dejado de reprimir" (se amotinaron las policías) ya desde el 9/11. Ahora hay 20 muertos más... porque aumentaron las protestas de los masistas, aumento la represión en su dirección.</p><p></p><p></p><p></p><p></p><p>Tenés razón. Lo leí y bien y parece más bien una redundancia. No entiendo por qué redactaron eso.</p><p></p><p></p><p></p><p></p><p>Sí, pero lo puede hacer por decreto el ejecutivo también. Igual recién leí que parece que amenazó con hacerlo, de todos modos, los del MAS ya habrían acordado presentarse.</p><p></p><p></p><p></p><p></p><p><img src="https://www.zona-militar.com/foros/styles/default/xenforo/smilies/icon_thumb.gif" class="smilie" loading="lazy" alt="thumbb" title="thumbb thumbb" data-shortname="thumbb" /> No es el contenido de la política, que puede ser bueno o malo, sino que se tomen ese tipo de decisiones.</p><p></p><p></p><p></p><p>Estamos de acuerdo con la calle... es un termómetro difícil de medir. No sé tanto lo segundo, entiendo que la mitad o mas de la mitad se habrían opuesto a la reelección (y las irregularidades reforzaron eso), pero no me animo a aseverar que esa masa de manera tan uniformemente apoyó su destitución.</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="Mattias, post: 2664616, member: 5548"] Primero podría ser por la negativa, en la constitución no figura mecanismo alguno que justifique la renuncia del presidente por coerción de las FFAA/policía. Pero mirandola (fui a buscar el punto en cuestion, no soy constitucionalista boliviano) los mecanismos que encontré son: Antes que nada, las condiciones de cese de mandato Atribuciones del Poder Ejecutivo Artículo 170. La Presidenta o el Presidente del Estado cesará en su mandato por muerte; por renuncia presentada ante la Asamblea Legislativa Plurinacional; por ausencia o impedimento definitivo; por sentencia condenatoria ejecutoriada en materia penal; y por revocatoria del mandato. Dichos mecanismos: Atribución de la asamblea legislativo - ART 161: inciso 7: Autorizar el enjuiciamiento de la Presidenta o del Presidente, o de la Vicepresidenta o del Vicepresidente del Estado. O sea, juicio político. Revocatoria de mandato: Artículo 240. -I. Toda persona que ejerza un cargo electo podrá ser revocada de su mandato, excepto el Órgano Judicial, de acuerdo con la ley. -II. La revocatoria del mandato podrá solicitarse cuando haya transcurrido al menos la mitad del periodo del mandato. La revocatoria del mandato no podrá tener lugar durante el último año de la gestión en el cargo. -III. El referendo revocatorio procederá por iniciativa ciudadana, a solicitud de al menos el quince por ciento de votantes del padrón electoral de la circunscripción que eligió a la servidora o al servidor público. -IV. La revocatoria del mandato de la servidora o del servidor público procederá de acuerdo a Ley. -V. Producida la revocatoria de mandato el afectado cesará inmediatamente en el cargo, proveyéndose su suplencia conforme a ley. VI. La revocatoria procederá una sola vez en cada mandato constitucional del cargo electo. No hubo enjuiciamiento, no hubo referendo (y ni siquiera lo podían hacer ya). La única que queda es la renuncia voluntaria, pero realmente no me parece muy honesto intelectualmente tomarla como válida; además, la asamblea es la que debe aceptar o no dicha renuncia. Esto lo van a tratar ahora..... Pero si justamente habian "dejado de reprimir" (se amotinaron las policías) ya desde el 9/11. Ahora hay 20 muertos más... porque aumentaron las protestas de los masistas, aumento la represión en su dirección. Tenés razón. Lo leí y bien y parece más bien una redundancia. No entiendo por qué redactaron eso. Sí, pero lo puede hacer por decreto el ejecutivo también. Igual recién leí que parece que amenazó con hacerlo, de todos modos, los del MAS ya habrían acordado presentarse. thumbb No es el contenido de la política, que puede ser bueno o malo, sino que se tomen ese tipo de decisiones. Estamos de acuerdo con la calle... es un termómetro difícil de medir. No sé tanto lo segundo, entiendo que la mitad o mas de la mitad se habrían opuesto a la reelección (y las irregularidades reforzaron eso), pero no me animo a aseverar que esa masa de manera tan uniformemente apoyó su destitución. [/QUOTE]
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